Secretaría de Cultura
Publican en el Diario Oficial la nueva Ley General de Bibliotecas
La nueva legislación establece que le corresponde a la Secretaría de Cultura proponer, ejecutar y evaluar la política nacional de bibliotecas atendiendo al Plan Nacional de Desarrollo y demás programas correspondientes.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Secretaría de Cultura informó de la publicación, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la “Ley General de Bibliotecas”, con lo que de manera automática queda abrogada la Ley General de Bibliotecas de 1988.
La nueva ley se publicó este día a través del Diario Oficial de la Federación y se conforma por 44 artículos, divididos en 10 capítulos:
Disposiciones Generales; De la Red Nacional de Bibliotecas Públicas; De las Redes de Bibliotecas Públicas en las Entidades Federativas; De la Adhesión a las Redes Nacional y de las Entidades Federativas; De la Biblioteca de México; Del Sistema Nacional de Bibliotecas; De la Participación Ciudadana; Personal y Usuarios de los Servicios Bibliotecarios; Descarte; y Del Depósito Legal de Publicaciones. Además de cuatro Transitorios.
Entre los puntos novedosos de esta nueva ley (misma que se puede ver aquí http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5619932&fecha=01/06/2021) está el hecho de que incorpora y define a los bibliotecarios como personas certificadas que administran las bibliotecas con base en su formación, competencias y experiencia, considerando su capacitación continua, así como del personal pertinente destinado a la operación de las bibliotecas públicas.
Establece a la Biblioteca de México como el conjunto de acervos y recursos que integran los repositorios de la Biblioteca de La Ciudadela José Vasconcelos (localizada en el inmueble de La Ciudadela), y la Biblioteca Vasconcelos (localizada a un costado de la antigua estación de ferrocarriles de la Ciudad de México), ambas dependientes de la Secretaría de Cultura y adscritas a la DGB.
También, según la SC, “define al libro como una publicación unitaria, no periódica, de carácter literario, artístico, científico, técnico, educativo, informativo o recreativo, editada en cualquier soporte, lenguaje o código, incluido el digital, cuya edición se haga en su totalidad de una sola vez en un volumen o a intervalos en varios volúmenes o fascículos”.
La nueva legislación establece que le corresponde a la SC --a través de la Dirección General de Bibliotecas--, proponer, ejecutar y evaluar la política nacional de bibliotecas atendiendo al Plan Nacional de Desarrollo y demás programas correspondientes.
Según la Secretaría de Cultura, la nueva legislación “busca la mejora de los servicios que las bibliotecas públicas ofrecen, reconocer el papel de las y los bibliotecarios, de lectores y libros, así como aprovechar las nuevas tecnologías como herramientas para la promoción de la lectura y la cultura, entre otros”.
Además de establecer las bases de coordinación en materia de bibliotecas públicas entre los gobiernos Federal, de entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México; definir normas básicas para el funcionamiento de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas, y proponer las directrices para la integración del Sistema Nacional de Bibliotecas; fomentar la formación de bibliotecas por parte de los sectores social y privado, y garantizar la conservación del patrimonio documental en sus distintas vertientes.