SCJN
La SCJN ordena suspender programa de ordenamiento ecológico de Tulum
El acuerdo de la Corte que ordena la suspensión del Pmotedus, en tanto se resuelve el asunto de fondo, se publicó el pasado martes 22.TULUM, Q. Roo. (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió la suspensión del Programa Municipal de Ordenamiento Territorial, Ecológico y Desarrollo Urbano (Pmotedus) de Tulum, promovida por el gobierno federal mediante un juicio de controversia constitucional, que inició en mayo pasado.
En un comunicado, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) dio a conocer la determinación de la SCJN, que derivó de la controversia constitucional interpuesta el pasado 13 de mayo por la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal, porque en el diseño del instrumento municipal no se respetaron las competencias federales.
El acuerdo de la Corte que ordena la suspensión del Pmotedus, en tanto se resuelve el asunto de fondo, se publicó el pasado martes 22, apuntó.
No obstante, la Semarnat insistió en su llamado a la autoridad municipal a que establezca comunicación con el sector ambiental federal, a efecto de emitir un plan ordenamiento territorial en equilibrio con el medioambiente y los recursos naturales.
La dependencia explicó que la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal interpuso el recurso de controversia porque el Pmotedus de Tulum, publicado el pasado 31 de marzo en el Periódico Oficial de Quintana Roo, contiene “una serie de faltas e incongruencias relevantes que propician el deterioro ambiental” tanto del municipio como de la entidad.
Al respecto, detalló que Pmotedus ignoró el derecho de participación del gobierno federal, “a pesar de que el contenido regulatorio de dicho Programa trasciende a la esfera de su competencia”.
Además, establece diversas regulaciones en materia de hidrocarburos, residuos peligrosos y bioseguridad de organismos genéticamente modificados, los cuales son competencia federal.
También “trasgrede la facultad exclusiva de la Federación en relación con el cambio de uso de suelo en terrenos forestales”.
La Semarnat aclaró que la SCJN concedió la suspensión en la controversia constitucional hasta en tanto se resuelva el fondo del asunto, quedando su estatus actual en trámite y pendiente.
“Para la Semarnat es importante que los instrumentos de política pública ambiental de los tres órdenes de gobierno contemplen en su totalidad las leyes ambientales correspondientes y tengan congruencia entre sí, a fin de beneficiar principalmente a las comunidades, sin desatender su derecho a un medio ambiente sano y al crecimiento sustentable del territorio”, destacó.