Tren Maya
INAI ordena a Semarnat revelar autorización provisional para construcción del Tramo 4 del Tren Maya
La autorización provisional fue otorgada con base en el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el pasado 22 de noviembre de 2021, donde se declaró “de interés público y seguridad nacional” los proyectos y obras del gobierno del presidente.CIUDAD DE MÉXICO (proceso.com.mx).–El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la información y Protección de Datos Personales (INAI), ordenó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), hacer pública la autorización provisional otorgada para la construcción del Tramo 4 del Tren Maya.
La autorización provisional fue otorgada con base en el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el pasado 22 de noviembre de 2021, donde se declaró “de interés público y seguridad nacional” los proyectos y obras del gobierno del presidente, Andrés Manuel López Obrador.
Al respecto, la comisionada presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena consideró que en este caso se debe garantizar la transparencia en los procedimientos derivados de la aplicación del acuerdo para que la sociedad valore la actuación de las autoridades administrativas.
Sobre todo en la emisión de autorizaciones provisionales, que permiten la ejecución del Tren Maya, obra señalada como proyecto de infraestructura clave para la administración de López Obrador.
Ello debido al impacto que tiene el proyecto ferroviario en el medio ambiente y los recursos naturales de la nación, indicó Ibarra Cadena.
El INAI recordó que en diciembre de 2021, el pleno del instituto promovió una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), contra el acuerdo del gobierno federal porque representa “un obstáculo” en la aplicación del principio de máxima publicidad.
Debido a que el acuerdo del gobierno de AMLO impide la difusión y entrega de la información relacionada con proyectos de infraestructura, al considerarlos de seguridad nacional.
“La Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó la suspensión respecto de esta vertiente, al considerar que la reserva general que se deriva del Acuerdo presidencial afecta nuestra competencia, ya que nos corresponde velar por el derecho de acceso a la información pública”, explicó la comisionada del INAI.
También, señaló que el ciudadano que solicitó conocer la autorización provisional se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI, debido a que la Semarnat reservó la información, con base en el artículo 110, fracción VIII, de la Ley Federal de Transparencia, argumentando que forma parte de un proceso deliberativo.
“La dependencia agregó que proporcionar información sobre las autorizaciones provisionales podría generar presiones para las personas servidoras públicas involucrados en la toma de decisiones, lo cual afectaría su imparcialidad al momento de emitir una resolución”, refirió Ibarra Cadena.
No obstante, el análisis realizado por los integrantes del INAI, concluyó que la reserva de información es improcedente, debido a que la Semarnat no acreditó la existencia de un procedimiento deliberativo en trámite, del cual forme parte la autorización provisional otorgada para la construcción del Tramo 4 del Tren Maya.
“Además, se advirtió que se trata del documento en el que se sustenta la realización de los trabajos del proyecto”, sentenció el Instituto.