Delitos sexuales
Presentan iniciativa “Solo sí es sí”; para reformar el Código Penal en materia de delitos sexuales
“Esta iniciativa busca poner al centro lo que siempre debió estar al centro, el consentimiento de la mujer para tener relaciones sexuales”, señaló la diputada morenista Cecilia Vadillo.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La iniciativa conocida como “Solo sí es sí”, que presentó la diputada morenista, Cecilia Vadillo Obregón, en el Congreso de la Ciudad de México, busca que ya no sea necesario acreditar la violencia física en los casos de violación, así como incluir en la legislación el concepto de consentimiento.
Además, propone modificar distintos artículos del Código Penal local para castigar con penas de hasta seis años de cárcel a las personas que durante el acto sexual retiren el preservativo sin consentimiento, conocido como "stealthing”.
El pasado 26 de noviembre, la legisladora presidenta de la Comisión de Igualdad de Género se presentó en el Congreso capitalino y desde tribuna sentenció: “Esta iniciativa busca cambiar el capítulo de violación y poner al centro lo que siempre debió estar al centro, el consentimiento de la mujer para tener relaciones sexuales”.
Explicó que la intención de la iniciativa es modificar el artículo 174 para fortalecer la definición del consentimiento en los actos sexuales y establecer la aceptación voluntaria, libre y autónoma de participar. Por ello, precisó que el consentimiento existe únicamente en las siguientes situaciones:
- La persona manifiesta expresamente su voluntad de participar en el acto sexual.
- En ningún momento se expresa, mediante palabras, actos o conductas, que no se consiente.
- El consentimiento previamente otorgado no es retirado en ningún momento.
- El documento considera una violación como el acto de penetrar, con cualquier parte del cuerpo, objeto o animal, el ano o la vagina de una persona sin su consentimiento, así como introducir el pene en la boca sin autorización.
- Considerando lo anterior, pone sobre la mesa una lista de agravantes en el delito de violación:
- Cuando se cometa contra una persona inconsciente, dormida o intoxicada.
- Contra una persona en estado de embarazo o puerperio.
- Contra una persona con la que el sujeto activo tenga o haya tenido una relación de noviazgo, matrimonio o cualquier relación afectiva análoga, aun sin convivencia.
- Cuando este delito se cometa en un centro educativo, cultural, deportivo, religioso, de trabajo, de salud o cualquier otro centro de naturaleza social.
La iniciativa de Vadillo establece otras medidas para endurecer las penas relacionadas con delitos sexuales, como castigar con hasta seis años de cárcel a quien videograbe, audiograbe, fotografíe, edite, produzca, elabore imágenes, publique, distribuya, transmita, intercambie o comparta imágenes audios o videos, ya sean reales o simulados, con contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.
También busca penas de hasta tres años de prisión a quien hostigue sexualmente a una mujer, con agravantes en casos donde el acosador tenga una posición de superioridad jerárquica o se realice por servidores públicos.