UNAM
Juez prohíbe a la UNAM y a Graue informar sobre el caso de Yasmín Esquivel
La juez Sandra de Jesús Zúñiga consideró que cualquier información que difunda la máxima casa de estudios al respecto puede atentar contra el derecho de la ministra a la presunción de inocencia. La medida aplica al rector.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La juez que admitió a trámite la demanda de amparo de la ministra Yasmín Esquivel Mossa prohibió a la UNAM informar sobre el caso en el que determinará si la integrante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) plagió su tesis de licenciatura o no.
Al conceder la suspensión solicitada por la ministra, la juez Quinto de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México, Sandra de Jesús Zúñiga no sólo frenó la emisión de una resolución en el caso del posible plagio de la tesis de licenciatura de Esquivel Mossa sino que consideró que cualquier información que difunda la UNAM al respecto, puede atentar contra su derecho a la presunción de inocencia.
En su resolución, la juez señaló que la medida no afecta la libertad de expresión de la UNAM porque, como autoridad, está obligada a “actuar con moderación cuando expresen sus opiniones y puntos de vista circunstancia en que, a los ojos de un observador razonable, puedan comprometer objetivamente su cargo, su independencia o imparcialidad en los asuntos que conocen conforme a sus atribuciones y facultades legales.
La medida es aplicable al Comité Universitario de Ética de la UNAM y al rector de la Máxima Casa de Estudios, Enrique Graue, señalados como autoridades responsables en el amparo en el que la ministra reclamó la integración de dicho cuerpo colegiado para resolver el caso sobre la autenticidad de su tesis de licenciatura.
“Sin que obste a lo anterior que se trate de un asunto mediático debido a su amplia difusión a través de los diversos medios masivos de comunicación, pues todos los órganos del Estado tienen la obligación de no condenar informalmente a una persona o emitir juicio ante la sociedad, mientras no se acredite su responsabilidad, pues el hacerlo, así sea sin mencionar el nombre, pero dando datos perecisos que permiten saber de qué persona se trata, trae como consecuencia la vulneración del derecho fundamental de presunción de inocencia en su vertiente extraprocesal”, abundó la juzgadora.