José María Riobóo
El ingeniero Riobóo contra la Ángela de la Muerte
Se trata de María Isabel Cal y Mayor, la nuera del ingeniero, quien igual que Cullen se hizo pasar por cuidadora con el propósito deliberado de arrebatarle la vida a su marido.CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).-Supuestamente arrebatado por el dolor y la pena, el ingeniero José María Riobóo decidió enfrentar a la perversa Ángela de la Muerte que asesinó a su hijo Rodrigo. Una mujer que, sabiéndolo o no, se inspiró en el asesino serial Charles Cullen.
Se trata de María Isabel Cal y Mayor, la nuera del ingeniero, quien igual que Cullen se hizo pasar por cuidadora con el propósito deliberado de arrebatarle la vida a su marido.
Riobóo es un hombre muy poderoso en México, pero no así en España. Solamente por esta razón su feroz cruzada topó con pared.
De acuerdo con la denuncia que presentó ante la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX), la malvada de su nuera alimentó y dio de beber a la víctima productos “insalubres” con el propósito de conducirlo hacia la muerte. Ella daba instrucciones para que le proporcionaran alimentos altos en grasas, también lo alentó para que fumara y consumiera bebidas alcohólicas.
Diez años tardó este ángel mortífero en lograr su cometido. Ella conoció a la víctima en 2009 y aprovechó la vulnerabilidad de aquel pobre muchacho para colarse en su vida. María Isabel y Rodrigo se casaron dos años después y procrearon dos hijas.
Afirma el ingeniero en su denuncia que todo lo anterior formó parte de un proyecto maquinado para asesinar a una persona a la que nunca quiso.
Al final “las acciones de Cal y Mayor surtieron efecto,” dice la denuncia. Ella lo habría llevado por la fuerza a la ciudad de Cádiz, durante la primavera de 2019, para matarlo durante las fiestas del carnaval que todos los años se celebran en esa ciudad española.
De acuerdo con el acta de defunción, Rodrigo Riobóo Talayero falleció a la edad de 39 años en el hospital clínico de Puerto Real, por insuficiencia respiratoria provocada por una infección pulmonar grave.
El ingeniero Riobóo no estuvo presente al momento de la muerte de su hijo, ni asistió al funeral organizado por su pérfida viuda. Todo indicaría que tampoco acudió al hospital donde sucedió el deceso, ni conversó con los médicos que firmaron el acta de defunción.
Como quien mira a la distancia su televisor, él se convenció de su propia hipótesis criminal y con ella bajo el brazo visitó la oficina central de la fiscalía capitalina para presentar una denuncia por homicidio calificado contra la madre de sus nietas.
La locura que llega a experimentarse cuando se pierde a un ser querido puede no tener límite. Sin embargo, no debería ser frecuente que esa locura contagie a las autoridades responsables de investigar, conseguir pruebas, acusar y, eventualmente, ordenar la privación de la libertad de una persona.
Solamente la corrupción o el tráfico de influencias hacen posible que lo personal se vuelva judicial, sin pasar por el tamiz de la ley, la evidencia o por lo menos del sentido común.
El miércoles 19 de febrero de 2020 un juez de control obsequió al ingeniero Riobóo la orden de aprehensión contra María Isabel Cay y Mayor por el delito de homicidio agravado debido al parentesco, un crimen que según la legislación mexicana permitiría encerrar a la imputada hasta 50 años.
El ingeniero Riobóo también logró que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) congelara las cuentas bancarias que ella tiene en México.
La implacable eficiencia, tanto de la fiscal local como de la UIF, se vio superada por las actuaciones emprendidas por el fiscal general de la República, el implacable Alejandro Gertz Manero.
Primero, para que la arpía no contara con una defensa legal justa, la FGR procedió contra el abogado que representa a la señora Cal y Mayor en México. Posteriormente, el área internacional de esa dependencia integró las muy contundentes pruebas presentadas por el ingeniero Riobóo para solicitar la extradición de esta mujer, quien, por protección de identidad, aparece en el expediente español bajo el pseudónimo de “Ángela”.
De acuerdo con el tratado que sostienen México y España respecto de estos asuntos, la Secretaría de Relaciones Exteriores es el único vehículo del Estado para solicitar que un presunto delincuente sea juzgado por tribunales mexicanos.
De acuerdo con ese mismo tratado, antes de proceder la cancillería estaría obligada a verificar la legalidad de las constancias, destacadamente las pruebas, entre otros requisitos.
Para decepción del ingeniero Riobóo, la fiscalía capitalina, la FGR, la UIF, la Secretaría de Relaciones Exteriores y el juez que ordenó la aprehensión, la justicia española se puso del lado de la señora Cal y Mayor.
El reino soberano de España negó la extradición solicitada por buena parte del Estado mexicano. Esta negativa se debió a que no se encontró ningún indicio, prueba o testimonio que hiciese suponer que la muerte de Rodrigo Riobóo haya sido provocada por un asesinato.
En palabras de la Audiencia Nacional española: “El relato expuesto por la acusación (del ingeniero Riobóo), no revela de manera objetiva que las acciones de Ángela (la señora Cal y Mayor) hayan empujado a su esposo a la muerte.”
Al argumento anterior se suma el hecho de que, de haber ocurrido hipotéticamente un homicidio en Cádiz, los tribunales que deberían haber juzgado este hecho son los españoles y no los mexicanos.
Tiene lógica este razonamiento relacionado con la jurisdicción. Si la supuesta víctima hubiese perdido la vida, por ejemplo, en Cuernavaca, tocaría a las autoridades de Morelos investigar y juzgar. Pues la misma lógica se sigue para este caso. Aunque fuese mexicano, Rodrigo Riobóo no murió en un hospital de Iztapalapa y por tanto la denuncia de su padre jamás debió presentarse, mucho menos proceder, a partir de la fiscalía de la Ciudad de México.
Así está previsto en el artículo 14 del tratado de extradición entre México y España. De haberlo leído, ni la FGR ni Relaciones Exteriores habrían incurrido en el ridículo.
La Audiencia Nacional también razonó que no siendo Rodrigo Riobóo un menor ni una persona en situación de discapacidad, su señora esposa no estaba obligada a velar por lo que él comía, bebía, fumaba o si se enfiestaba.
Lo verdaderamente escandaloso de este caso es el evidente tráfico de influencias y la corrupción política que distrajo a instituciones clave del Estado mexicano, y consumió recursos que deberían haber sido destinados para asuntos más relevantes.
Pero en mi país no importa el conocimiento de la ley sino tener conocidos influyentes para manipularla.