Vacuna contra COVID-19

En forma tardía, la Corte autoriza vacunación contra covid-19 a menores de edad sin comorbilidades

El fallo de la SCJN coincide con el arranque de la aplicación de dosis a menores de cinco a 11 años.
lunes, 27 de junio de 2022 · 22:22

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- A más de año y medio de que el gobierno federal aplicó la primera vacuna contra el covid-19, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que en los juicios de amparo tramitados por cientos de ciudadanos que buscan que sus hijos menores de edad que no tienen ninguna comorbilidad sean vacunados, debe concederse la suspensión para que de manera inmediata se les empiece a inocular.

La tardía decisión del Pleno de la Corte coincidió con el inicio de la vacunación de niños de 5 a 11 años de edad que no padecen ninguna comorbilidad.

Los ministros avalaron los proyectos realizados por Margarita Ríos Farjat para resolver dos contradicciones de tesis en las que entraron en conflicto los criterios sobre conceder o no la suspensión de plano cuando se tramiten amparos para vacunar a menores de entre 5 a 17 años de edad contra el Covid-19.

"La omisión de aplicar las vacunas autorizadas por la COFEPRIS coloca a las personas antes mencionadas que no cuenten con las vacunas respectivas en una situación de riesgo de contagio por el virus SARS-CoV-2, por lo que en caso de enfermarse resultaría físicamente imposible restituir su derecho a la salud", señaló la Corte durante la sesión de este lunes.

"La suspensión que debe concederse a las niñas, niños y adolescentes que no padecen de alguna comorbilidad, es para el efecto de que a la brevedad posible las autoridades responsables apliquen el esquema completo de vacunación" .

En sus resoluciones la Corte indicó que los jueces deben tramitar de oficio el incidente de suspensión, por tratarse de actos que, al consumarse, pueden ser de difícil o imposible reparación para los quejosos.

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