Prisión Preventiva Oficiosa

Propuesta no establece eliminación de prisión preventiva en general: ministro Aguilar

En su mensaje, precisó que su propuesta no busca eliminar la prisión preventiva en general sino dejar subsistente únicamente aquella que se aplica de manera justificada y debidamente motivada.
lunes, 5 de septiembre de 2022 · 12:37

CIUDAD DE MÉXICO (apro).–El ministro Luis María Aguilar Morales aclaró que su propuesta sobre la prisión preventiva de oficio no establece la eliminación de la prisión preventiva en general.

Durante la presentación del primer apartado que el Pleno discutirá sobre esta medida, el ministro Aguilar Morales, quien realizó el proyecto que se debate este lunes, envió un mensaje a la población en general que se ha interesado sobre el resultado del análisis que realice la Corte sobre la prisión preventiva de oficio.

En su mensaje, precisó que su propuesta no busca eliminar la prisión preventiva en general sino dejar subsistente únicamente aquella que se aplica de manera justificada y debidamente motivada.

“No se propone en este caso que la prisión preventiva en general desaparezca sino que conforme señala el propio artículo 19 constitucional dicha medida cautelar se puede dictar por el juez únicamente cuando el ministerio público justifique”, señaló. 

“Insisto, la existencia de la prisión preventiva seguirá pero de forma justificada y motivada”.

Precisó que en su proyecto no se valoran los efectos de la prisión preventiva en general o si es o no válida o necesaria sino únicamente la forma automática de la misma, es decir, la de oficio.

El ministro apuntó que la prisión preventiva se prevé en la Constitución como la última medida aplicable cuando esta sea la única forma en la que se pueda obligar a las personas acusadas de cometer un delito, de comparecer a juicio; proteger a las víctimas o salvaguardar evidencias y el curso de la investigación.

“La clasificación de la prisión preventiva oficiosa como medida cautelar es tan sólo un “disfraz”, una simple denominación formal que no se corresponde con su forma de operar ni con sus consecuencias nocivas, pues queda claro que se erige como una sanción anticipada, ya que no restringe derechos sino que priva de ellos”, explicó.

"Esto no significa que con el proyecto la Suprema Corte atente o busque obstaculizar la persecución de los delitos", indicó. 

El ministro dijo que "tampoco significa que se proponga que las personas que actualmente están sujetas a prisión preventiva de oficio deban ser liberadas en automático".

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