Fideicomisos

Es mentira que fideicomisos benefician a ministros de la SCJN: Luis María Aguilar

Explicó que son para "jueces y empleados del Poder Judicial, para que tengan la tranquilidad y puedan tener la independencia de servir al pueblo de México".
miércoles, 18 de octubre de 2023 · 15:14

CIUDAD DE MÉXICO (apro).– Es mentira que algunos de los fideicomisos del Poder Judicial sean en beneficio de los integrantes del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, afirmó el ministro Luis María Aguilar Morales.

En la inauguración del Congreso Internacional Los retos de la Judicatura, organizado por la facultad de derecho de la UNAM, la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (JUDFED) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el ministro Aguilar Morales indicó que los 13 de 14 fideicomisos que el Poder Legislativo pretende desaparecer no significan un privilegio para los ministros de la Corte y están establecidos para beneficiar a jueces y magistrados del Poder Judicial.

"Ninguno de ellos tiene que ver con algún servicio, prebenda y mucho menos un privilegio para los ministros de la Suprema Corte, están establecidos en beneficio de jueces y empleados del Poder Judicial, para que tengan la tranquilidad y puedan tener la independencia de servir al pueblo de México", señaló el ministro Aguilar Morales.

El togado pidió a los Senadores que atiendan su deber constitucional en la revisión de los fideicomisos del Poder Judicial.

Al respecto, Froylán Muñoz Alvarado, director nacional de la JUDFED y magistrado de circuito, mencionó que respeta las decisiones del Poder Legislativo y que las reflexiones por parte de los Senadores tengan sustento constitucional.

"Esta no es una situación de beneficios, de privilegios, fuera de lo que es correcto para la independencia judicial, independencia de los jueces para actuar conforme a derecho", aclaró el magistrado Muñoz Alvarado.

El magistrado explicó que hay tres formas de apelar la decisión del legislativo federal, una es por acción de inconstitucionalidad promovida por la oposición, los amparos promovidos por los mismos trabajadores del Poder Judicial y la Corte puede atender el asunto de oficio.

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