Justicia

El divorcio exprés de Octavio Paz y Elena Garro: un caso que evidenció el patriarcado judicial

El caso de los escritores reveló cómo el divorcio exprés de Chihuahua en los años 50 reforzó el poder patriarcal, permitiendo a hombres adinerados divorciarse de sus esposas sin su consentimiento, dejándolas en clara desventaja frente a las autoridades judiciales.
domingo, 19 de abril de 2026 · 06:30

CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- El polémico divorcio “exprés” que Octavio Paz impuso a Elena Garro hace más de 60 años evidencia la forma en la que muchos hombres, nacionales o extranjeros, utilizaron esta figura para separarse de sus esposas sin que éstas tuvieran conocimiento.

En su último número, la Revista Interdisciplinaria de Estudios de Género del Colegio de México (Colmex) publicó un análisis sobre el divorcio exprés de Chihuahua en la década de los 50 que se popularizó tanto en la época que personalidades como Marilyn Monroe, Sofía Loren, Ingrid Berman, Carlo Ponti, Paul Newman, entre otros, recurrieron a él.

De acuerdo con el documento, la Ley del Divorcio en Chihuahua de 1931 se convirtió en “una de las expresiones más claras del dominio patriarcal al invisibilizar la voluntad de las mujeres”.

“El divorcio de Chihuahua reforzó el derecho patriarcal, pues principalmente lo utilizaban los hombres blancos, adinerados y dominantes tanto de Estados Unidos como de México”, indica el texto firmado por los investigadores Ana Lidia García Peña y Juan Carlos Salvador Barrera.

El caso Octavio Paz contra Elena Garro fue retomado por la publicación para ejemplificar las desventajas en las que las mujeres quedaban ante las autoridades judiciales incluso si llegaban a acreditar que fueron divorciadas sin su consentimiento.

En el año 1959, en el que Paz tramitó su divorcio, el 53% de los divorcios a nivel nacional fueron sustanciados ante las autoridades judiciales de Ciudad Juárez, Chihuahua.

Publicación del Colmex. 

El 1 de junio de ese año, una semana antes de que el poeta asumiera como Encargado de Negocios en la Embajada de Francia, Octavio Paz acudió a la Notaría número 17 de la Ciudad de México y firmó un poder especial al licenciado Esteban Briones Martínez para que se encargara de tramitar en Ciudad Juárez su divorcio de Elena Garro.

Así, el ensayista viajó a París para asumir su cargo y el 8 de junio, el notario 17 presentó la demanda de divorcio contra Garro ante el juez Tercero de lo Civil del Distrito de Bravos en Juárez.

Aunque Elena Garro y Octavio Paz vivían en París, ya estaban separados, pues la escritora vivía en el departamento del cineasta Archibaldo Burns, de quien se decía que era su amante y Octavio Paz hacía vida con Bona Tibertelli, pintora también identificada como amante del escritor, con quien supuestamente deseaba casarse.

Así, a más de 8 mil kilómetros de distancia de París, Octavio Paz demandó a Elena Garro el divorcio alegando “incompatibilidad de caracteres”, pues afirmó que la vida entre ambos era de un ambiente poco cordial lo que provocó su separación física.

Para evitar que Garro fuera notificada de la demanda, Octavio Paz afirmó que luego de la separación, su esposa y su hija se trasladaron a Estados Unidos y posteriormente a Europa, pero que ignoraba su domicilio, lo que no era verdad.

“Teniendo en cuenta básicamente el hecho de que no obstante los esfuerzos realizados por ambas partes para normalizar sus relaciones conyugales, no ha sido posible la convivencia, dentro de un clima de entendimiento y comprensión, y tomando en cuenta también, los perjuicios que esto supone para la educación de la niña, vengo en nombre de mi poderdante a demandar la disolución del vínculo matrimonial que lo une con la señora Elena Garro de Paz, aduciendo la causal de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES”, indica la demanda.

Conforme a la Ley del Divorcio en Chihuahua, la incompatibilidad de caracteres era una causal de divorcio necesario que no exigía ser comprobada ante ningún juez, mientras que de haber tramitado el divorcio en la Ciudad de México, Octavio Paz hubiera sido obligado a acreditar cualquiera de las causales contempladas en la ley vigente de la época.

En consecuencia, Elena Garro se quedó sin el derecho de aceptar o rechazar la incompatibilidad de caracteres alegada por su entonces marido ni de defenderse, pues como se trató de un juicio de divorcio necesario, forzosamente una de las dos partes debía ser declarada culpable, aunque no existen constancias que acrediten que Octavio Paz buscara específicamente que su esposa fuera declarada culpable.

“Fue tramitado sin el consentimiento de Garro, por lo que se convirtió en un claro ejemplo de violencia simbólica patriarcal que invisibilizó su parecer”, enfatizan los autores de la publicación.

Conforme a las leyes vigentes en México, Elena Garro fue notificada de la demanda de divorcio mediante la figura de edictos (publicaciones en medios públicos impresos para dar aviso sobre un litigio), en el Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, que no llegaba a París, en los que se le daban tres días para contestar la demanda.

Naturalmente, Elena Garro no se enteró de la demanda y, por tanto, no contestó, lo que provocó que se le declarara confesa, es decir, que el juez que conoció del asunto declaró que la demanda admitió los hechos relatados por Octavio Paz sobre la alegada incompatibilidad de caracteres que derivaría en la necesidad de divorciarlos.

Un mes después, el 15 de julio de 1959, el juez dictó sentencia de divorcio en la que, además de declarar disuelto el matrimonio, ordenó que Elena Laura Paz Garro, hija de los escritores, quedara bajo la guarda y custodia de su madre, Elena Garro, impuso a Octavio Paz el pago de 3 mil 500 pesos mensuales de pensión alimenticia para ambas —que actualmente equivalen a menos de cuatro pesos—, pues la novelista no tuvo oportunidad de acreditar las necesidades ni de ella ni de su hijo para que la pensión fuera fijada de manera proporcional a las mismas y a los ingresos que su ya exesposo obtenía como diplomático del gobierno mexicano.

 

La defensa de Elena Garro

En julio de 1967, ocho años después de su divorcio, Elena Garro tramitó un juicio de amparo ante el juez Segundo de Distrito en la Ciudad de México contra el juez Tercero de lo Civil de Ciudad Juárez que la divorció, pues alegó que esa sentencia era una simulación y el jefe de la Oficina del Registro Civil del Distrito Federal que realizó la anotación de la sentencia de divorcio en su acta de matrimonio el 18 de agosto de 1960.

Garro indicó ante el Poder Judicial de la Federación (PJF) que no fue notificada legalmente de la demanda de divorcio y de este modo la escritora obligó a su exmarido a hacer públicos diversos detalles de la separación que, hasta ese momento, habían permanecido en secreto gracias al divorcio exprés que tramitó.

En su demanda de amparo Elena Garro indicó que su juicio de divorcio fue una “comedia de notificaciones oficiosas”, acusó a Paz de mentirosos por decir que desconocía su domicilio cuando ambos vivían en la Embajada de México en París y evidenció que fueron los amoríos del ensayista los que los obligaron a separarse.

Indicó que se enteró de que estaba divorciada porque supo que su esposo vivía en la India con una mujer que presentaba como su esposa, razón por la que solicitó su acta de matrimonio y ahí leyó la inscripción de la sentencia emitida por el juez de Chihuahua.

Años después Octavio Paz se casó con Mari-Jo Tramini. Foto: Facebook  Zona Paz.

Octavio Paz fue notificado del amparo porque viajó a México para ingresar como miembro del Colegio Nacional y, pese al tardío e inútil intento de Elena Garro de anular su divorcio, el juicio también sirvió para exhibir que el escritor utilizaba su poder en la Embajada de Francia para su beneficio personal.

Octavio Paz presentó tres testigos, diplomáticos en la Embajada, ofreció el interrogatorio a Elena Garro y otras pruebas documentales para desacreditar la demanda de su exesposa.

Los testigos eran Gabino Fraga, subsecretario de Relaciones Exteriores y ministro de la Suprema Corte; Rafael Nieto del Castillo, quien fue cónsul general de México en París durante el divorcio de Paz, y Héctor Raúl Almanza Martínez de Castro, primer secretario de la Embajada en París.

Todos respondieron por escrito sus interrogatorios, es decir, no fueron presentados ante el juez de Distrito, quien descartó cualquier conflicto de interés en el caso alegando la “capacidad, elevado nivel intelectual y tener el criterio necesario para juzgar los actos, su probidad y la independencia de su posición”, mismos que, dijo, garantizaban su imparcialidad en el juicio.

Fraga dijo que se reunió con Garro para notificarle la sentencia de su divorcio; Nieto dijo que citó a Elena Garro en sus oficinas en la Embajada, un día de verano de 1960, para entregarle copia certificada de la sentencia y que ella le indicó que ya la conocía.

Almanza Martínez de Castro afirmó que Garro estaba conforme con la sentencia de divorcio.

Octavio Paz comprobó con éstas y otras pruebas que Elena Garro conocía la sentencia de divorcio mucho antes de lo que afirmó en su demanda de amparo.

Finalmente, el juez de Distrito declaró improcedente el amparo de la escritora al considerar que consintió su divorcio y no objetó a tiempo la sentencia, por lo que la declaró legal.

 

Las condiciones actuales del divorcio

Más de 70 años después la Ciudad de México se convirtió en la primera en legislar para eliminar las causales de divorcio y reconocer que el Estado no puede obligar a las personas a continuar casadas si no quieren.

Esto, debido a que durante muchos años se alegó que obligar a las personas a acreditar ante un juzgado por qué no quieren seguir casadas resultaba violatorio de sus derechos humanos.

La nueva configuración legal del divorcio en la capital del país llevó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a emitir en 2015 una jurisprudencia que declara inconstitucional la exigencia de acreditar los motivos por los cuales una persona quiere divorciarse.

De este modo, la Corte declaró que el llamado divorcio incausado es un derecho fundamental derivado del libre desarrollo de la personalidad que actualmente puede ser ejercido por hombres y mujeres en todo el país, pues la mayoría de los estados ya homologaron sus legislaciones para establecer esta figura de manera explícita y en los estados donde no es así se aplica directamente la jurisprudencia del Máximo Tribunal.

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