SCJN
Corte ordena liberar a miembros del Concejo Indígena de Nahuatzen; ONG´s celebran decisión
José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez Meza, estaban privados de la libertad en Uruapan, Michoacán. El encarcelamiento de los líderes indígenas era interpretado por organizaciones civiles y pobladores de como una represalia “por haber expulsado a los partidos políticos de su comunidad.CIUDAD DE MÉXICO (apro). –Organizaciones de la sociedad civil celebraron la decisión del pleno de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ordena “la absoluta e inmediata libertad” de los integrantes del Concejo Ciudadano Indígena de Nahuatzen (CCIN), José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez Meza, quienes se encuentran privados de la libertad en Uruapan, Michoacán.
Después de permanecer en prisión durante más de tres años, acusados de “sabotaje” en perjuicio del ayuntamiento de Nahuatzen, por disturbios ocurridos el 1 de noviembre de 2018, a pesar de que no se encontraban en el lugar de los hechos ese día, los indígenas purépechas obtuvieron su libertad, tras avalarse por unanimidad el proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
El encarcelamiento de los líderes indígenas era interpretado por organizaciones civiles y pobladores de Nahuatzen como una represalia “por haber expulsado a los partidos políticos de su comunidad”.
En un pronunciamiento, firmado por Servicios y Asesoría para la Paz, la Red Solidaria de Derechos Humanos, Front Line Defenders, el Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria” y la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todas y Todos (Red TDT), las organizaciones celebraron la decisión de los ministros, luego de haber acompañado la defensa de Arreola y Jiménez y documentado “las múltiples violaciones a sus derechos durante el proceso”.
Los defensores destacaron que la determinación de los ministros ordenaron investigar “los actos de tortura y malos tratos” contra los dirigentes indígenas, “de manera independiente, imparcial y meticulosa, en aras de garantizar el cumplimiento de las obligaciones en materia de protección a los derechos humanos por parte del estado de Michoacán”.
Los firmantes reconocieron que el proyecto del ministro Pardo Rebolledo concedió el “amparo liso y llano con base en un enfoque intercultural resaltando que, todo proceso penal que involucre a una persona indígena tiene derecho”.
La resolución de la SCJN resalta el derecho de las personas indígenas de “gozar del reconocimiento de la diversidad cultural y a ampararse en derechos como la autodeterminación, el autogobierno, la aplicación de sus propios sistemas autonormativos, a la tierra, el territorio y sus recursos naturales, y al pleno acceso a la jurisdicción del Estado”.
Para las organizaciones firmantes, “el veredicto del máximo tribunal representa un importante precedente para todas las comunidades indígenas en nuestro país”, y dirigentes que como José Antonio y José Luis, “enfrentan la criminalización, persecución, violencia y desplazamiento por el pleno ejercicio de sus derechos como comunidades indígenas”.
Jiménez Meza y Arreola Jiménez fueron detenidos de manera arbitraria por policías estatales de Michoacán los días 12 y 14 de noviembre de 2018, respectivamente, en Nahuatzen, y un año después fueron condenados a siete años de prisión por el delito de “sabotaje” en perjuicio del ayuntamiento de Nahuatzen.
Los dirigentes indígenas fueron acusados de encabezar un grupo de entre 60 y 70 personas que habrían ocasionado disturbios en el palacio municipal de ese pueblo de la meseta Purépecha, el 1 de noviembre de 2018, a pesar de que no se encontraban en el lugar de los hechos ese día, de acuerdo a las pruebas ofrecidas en el proceso penal.
En diciembre de 2020, los representantes legales de los defensores solicitaron a la SCJN la revisión de un recurso de amparo, solicitud que fue admitida en abril de 2021.
El Consejo Ciudadano Indígena de Nahuatzen es un órgano de gobierno autónomo comunitario conformado en 2015 y reconocido legalmente como autoridad indígena en 2017, a través de sentencias emitidas por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán y confirmadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).