Tren Maya
Tribunal da luz verde, por ahora, a obras del Tren Maya
Los magistrados señalaron que las suspensiones provisionales concedidas por el juez Primero de Distrito de la entidad, Adrián Novelo, respondían a que en ese momento el gobierno federal no contaba con la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA).CIUDAD DE MÉXICO (apro).–Un tribunal federal se pronunció por primera vez para dar luz verde a la continuación de las obras del tramo 5 Sur del Tren Maya, que corre de Tulum a Playa del Carmen, Quintana Roo.
En su sentencia, los magistrados del Tribunal Colegiado en materias del Trabajo y Administrativa de Yucatán, señalaron que las suspensiones provisionales concedidas por el juez Primero de Distrito de la entidad, Adrián Novelo, respondían a que en ese momento el gobierno federal no contaba con la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA).
Pero que la tramitación del juicio no le impedía al gobierno federal realizar las gestiones necesarias para conseguir la MIA y cumplir con los requisitos de protección al ambiente para continuar con la obra.
Pero que la obtención de la MIA no exime de las responsabilidades que en su caso se generen o hubiesen generado por la ejecución de la obra sin los permisos ambientales necesarios.
Por lo que decidieron negar la suspensión provisional con la que organizaciones ambientales buscaban paralizar las obras del Tren Maya.
“Suspender provisionalmente sin más elementos técnicos y científicos, podría incluso causar una afectación mayor al interés social, tal y como lo precisó el juez de amparo, sin que ello sea impedimento para que durante la tramitación del incidente o del juicio las partes hagan llegar al juzgador, si así lo estiman conveniente, evidencia científica y técnica en contrario a la Manifestación de Impacto Ambiental y su autorización”, señalaron los magistrados.
“Lo anterior no exime de las responsabilidades que en su caso se generen o se hubieren generado, por el hecho de que se haya llevado a cabo la ejecución de obras, con anterioridad a la Autorización de Impacto Ambiental y el cumplimiento de sus condicionantes, pero es insuficiente para que ya habiéndose realizado el estudio relativo y la autorización, las obras se suspendan, por ahora, por lo que ni el fallo del juzgador ni esta resolución deben entenderse como una convalidación de actos que se hubieran realizado al margen de las disposiciones y normas legales aplicables”.