Consulta Río Sonora: la oportunidad para un fallo histórico en pro del medio ambiente

lunes, 3 de septiembre de 2018 · 11:52
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- De nueva cuenta, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó la resolución del juicio de amparo 365/2018 que interpuso el Comité de Cuenca Río Sonora (CCRS) en marzo de 2016 y con el que busca reconocer el derecho de todos los pueblos a participar sobre la construcción de megaproyectos que impacten el medio ambiente. El pasado miércoles 29, sin conocimiento de las comunidades amparadas, el máximo órgano de justicia del país pospuso la emisión del fallo del caso que atrajo en abril de 2017. La primera fecha para su resolución se había fijado para el miércoles 22 de agosto, pero se postergó una semana más y, llegado el día se aplazó una vez más. A pesar de que no es una falta legal de la SCJN y de que el tiempo de su resolución podría ampliarse de manera indiscriminada, las comunidades implicadas y su representación legal -- que lleva la organización civil Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER)— esperan una respuesta pronta y positiva. Un fallo a su favor no sólo podría detener la construcción de una nueva planta de jales en el municipio de Cananea, Sonora (mismo sitio donde ocurrió el derrame de sulfato de cobre en el Río Sonora, en 2014) sino que podría ser un parteaguas para casos como el del Nuevo Aeropuerto de la Ciudad de México o del Tren Interurbano de Toluca, en los que existen reclamos de comunidades afectadas. Luis Miguel Cano, abogado de PODER y representante de los pobladores agrupados en el CCRS, comenta a Apro: “No es inusual el retraso (en la SCJN), pero tampoco es la regla, porque la mayor parte de los casos se resuelven el día de la sesión. Sin embargo, no lo vemos con malos ojos. Lo importante es que al final se llegue a un fallo que tome en cuenta lo elemental: que hay un derecho a participar en asuntos medioambientales”. El abogado también insiste en que la resolución “puede tener un impacto mayúsculo para las causas medioambientales en todo el país”. Y explica: “Esta lógica donde las empresas pactan con el gobierno, en una relación bilateral a espaldas de la gente, es la regla y lo que estamos buscando de fondo es cuestionar ese sistema, decirles que no se puede llegar a estos acuerdos entre empresa-gobierno sin apoyo de las comunidades, sin información para ellas y sin participación”. Por su parte, Maribel Bustamante López y María Elena Bustamante, afectadas por el derrame de sulfato de cobre a los Ríos Bacanuchi y Sonora, y representantes del Comité de Cuencas, confían en que un mayor tiempo se traduzca en un mayor estudio del caso y en una resolución a su favor. Entrevistada en las oficinas de PODER, a un día de su regreso a la comunidad de Bacanuchi, en Sonora (desde donde se trasladó a la Ciudad de México para escuchar la resolución de la SCJN), Maribel describe su sentir tras el nuevo aplazamiento del fallo. --¿Se van decepcionadas? --Sé que este fallo no se dio ahorita porque a lo mejor están estudiando más, están pensando más y tenemos todo para que fallen a nuestro favor. Tenemos esa fe de que así va a ser porque no es justo que jueguen con nuestras vidas, no somos animales. Historia del caso Hace más de dos años, en marzo de 2016, pobladores de la comunidad norteña de Bacanuchi, interpusieron uno de los 20 recursos legales que actualmente existen contra la minera Buenavista del Cobre, propiedad del multimillonario, Germán Larrea, para detener la construcción de una nueva planta de jales, cercana a sus tierras. La población, agrupada en el Comité de Cuencas Río Sonora, además de defender su derecho a la consulta, refiere estar “aterrada” por la instalación de una nueva planta que almacenará los residuos tóxicos que resultan de la explotación minera de la “Concentradora del Cobre II”, por un periodo de vida de 48 años. La planta de jales estará en el mismo sitio donde en agosto de 2014 se liberaron 40 millones de litros de sulfato de cobre que contaminaron los afluentes del Río Bacanuchi y Sonora, y afectaron a unas 22 mil personas de siete municipios sonorenses. También tendrá una profundidad de 10 kilómetros de ancho y una capacidad de almacenamiento 80 mil veces mayor a la de su operación en 2014. El abogado explica que a pesar de que la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarmat) otorgó el permiso a la minera en julio de 2013 para la construcción de la planta, no se notificó a los locatarios a pesar del antecedente del derrame histórico del Río Sonora de 2014. Fue hasta 2016, cuando los pobladores se percataron del proyecto, por el uso de sus caminos por parte de la minera, para trasladar maquinaria hasta la construcción del megaproyecto. “Esto ilustra la falta de respeto para con la gente. Las comunidades no se enteraron sino hasta 2016, porque las obras empezaron. Jamás se hubieran dado cuenta a no ser por el camino que pasaba por la zona y que les acabaron cerrando. Hubo gente que en ese año, 2016, tres años después pensó que era un nuevo derrame, porque vieron líquidos acumularse y maquinaria. “El mínimo trato digno a las personas y a las comunidades es darles información, permitirles participar y hacerles ver porqué un proyecto puede garantizarles las cosas o no. La gente no es parte del paisaje, tenemos derechos y esos deben ser respetados tanto por el gobierno como por las empresas”, refiere el abogado. El amparo para suspender el permiso otorgado por la Semarnat se presentó en marzo del 2016, ante el Juzgado de Distrito en Agua Prieta, y fue respaldado por el 20% de la población total de Bacanuchi. Sin embargo, la respuesta de la primera instancia de justicia fue negar la legitimidad a los habitantes de Bacanuchi para cuestionar el permiso otorgado a Buenavista del Cobre. “Nos respondió aduciendo que las únicas personas que podían cuestionar lo que la empresa hace, eran las que habitan en la misma localidad donde se sitúa la empresa, esto es en Cananena, pero quien conozca de la realidad sabe que el derrame no afectó a las personas en Cananea, sino río abajo, en siete municipios distintos. Bacanuchí está en Arizpe, río abajo”, narra Luis Miguel Cano. Los pobladores pidieron un recurso de revisión, mismo que resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en materia penal y administrativa del Quinto Circuito, en Hermosillo, Sonora. Este órgano de justicia revocó la decisión del Juzgado de Agua Prieta y decidió preguntarle a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que en abril de 2017 atrajo el asunto. El abogado del Comité apunta: “El tribunal colegiado nos da la primera victoria, reconociendo el derecho a cuestionar esto y lo que toca es el fondo: tenemos derecho a participar en asuntos medioambientales, la gente de Bacanuchi, y por eso está mal dada la autorización de la Semarnat a la empresa y eso es lo que estamos esperando que se decida”. Con todo, el camino para llegar a la Corte no fue fácil, pues según narra a Apro Luis Miguel Cano, se han enfrentado a las constantes pugnas de la minera, que insiste en cuestionar la existencia e identidad de los pobladores amparados y que incluso pidió a los juzgados que cada uno de los firmantes ratificara su firma. “Eso ha sido tortuoso, porque los juzgados llaman a todas las personas a ratificar sus firmas más de 20 veces, y eso ha detenido los juicios por mucho tiempo”, lamenta. También, resalta el desafío burocrático que significó trasladar el caso de Agua Prieta a la Ciudad de México: Las autoridades “tardaron meses en enviar el asunto a la capital para completar el procedimiento. El aparato judicial es lento. “Es una vergüenza: estamos hablando de la empresa del segundo hombre más rico del país. No le costaba nada hacer las cosas bien, ir a pararse y pedir una disculpa a la gente que afectó y hacer las cosas, así como darles un trato respetuoso. Les costaba tiempo, y a mí lo que me dice es que es una persona que cree que está por encima de los demás. Estamos recurriendo a las instancias legales, a las vías institucionales”, refiere el litigante. Maribel Bustamante, de 47 años, muestra a Apro sus manos desgastadas por la edad, pero también manchadas de negro y con la piel cayéndose en trozos pequeños. “Nosotros ya no queremos una presa. Es terrible lo que quieren hacer, es una presa muy grande. ¿Se imagina el impacto que nos va a causar? Es el desastre total. Lo único que queremos es que nos tomen en cuenta, que nos respeten, que se haga justicia, porque no es posible que estemos sufriendo esta consecuencia, que estamos batallando mucho por la salud, por el agua. Hay personas enfermas y esa presa que se viene es más grande que la que teníamos anteriormente”, acusa. Por otra parte, el permiso también causa indignación entre los pobladores cuando, a cuatro años del derrame del Río, Proceso documentó que ninguna de las tres principales promesas de reparación del daño del fideicomiso Río Sonora se cumplió. Proceso (2179). Además, el mismo fideicomiso ya cerró. “Yo me enfermo del estómago, me dan ganas de vomitar, se me cae mucho el cabello y estoy adelgazando mucho. Siento como vértigo. La verdad es que no nos toman en cuenta, nosotros acudimos al presidente de Arizpe y no nos escuchan, nadie se arrima a nosotros: ni de parte de la mina, ni del presidente municipal”, cuenta Maria Elena. Fallo histórico El abogado del Comité de Cuencas Río Sonora explica que la determinación favorable del máximo órgano de justicia no sólo sentaría un precedente para la resolución de otros casos de megaproyectos emblemáticos del sexenio, sino que pondría en evidencia el vació legal que existe para la defensa de cualquier mexicano sobre su derecho a la consulta. Actualmente, el derecho a la consulta previa está vinculado a las personas y comunidades de pueblos indígenas, pero no es igual el derecho a participar en asuntos de interés público y en específico en materia medioambiental, en las personas que no se reconocen como parte de algún grupo étnico. La Constitución Política de México marca el derecho a participar en asuntos públicos, en su artículo 26, pero de forma “matizada”, pues éste se enmarca en un tema de la planeación democrática del desarrollo. En temas medioambientales, la ley aplicable es la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente cuyo procedimiento para permitir o no un proyecto “es deficiente e inefectivo”, a decir del mismo abogado, pues únicamente exige la autorización de un informe preventivo o de una manifestación de impacto ambiental. Luis Miguel Cano apunta: “Las leyes ordinarias no están dando la respuesta adecuada, por eso tenemos confianza en que la SCJN vea como tribunal constitucional el derecho humano que está reconocido en la ley de leyes, y si las leyes resultan insuficientes, entonces las leyes quedan a un lado y habrá que respetar el derecho y eso es lo que estamos esperando”. El abogado lamenta que, pese a la importancia del caso, no exista una fecha definitiva para el fallo, sin embargo, se muestra confiado en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación les dé la razón. Por su parte, Maribel Bustamante concluye: “Lo único que pedimos es que nos tomen en cuenta. Tenemos esa fe de que así va a ser porque no es justo que jueguen con nuestras vidas, no somos animales”.

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