SCJN

Prisión preventiva de oficio podría dejarse de aplicar, Corte debatirá si es o no inconvencional

El ministro Luis María Aguilar Morales programará para discusión un proyecto para resolver la acción de inconstitucionalidad presentada en contra de la reforma en materia fiscal que agregó delitos como el lavado de dinero en el catálogo de aquellos que merecen prisión preventiva de oficio.
jueves, 18 de agosto de 2022 · 10:32

CIUDAD DE MÉXICO (apro).-El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Naciòn (SCJN), Arturo Zaldívar anunció que en las próximas semanas el Pleno analizará si la prisión preventiva de oficio es o no inconvencional y, por tanto, se debe dejar de aplicar.

“Estos asuntos son de una enorme relevancia, pueden cambiar la historia de la vida de miles de personas y pueden cambiar tambie´n el paradigma sobre el que se ha asentado la persecucio´n de los delitos en Me´xico desde hace muchas de´cadas”, señaló en conferencia de prensa.

Comentó que en los próximos días el ministro Luis María Aguilar Morales programará para discusión un proyecto para resolver la acción de inconstitucionalidad presentada en contra de la reforma en materia fiscal que agregó delitos como el lavado de dinero en el catálogo de aquellos que merecen prisión preventiva de oficio.

Agregó que si el Pleno declara por mayoría calificada que la prisión preventiva de oficio es inconvencional, esta medida ya no podrá ser aplicada en el país.

Explicó que esta figura, aunque está prevista en la Constitución puede llegar a ser inconvencional, es decir, atentar contra la protección internacional de derechos humanos que, según el sistema jurídico mexicano, también forma parte de la Carta Magna.

Por lo que, para respetar la convencionalidad de las normas, es necesario hacer una interpretación de esta figura de la prisión preventiva de oficio para que en lugar de restringir el derecho de libertad de las personas vinculadas a proceso penal, pueda aplicarse de modo tal que amplíe ese derecho.

“Si tengo un artículo 1o que establece que tengo que interpretar pro personae, tengo un artículo o un bagaje de artículos de la Convención Americana, que amplían los derechos de libertad y tengo un artículo 19 (constitucional) que tiene la misma jerarquía que restringe la libertad ¿cuál aplico? Entonces, más que declarar inconstitucional la Constitución, es declarar inconvencional o inaplicables estos artículos porque son contrarios a otros artículos que también son Constitución”, detalló el ministro.

Recordó que en diversos asuntos él ha sostenido que la prisión preventiva de oficio es inconvencional.

Mientras que en la Primera Sala, la ministra Norma Lucía Piña Hernández presentará un proyecto en el que también se analiza la convencionalidad de esta figura en un juicio de amparo.

Agregó que, en el juzgado Décimo Cuarto de Distrito de Amparo en materia Penal en la Ciudad de México se han concentrado ya 180 amparos en los que se impugna la aplicación de prisión preventiva justificada, entre los que se encuentra el de la ex titular de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), Rosario Robles quien desde hace 3 años permanece sujeta a esta medida por ejercicio indebido del servicio público.

“La decisión que dicte el juez de Distrito va a ser muy importante porque va a ser la primera vez que haya reglas claras sobre esta cuestión y eventualmente estos asuntos llegarán a la Corte para que estas reglas sean ajustadas, confirmadas o revocadas, dependiendo lo que la Suprema Corte decida, pero será la primera vez en que el poder judicial como una unidad se tomará en serio este tema, espero para evitar estos abusos”, indicó.

“Tanto lo que se haga en el juzgado de Distrito y en la Corte va a ser un parteaguas en la historia de la prisión preventiva justificada y oficiosa”.

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