contingencia ambiental

Activan contingencia ambiental; así aplicará el Doble Hoy No Circula este jueves

Nuevamente se activó la Fase 1 debido a la alta concentración de contaminantes en el aire, informó la Comisión Ambiental de la Megalópolis.
miércoles, 23 de abril de 2025 · 15:37

CIUDAD DE MÉXICO (apro).-Nuevamente se activó la contingencia ambiental en el Valle de México, debido a la alta concentración de contaminantes en el aire, informó la Comisión Ambiental de la Megalópolis.

A las 15:00 horas del día de hoy, se registró una concentración horaria máxima de ozono de 164 ppb en la estación UAM Xochimilco (UAX), ubicada en la Alcaldía del mismo nombre, Ciudad de México.

Por ello se activará el programa de Doble No Circula.

La influencia de un sistema de alta presión estacionado sobre el centro del país desde hace tres días,  incrementó la estabilidad atmosférica durante el día de hoy en la Zona Metropolitana del Valle de México.

Esta situación asociada con radiación solar muy alta y persistente, temperaturas máximas entre 28 a 29 °C, así como viento débil durante la mañana y primeras horas de la tarde, favoreciendo la acumulación de los precursores de ozono.

“En la última hora se ha presentado viento con dirección hacia el sureste que contribuyó a la acumulación del ozono en esa zona del Valle de México”, detalló el organismo.

No circula

Mañana jueves 24 de abril, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas: 

  • 1.    Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2. 
  • 2.    Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 2, 3, 5, 7 y 9 .
  • 3.    Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado verde, terminación de placa  1 y 2.
  • 4.    Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  • 5.    Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques  estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
  • 6.   Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.
  • 7.    Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de    circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará    la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • ?Vehículos que porten holograma “0” o “00” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color verde y terminación de placa 1 y 2.
  • ?Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • ?Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  •  Las motocicletas están exentas de la Fase I.

Comentarios