Agencia Nacional de Aduanas

Así será la operación de la Agencia Nacional de Aduanas de México

La nueva dependencia, que estará separada del SAT, la encabezaría Horacio Duarte Olivares, y tiene por objeto organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección.
jueves, 15 de julio de 2021 · 19:39

CIUDAD DE MÉXICO (apro).—La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) anunció la creación de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) y propuso como administrador general a Horacio Duarte Olivares.

De acuerdo con la dependencia, con la intención de continuar fortaleciendo el combate al contrabando, la introducción de drogas y la corrupción, la Administración General de Aduanas (AGA) se desincorporó del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para crear la ANAM.

“Con esta nueva estructura, y contando con independencia del SAT, se cumplirán a cabalidad las tres funciones de las aduanas modernas: recaudación, facilitación del comercio y refuerzo de la seguridad nacional”, señaló la SHCP en un comunicado.

Con la creación de la ANAM se reforzará la Estrategia Nacional Anticorrupción y la Seguridad Nacional intensificando la coordinación con las Fuerzas Armadas y las instituciones de seguridad en los puntos de acceso al país, al tiempo que se priorizará reducir la evasión y elusión fiscal.

Estará dotada de autonomía técnica, operativa, administrativa y de gestión. Además, tendrá el carácter de autoridad fiscal y aduanera y facultades para emitir resoluciones en el ámbito de su competencia.

Asimismo, contará con oficinas en las entidades federativas y sus plazas más importantes, así como en el extranjero, a efecto de garantizar una adecuada desconcentración geográfica, operativa y de decisión en asuntos de su competencia.

La ANAM tiene por objeto organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, para aplicar y asegurar el cumplimiento de las normas jurídicas que regulan la entrada y salida de mercancías del territorio nacional.

Sumado a esto, garantizará el respeto de los lineamientos relativos al cobro de las contribuciones y aprovechamientos aplicables a las operaciones de comercio exterior, así como las normas que le sean expresamente instruidas por el secretario de Hacienda.

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