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LFT: Esto deben pagarte si trabajas el 1 de enero de 2026 en México

El 1 de enero es un día de descanso obligatorio y la LFT define el pago correspondiente si se labora.
martes, 23 de diciembre de 2025 · 21:12

CIUDAD DE MÉXICO (apro).— La Ley Federal del Trabajo (LFT) reconoce el 1 de enero como un día de descanso obligatorio para todas las personas trabajadoras en México. Este día forma parte del listado oficial que aparece en el Artículo 74, citado en materiales informativos de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) y en comunicados de referencia publicados por el gobierno federal.

La disposición implica que, aun sin laborar, el personal debe recibir el salario correspondiente a un día normal. El fundamento legal establece la obligatoriedad del descanso, salvo que exista la necesidad operativa de la empresa y acuerdo entre trabajador y patrón para prestar servicios durante esa jornada.

El 1 de enero se mantiene como uno de los feriados contemplados de manera permanente por la LFT, conforme a la información difundida por Profedet en sus guías sobre días de descanso.

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Cómo debe pagarse si se trabaja el 1 de enero

El Artículo 75 de la LFT establece el pago correspondiente cuando una persona trabaja en un día de descanso obligatorio. La norma indica que el patrón debe cubrir:

  • El salario diario que corresponde al día de descanso obligatorio.
  • Un pago adicional equivalente al doble del salario diario por haber laborado en esa fecha.

En conjunto, la persona trabajadora recibe tres veces el salario del día cuando presta servicios el 1 de enero. Medios especializados en derecho laboral han explicado este cálculo al señalar que se compone del salario base más dos salarios adicionales por la jornada trabajada.

Este esquema aplica sin distinción para empleados con contrato de tiempo completo o parcial, siempre que exista relación laboral y servicios prestados ese día, acorde con criterios informativos de Profedet.

Ejemplo del cálculo de pago

Para una persona que percibe un ingreso diario de 500 pesos, el pago por trabajar el 1 de enero de 2026 debe cubrir:

  • 500 pesos por el día de descanso obligatorio.
  • 1,000 pesos por el pago adicional equivalente al doble del salario diario.
  • El monto total asciende a 1,500 pesos por la jornada. 

Este cálculo se mantiene sin modificación cuando se trate de jornadas completas o parciales, pues el pago siempre corresponde al salario diario base más el doble por la prestación del servicio.

Qué ocurre si el patrón no paga el salario correspondiente

La LFT establece que el pago por laborar un día de descanso obligatorio es una obligación legal del patrón. Comunicados de Profedet señalan que, en caso de incumplimiento, la persona trabajadora puede reclamar el pago correspondiente dentro del plazo legal y presentar una queja ante la autoridad laboral.

La Profedet también menciona que la falta de pago puede derivar en procedimientos o sanciones administrativas para la empresa, de acuerdo con lo que marca la legislación laboral en materia de obligaciones patronales.

La autoridad recomienda conservar comprobantes de pago y evidencia de la jornada trabajada para facilitar cualquier reclamación posterior.

¿Es obligatorio trabajar el 1 de enero?

No. La LFT indica que los días de descanso obligatorio son fechas en las que el personal no está obligado a presentarse a laborar. La prestación de servicios solo procede si existe acuerdo previo con el patrón. Materiales de orientación de la Profedet recuerdan que el derecho al descanso permanece vigente, independientemente del sector económico.

Si la persona acepta laborar el 1 de enero, el pago triple es obligatorio y no puede sustituirse por una compensación distinta, salvo acuerdo formal que no contravenga lo previsto en la LFT.

Pago en otros días feriados y consistencia de la regla

Publicaciones sobre derecho laboral y guías de Profedet han señalado que la misma regla del pago triple aplica para los demás feriados reconocidos por la LFT. El esquema se repite en fechas como el 25 de diciembre, el 1 de mayo o el 16 de septiembre, siempre bajo la estructura prevista por los Artículos 74 y 75.

El pago triple se compone del salario del día más el doble adicional, sin ajustes derivados del tipo de contrato o de la modalidad de jornada.

Condiciones necesarias para que proceda el pago triple

Para que la persona trabajadora reciba el pago que marca la LFT al laborar el 1 de enero, deben cumplirse estas condiciones:

  • Existencia de una relación laboral formal.
  • Acuerdo para trabajar en el día de descanso obligatorio.
  • Cálculo conforme a la ley, con salario diario más el doble por la jornada del feriado.

Profedet señala que cualquier variación en el cálculo constituye motivo para presentar una inconformidad.

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