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Iniciativa Monreal sobre redes, claroscuros

En esta iniciativa no basta con un panel de una semana para oír opiniones y aportes como se sugiere, se necesita tiempo para hacer las cosas con la profundidad que una medida de tal naturaleza reclama.
miércoles, 10 de febrero de 2021 · 13:40

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La iniciativa de Ley del senador Ricardo Monreal sobre regulación de las redes sociales tiene, como toda obra humana, aspectos positivos y otros que lo son menos. En efecto, los objetivos de la iniciativa de referencia son plausibles: a) Proteger los bienes jurídicos tutelados frente a la libertad de expresión como el derecho al honor, a la vida privada y a la propia imagen; b) La búsqueda por minimizar las posverdades y las fakes news para robustecer al derecho a la información para la toma decisiones informada de la comunidad, c) El combate al discurso del odio y de aquellas informaciones que pueden poner en jaque la seguridad de la nación y d) Transparencia sobre cómo y por qué se cancelan cuentas y contenidos. Así, pues, en el qué, en el objetivo, creo que hay un razonable consenso en términos generales, donde una mirada más puntual puede generar problemas de interpretación. Por otro lado, el gran reto –que no el único– es el relativo a los cómos; es decir, encontrar el saludable equilibrio entre lo deseable y lo posible, la adecuada ponderación entre la libertad de expresión y la protección de los otros bienes jurídicos que están en juego. Veamos.

Primero. Las conductas socialmente inapropiadas no tienen lugar sólo en Internet o en las redes, sino también en los medios tradicionales como se pone de relieve en el país con la gran polarización. ¿Cómo explicar racionalmente un rasero a los medios tradicionales para que emitan posverdades, fakes news, afectaciones a los derechos de la personalidad, los cuales, se dice, son los efectos secundarios de la necesaria libertad de expresión y, por otro, se pone en práctica un sistema más riguroso con esos mismos contenidos que tienen como vía de salida las redes sociales? Hasta este momento no se ha explicado por qué hay esos dos baremos, hay medios tradicionales que tienen un gran impacto entre la sociedad, razón por la cual no se podría argüir que la razón reside en su poco impacto.

Segundo. En el mundo jurídico especialmente como el nuestro de tradición germánico-romana existen cuatro ámbitos básicos de validez (o existencia) de una norma jurídica, el material que se refiere a los contenidos de las normas, el temporal, relativo al lapso de tiempo que esa disposición va a tener efecto, el ámbito personal, que aborda los destinatarios de la norma y el ámbito espacial, que vela por la demarcación geográfica donde va a tener vigor esa ley. Este último rubro, de entrada, es el primero que debe sortearse: ¿Las normas que expida el Congreso mexicano pueden ejercerse en Irlanda o en Estados Unidos? De entrada, no. En el caso de internet hay una sentencia federal que reconoce a cualquier oficina de una empresa multinacional de internet como domicilio oficial. Esa resolución no ha causado jurisprudencia, aunque lo podría hacer. El reto no reside sólo en la parte formal, sino la necesaria eficacia para que esa disposición legal pueda ser aplicable en territorio extranjero. De poco sirve una ley que se acate, pero no se cumpla. La eficacia significa en derecho la existencia de una reacción jurídica efectiva a la conducta contraria a la establecida como debida por la ley.

Tercero. En la experiencia comparada los sistemas de regulación abordan, en el mejor de los casos, sólo una parte de los contenidos de las redes sociales ya sea el derecho al olvido o la protección de los derechos de la personalidad, pero no todos y al mismo tiempo. El asunto es complejo y requiere un enfoque multidisciplinario. En el Reino Unido, por ejemplo, se han creado comisiones especiales que reclaman un análisis a fondo para identificar la mejor solución jurídica (tinyurl.com/1vmwuz1o) y no se ha legislado el tema digital, pero sí se ha hecho con los medios tradicionales. En Australia, con una reciente ley en la materia, el inicio de la vigencia ha encontrado serias resistencias no sólo de las grandes redes sociales multinacionales como Google, sino de los propios australianos que advierten que la retirada de Google podría afectar su calidad de vida diaria, sin Google maps, waze, y Google como carretera de exhibición tanto para las empresas informativas como aquellas que no lo son.

Cuarto. En el caso de México, hay un elemento adicional el tema de las redes sociales no es un tema de la agenda pública del ciudadano promedio, sino de un pequeño segmento que ve riesgos, en algunos casos con toda razón y en otros sin ella, a propósito del proceso electoral de este año. Quizá como en Australia, los ciudadanos puedan ser aliados involuntarios de las multinacionales digitales al verse afectados en sus mecanismos de interacción cotidianos, pues ya se da por descontadas muchas amenidades que ofrecen las tics y su supresión de un momento a otro tendría efectos de pronóstico reservado.

Quinto. Sin duda, estoy convencido que las redes sociales y el Internet no pueden estar por encima de la ley, pero mi inquietud reside en qué tipo de regulación puede ser exitosa. En esta iniciativa no basta con un panel de una semana para oír opiniones y aportes como se sugiere, se necesita tiempo para hacer las cosas con la profundidad que una medida de tal naturaleza reclama. Esa ruta se ha seguido no sólo en el Reino Unido, sino también en la Unión Europea. En México por su debilidad como economía comparada con Europa, Estados Unidos o el Reino Unido requiere necesariamente del acompañamiento de las multinacionales de Internet para que fructifique una norma que sea válida y eficaz.

Sexto. Alemania inició con la autorregulación regulada (un sistema que obliga a las empresas a contar con su propio código de ética y tener un responsable de su aplicación, de no hacerlo el gobierno en forma supletoria introduce el código general de la industria y contrata a una persona para que vigile su cumplimiento con  cargo a la empresa) y ahora hace relativamente poco ha dado vida a la conocida como ley NetzDG, la cual que ha sido fuertemente criticada y ha ido sufriendo reformas que suavizan su primera versión.

Séptimo. Además de formar un comité en serio, en México se debe trabajar en la alfabetización digital donde existe una seria brecha entre ricos y pobres de conocimiento. La emergencia de una apropiación social de recepción crítica de medios (digitales o no) permitiría gradualmente una mejora en la calidad de contenidos que circulan en las redes sociales para inhibir las expresiones más nocivas para la sociedad en su conjunto.

Octavo. De último minuto ha aparecido otra iniciativa del diputado Javier Hidalgo, menos intrusiva y con elementos más rescatables, pero que también debe ser objeto de una reflexión de gran calado, pero desde la perspectiva ciudadana es más empática con lo posible que la iniciativa del senador Ricardo Monreal.

@evillanuevamx

ernestovillanueva@hushmail.com

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