Mario Aburto
El Tribunal que concedió el amparo a Aburto no consideró el impacto del magnicidio de Colosio: FGR
Señaló que el Tribunal Colegiado tampoco tomó en cuenta a las víctimas directas e indirectas, dejándolas en condición de indefensión a ellas y al Estado mexicano.CIUDAD DE MÉXICO (apro).– La Fiscalía General de la República (FGR) afirmó que el Tribunal que concedió el amparo que abre la puerta a que Mario Aburto salga antes de prisión, no tomo en consideración el impacto que tuvo el homicidio del excandidato presidencial Luis Donaldo Colosio
La FGR solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación revisar la sentencia de amparo que beneficia a Aburto, pues además indicó que el Tribunal Colegiado que la emitió no tomó en cuenta a las víctimas directas e indirectas del magnicidio, dejándolas en condición de indefensión a ellas y al Estado mexicano.
“Se considera que el amparo que se está recurriendo no analizó correctamente la jurisdicción federal que era indudablemente aplicable desde un principio, en este caso; ya que no se trató de un homicidio del fuero común local, sino que, de conformidad con el artículo 10 del Código Federal de Procedimientos Penales, correspondía, por su magnitud y consecuencias, a las autoridades federales conocer de ese delito, como así ocurrió”, informó la FGR mediante un comunicado.
“El Tribunal Colegiado introdujo unilateralmente un tema que no estaba en la litis original del amparo de Mario 'A', ignorando la magnitud y las consecuencias de un hecho delictivo que afectó gravemente a la democracia de México; al proceso electoral para la Presidencia de la República; así como al avance en materia de participación ciudadana; que quedaron gravemente lastimados en todo el país”.
La sentencia dictada desde el pasado 5 de octubre señala que Aburto no debió ser juzgado con base en el código penal federal, sino en el código penal vigente en el estado de Baja California en el año 1994, cuando Colosio fue asesinado.
Al ordenar la aplicación retroactiva de esta ley, Aburto podría ser condenado nuevamente a una pena máxima de prisión por homicidio calificado, pero esta vez de 30 años en lugar de 45, dando así oportunidad a que salga de la cárcel en marzo del próximo año.
La FGR indicó que la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos establece que se ejerce la defensa federal “sobre cualquier hecho que lastime, detenga o lesione la democracia en México; su proceso electoral; y una elección presidencial”.
Por lo que con el ataque al excandidato presidencial Luis Donaldo Colosio fueron lesionados gravemente todos estos valores y los derechos fundamentales y principios básicos de justicia que rigen para el Estado mexicano, su democracia y estructura electoral y presidencial.
Proceso informó que este jueves, el Primer Tribunal Colegiado en materia Penal en el Estado de México ordenó notificar al Primer Tribunal Colegiado de apelación y al Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en la entidad para que envíen las constancias necesarias a la Suprema Corte, para que esta a su vez entre al estudio del amparo concedido a Mario Aburto.