CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La
controversia en torno a la decisión de una jueza federal de ordenar el pasado 1 de julio la liberación de un presunto líder de Guerreros Unidos por falta de elementos probatorios para procesarlo por delincuencia organizada y el
asesinato del juez federal Uriel Villegas y su esposa el pasado 16 de junio han puesto los reflectores en el Consejo de la Judicatura Federal. Estos dos episodios ilustran dos funciones fundamentales de los consejos de la judicatura: la
vigilancia,
investigación y eventual sanción de los funcionarios judiciales, así como la
preservación de su seguridad e independencia.
Es porque los consejos de la judicatura tienen la responsabilidad de estas —y otras— tareas tan importantes para el Estado de derecho y la democracia que,
como ya lo hemos comentado en este espacio, consideramos que se debe tomar muy en serio la designación de sus integrantes.
Y con toda seriedad parecía que se iba a tomar el proceso de selección de tres nuevos integrantes del Consejo de la Judicatura de Jalisco, que inició el pasado 26 de abril con la publicación de la correspondiente convocatoria
[1] abierta a la sociedad.
En efecto, esta convocatoria era muy prometedora. Preveía unas reglas novedosas que, si bien no derivaban directamente de las reformas a la Constitución y a la Ley Orgánica del Poder Judicial de Jalisco aprobadas en septiembre y octubre del año pasado
[2], parecían obedecer a la misma motivación expuesta por los legisladores en su momento: la necesidad de reconstruir la confianza ciudadana en el Poder Judicial.
Así, además de estar abierta a la sociedad —lo cual sí está previsto en la Constitución y Ley Orgánica y sucedió en las dos anteriores convocatorias para designar a consejeros en 2015 y 2016—, la convocatoria establecía varios y muy detallados pasos mediante los cuales se evaluaría el perfil y la idoneidad de los candidatos:
- Presentación por los aspirantes de un programa de trabajo[3] y una justificación de su idoneidad para el cargo.
- Realización de unas evaluaciones de control de confianza[4] a cargo del Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza.
- Elaboración de un informe técnico por parte del Comité de Participación Social (CPS) del Sistema Anticorrupción del estado, construido con base en la evaluación curricular y de aptitudes de cada aspirante.
- Aplicación de un examen teórico-práctico de conocimientos jurídicos elaborado por cinco universidades de renombre[5]. Para ser considerados elegibles, los aspirantes debían acreditarlo con un puntaje mayor a 80.
- Desarrollo de entrevistas por parte de la Comisión de Seguridad y Justicia del Congreso, durante las cuales el Comité de Participación Social podía realizar preguntas.
Con base en los requisitos y el resultado de las evaluaciones, la Comisión de Seguridad y Justicia debía someter al Pleno del Congreso un dictamen con la lista de candidatos elegibles para el cargo. En ese momento, cada grupo parlamentario podría proponer al pleno unos candidatos seleccionados dentro de esta lista, y, finalmente, el Pleno debía elegir a los consejeros por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes.
Además, la convocatoria preveía varios mecanismos para garantizar la transparencia del proceso, pues el Congreso debía publicar en su sitio web la lista de aspirantes, así como las versiones públicas de sus síntesis curriculares y los resultados de su examen teórico-práctico. También establecía que organismos privados y de la sociedad civil podían registrarse para ser observadores en la aplicación y calificación de los exámenes.
¿Mejor, imposible? En el papel, ningún proceso de designación de consejeros de la judicatura en México ha delineado un escrutinio tan profundo de los perfiles y capacidades de los candidatos y con tal nivel de transparencia.
Desgraciadamente, la
realpolitik jalisciense tiró el proceso a la basura.
Con nocturnidad y alevosía
El 19 de junio, los diputados eligieron a tres consejeros de la judicatura
sin tomar en cuenta los resultados del examen teórico-práctico diseñado por las universidades;
sin considerar el informe técnico presentado por el Comité de Participación Social —en el que quedó plasmado el análisis de los perfiles de los más de 60 aspirantes— y
sin respetar los dictámenes de elegibilidad originalmente presentados por la Comisión de Seguridad y Justicia del Congreso
[6].
Ese día,
en la opacidad que brinda la madrugada, fueron elegidos Claudia Rivera Maytorena como consejera jueza, pese a haber obtenido 76.04 puntos en el
examen y haber quedado en el 6° lugar del
Informe elaborado por el CPS; Tatiana Esther Anaya Zúñiga como consejera ciudadana, con una
calificación de 78.13, y quien obtuvo el 5° lugar en el Informe, y Gabhdiel Iván Novia Cruz como consejero ciudadano, quien obtuvo 76.04 puntos en el
examen y quedó en 28° lugar del documento del CPS.
El viejo asunto de las cuotas y los cuates
Desde que se hizo pública la designación de los consejeros, en varias columnas y artículos de prensa se ha denunciado que Anaya Zúñiga y Novia Cruz fueron impuestos por el partido Movimiento Ciudadano (MC) y Rivera Maytorena llegó como
cuota del Partido Acción Nacional (PAN)
[7]. Es importante recordar que ambos partidos son los más representados en el
Congreso de Jalisco, pues MC cuenta con el 42.1% de las diputaciones y el PAN con 23.7%.
No se trata sólo una suspicacia entre los pasillos de la prensa. El propio comunicado de prensa del Congreso de Jalisco que anuncia la elección de los tres consejeros precisa que ésta se realizó “a pesar de la inconformidad manifestada por el presidente de la Comisión de Seguridad y Justicia, el diputado Edgar Enrique Velázquez González, y de la legisladora Mara Robles Villaseñor, quienes señalaron que la insistencia del Pleno en avalar un dictamen de candidatos elegibles, a pesar de los resultados negativos de la mayoría en el examen de conocimientos, podría generar la percepción de parcialidad y reparto de cuotas. Ambos llamaron a reponer el proceso, para evitar caer en alguna irregularidad legal.”
Como queda patente, el llamado del par de legisladores no fue escuchado. Pero más allá de ‘lucir mal’ —al demostrar que no son capaces de respetar las reglas que ellos mismos crearon—,
los legisladores hicieron un flaco favor a los flamantes consejeros de la judicatura y al órgano que integran. Para ellos, será difícil deshacerse de la sombra de ilegitimidad que pesa sobre sus nombramientos.
Resulta difícil imaginar que funcionarios conformes con una designación realizada de manera tan turbia sean ahora los encargados de hacer cumplir la ley y, en particular, de combatir eficazmente la corrupción al interior del Poder Judicial. Es un contrasentido. ¿Cómo podrán tener credibilidad a la hora de seleccionar, evaluar, promover y sancionar a los propios funcionarios judiciales, toda vez que se sospecha que su designación no fue con base en criterios meritocráticos, sino discrecionales? ¿Cómo dejar de pensar que, en algún momento, estos consejeros deberán “devolver el favor” a quien o a quienes los pusieron donde están?
Esto es todavía más preocupante en un estado como Jalisco, cuyo historial de acusaciones en materia de corrupción
[8] y nepotismo
[9] al interior de su órgano judicial debería provocar el fortalecimiento de instituciones que contribuyan a generar mecanismos de prevención, identificación y sanción de ese tipo de actos. Y por ende, a reconstruir la confianza ciudadana.
Y la confianza ciudadana es lo que le urge construir al Poder Judicial del estado. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2019, el 74.5% de la ciudadanía en Jalisco piensa que los jueces son corruptos. Este porcentaje posiciona a la entidad en el tercer lugar a nivel nacional, sólo por debajo de Tlaxcala y la Ciudad de México en donde los porcentajes llegan al 76.9% y el 82.4%, respectivamente.
[caption id="attachment_638363" align="aligncenter" width="640"]
FUENTE: Elaboración propia con base en: Instituto Nacional de Estadística y Geografía [Inegi]. Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2019 [Tabulados].[/caption]
Reparar el daño. ¿Evitar que se repita?
Como vemos, era crucial el proceso de designación de los tres consejeros. Y no parece que la sociedad se resigne sin más. La
Contraloría Interna del Poder Legislativo de Jalisco ha iniciado un procedimiento de presunta responsabilidad administrativa en contra de quien resulte responsable por posibles irregularidades en el proceso. La investigación deriva de tres denuncias presentadas por parte de una de las aspirantes y por dos organizaciones civiles —Sigue a Tu Congreso y el Observatorio Permanente del Sistema Anticorrupción—. Según el propio titular de la Contraloría, una investigación puede durar alrededor de dos meses y, de encontrarse responsables, las sanciones en contra de los funcionarios irían desde la suspensión, hasta la inhabilitación y el cese del cargo.
Por otra parte, el Comité de Participación Social del Sistema Anticorrupción Estatal ha presentado un amparo y una carta dirigida a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El objetivo de estos recursos, más allá de revertir las designaciones, es evitar que se repitan.
Para ello también es necesario contar con leyes que establezcan criterios claros en las designaciones públicas. Al respecto, se puede mencionar la
propuesta de Ley de Designaciones Públicas que impulsa el Comité de Participación Social.
El dabate no inicia ni acaba en Jalisco. Veamos el panorama a nivel nacional. De los 31 poderes judiciales
[10] que cuentan con un Consejo de la Judicatura, en 27 intervienen en su conformación tanto el Ejecutivo como el Legislativo, además del Judicial. En dos
[11], participan solamente el Legislativo y el Judicial, mientras que en otros dos casos
[12] las designaciones le corresponden exclusivamente al Judicial.
Al ser el Consejo de la Judicatura un órgano colegiado, es lógico que se busque que se integre de manera plural. Así, la intervención de los poderes del Estado externos al Judicial en la designación de los integrantes de los consejos de la judicatura tiene como finalidad generar un contrapeso en los procesos de decisión al interior de los poderes judiciales.
Sin embargo, se debe cuidar que esta intervención en el proceso de designación de los consejeros no acabe minando su independencia. Para ello,
se deben concebir procesos novedosos, que permitan evitar la discrecionalidad con la que se realizan actualmente la mayoría de las designaciones, y que establezcan criterios objetivos respecto del perfil que se debe cubrir para ocupar el cargo. A nivel nacional, la mayoría de las legislaciones de los estados solamente establecen que los candidatos deben cumplir con los requisitos para ser magistrado o juez.
Como lo demuestra el caso de Jalisco, es factible establecer procesos de designación que impliquen contar con diversos elementos objetivos de evaluación de los perfiles y garanticen transparencia y la apertura al escrutinio. Pero eso no basta. Pese a que el Congreso tuvo la visión de establecer un proceso ejemplar, al último momento decidió desaprovechar la oportunidad. Valieron más los acuerdos políticos.
Esto es posible porque el detalle de los procesos de designaciones públicas no suele estar definido en leyes, sino en cada convocatoria a un cargo especifico. En consecuencia, cada convocatoria para llenar un cargo suele ser diferente y no necesariamente toma en cuenta los avances de las anteriores.
Es tiempo de consolidar los procesos de designaciones de los consejeros de la judicatura, para impedir que los legisladores o los ejecutivos tengan la tentación de imponer a sus allegados en lugar de escoger a los mejores candidatos. Nuestro Estado de derecho lo necesita y, como mexicanos, lo merecemos.
Laurence Pantin (@lpantin) es coordinadora del programa de Transparencia en la Justicia en México Evalúa y Adriana Aguilar (@adi_aguiarias) es investigadora del mismo. Las autoras agradecen la colaboración de Alejandra Quezada y las revisiones de Pablo García.
[1] Se trató en realidad de una triple convocatoria, una por cada puesto a llenar: el de una
consejera jueza, el de una
consejera ciudadana y el de un
consejero ciudadano. Sin embargo, poniendo aparte los requisitos a cumplir, las reglas para cada una eran iguales.
[2] En las reformas a la Constitución del 10 de septiembre de 2019 y a la Ley Orgánica del Poder Judicial de Jalisco del 1 de octubre de 2019, el proceso de designación de los consejeros no sufrió modificación y, como en la gran mayoría de los estados, sus detalles no quedaron definidos en estos textos.
[3] Esto también se solicitó en las convocatorias de 2015 y 2016.
[4] Comprenden las siguientes evaluaciones: patrimonial y entorno social; médica; psicométrica y psicológica; poligráfica y toxicológica.
[5] En la elaboración y evaluación del examen participaron la Universidad de Guadalajara, la Universidad Panamericana, la Universidad del Valle de Atemajac, el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO) y el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM).
[6] Después de que el pleno del Congreso rechazara los dictámenes de elegibilidad presentados por la Comisión de Seguridad y Justicia (para
consejera jueza,
consejera ciudadana y
consejero ciudadano),
ésta tuvo que presentar unos nuevos (para consejera jueza, consejera ciudadana y consejero ciudadano) , donde se descartaban los resultados del examen teórico-práctico, bajo el argumento de que algunas de sus preguntas fueron impugnadas por los aspirantes y que la reposición del examen en el contexto de la pandemia podría poner en riesgo su salud de manera injustificada. Esta decisión provocó una
fuerte desaprobación por parte de las universidades que participaron en la elaboración del examen.
[7] Por citar algunos ejemplos:
Toussaint, E. (21 de junio de 2020). Fraude.
Informador.mx. Recuperado de
https://www.informador.mx/jalisco/Fraude-20200621-0015.html
Herrera, L. (3 de julio de 2020). Diputados, al banquillo de la CIDH por judicatura.
Reporte Índigo. Recuperado de
https://www.reporteindigo.com/reporte/diputados-al-banquillo-de-la-cidh-por-judicatura-partidos-politicos-amparo/
Aquino, M. (20 de junio de 2020). Simulan, burlan y ponen cuates en Consejo de la Judicatura.
Mural. Recuperado de
https://www.mural.com/simulan-burlan-y-ponen-cuates-en-consejo-de-la-judicatura/gr/ar1970500?md5=bda587643378bde966b133ab7d727feb&ta=0dfdbac11765226904c16cb9ad1b2efe&lcmd5=05a629311b8fd223681775fef1541317
Torres Espinoza, G. (5 de julio de 2020). Judicatura, ¿a modo?
Milenio. Recuperado de
https://www.milenio.com/opinion/gabriel-torres-espinoza/con-pies-de-plomo/judicatura-a-modo
[8] Investigan a 50 jueces en Jalisco por corrupción. (10 de junio de 2019).
El Informador. Recuperado de
https://www.informador.mx/Investigan-a-50-jueces-en-Jalisco-por-corrupcion-l201906100001.html
Herrera, Luis (7 de julio de 2020). Magistrados eluden vigilancia anticorrupción en Jalisco.
Reporte Índigo. Recuperado de
https://www.reporteindigo.com/reporte/magistrados-eluden-vigilancia-anticorrupcion-en-jalisco-poder-judicial-incumplimiento/
[9] Compton, Jonathan (25 de febrero 2020). Cuestan 55 mdp parientes en Poder Judicial.
Mural. Recuperado de
https://www.mural.com/aplicacioneslibre/preacceso/articulo/default.aspx?__rval=1&urlredirect=https://www.mural.com/cuestan-55-mdp-parientes-en-poder-judicial/ar1882290?referer=--7d616165662f3a3a6262623b727a7a7279703b767a783a--
Sánchez, Laura; Durán V. et.al. (3 de septiembre de 2019). Los virreinatos del Poder Judicial.
Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad. Recuperado de
https://contralacorrupcion.mx/virreinatosdelpoder/
[10] Los únicos poderes judiciales en México que no cuentan con consejos de la judicatura como tal son Colima y Zacatecas. También existe una iniciativa legislativa en Baja California que propone desaparecer el Consejo de la Judicatura.
[11] Estos casos son Jalisco y Quintana Roo.
[12] Esos casos son Morelos y Sinaloa.
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