Morelos
Diputados aprueban el desafuero del fiscal de Morelos, Uriel Carmona
La mayoría parlamentaria de Morena, PVEM y PT avaló el dictamen de la Sección Instructora, mientras las bancadas del PAN, PRI y PRD se abstuvieron y sólo MC votó en contra.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El fiscal de Morelos, Uriel Carmona, fue desaforado por la Cámara de Diputados con 230 votos a favor, 22 en contra y 170 abstenciones.
El funcionario es acusado del ejercicio ilícito del servicio público y contra el funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Como Jurado de Procedencia, la Cámara avaló el dictamen de la Sección Instructora que declara la procedencia de desafuero de Uriel Carmona Gándara. Esto, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) había determinado que el fiscal morelense gozaba de fuero federal y debía seguirse con el proceso que tenía pendiente de la pasada Legislatura.
La resolución se remitirá al Congreso de Morelos –para que ponga a disposición del Ministerio Público al fiscal general del estado para ejercer la acción penal correspondiente en el momento en que lo determine– y a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
En sesión que duró apenas una hora y veinte minutos, la mayoría parlamentaria de Morena, PVEM y PT avaló el dictamen de la Sección Instructora a favor del desafuero, mientras las bancadas del PAN, PRI y PRD se abstuvieron, y sólo la fracción de Movimiento Ciudadano votó en contra.
En ausencia de Uriel Carmona, su abogado defensor Gabriel Regino calificó el procedimiento de “revancha política disfrazada de proceso parlamentario de declaración de procedencia”, al tiempo de advertir que cuando se conozca la verdad detrás de este embate y artera persecución contra un fiscal autónomo, la historia juzgará a todos.
El martes pasado, el fiscal de Morelos manifestó que lo que determine el pleno de la Cámara de Diputados “no es suficiente para quitarme el fuero, tiene que decidir el Congreso local, como sucedió con el caso de Francisco García Cabeza de Vaca y el Congreso de Tamaulipas”.
Uriel Carmona enfrenta una serie de acusaciones, principalmente por su presunta implicación en el feminicidio de Ariadna Fernanda López. Además, desde agosto, la Fiscalía de la Ciudad de México le endosó tres delitos: contra la procuración y administración de justicia, encubrimiento por favorecimiento y feminicidio en calidad de auxiliador.
La declaratoria
En sesión presencial, la presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Marcela Guerra Castillo, dijo que con fundamento en el artículo 111 de la Constitución Política y 28 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la Cámara de Diputados declara:
- Primero.- Ha lugar a proceder penalmente en contra del C. Uriel Carmona Gándara, fiscal general del estado de Morelos, como consecuencia del procedimiento de declaración de procedencia, solicitado en su contra por el agente del Ministerio Público de la Federación por su probable responsabilidad en la comisión de los delitos ejercicio ilícito de servicio público previsto en el artículo 214 fracción I del Código Penal Federal y contra el funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública, previsto en el artículo 139 fracción IV de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
- Segundo.- Queda expedita la facultad del Ministerio Público Federal para ejercer la acción penal correspondiente en el momento en que lo determine respecto al C. Uriel Carmona Gándara, fiscal general del estado de Morelos, por los delitos Ejercicio Ilícito de Servicio Público, previsto en el artículo 214 fracción I del Código Penal Federal y contra el funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública, previsto en el artículo 139, fracción IV de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
- Tercero.- Conforme a lo dispuesto por el quinto párrafo del artículo 111 de la Constitución Política, en relación con el artículo 28 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y de acuerdo a lo establecido en el párrafo final del artículo 136, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, la presente declaración de procedencia se remite al Congreso del Estado de Morelos para que, en ejercicio de sus atribuciones, proceda como corresponda, esto es, para el sólo efecto de que se ponga a disposición del Ministerio Público Federal al imputado, sin perjuicio de la facultad ya concedida en este dictamen a dicho órgano investigador, contenida en el resolutivo anterior.
- Cuarto.- La presente determinación de declaración de procedencia deja a salvo las facultades que tienen las autoridades de procuración e impartición de justicia para que determinen lo procedente.
- Quinto.- Notifíquese en términos de la normatividad aplicable el sentido de la presente resolución a las partes.
- Sexto.- Notifíquese la presente resolución a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para los efectos precisados en la sentencia emitida por la Primera Sala, de fecha doce de julio de dos mil veintitrés, relativa a la controversia constitucional 151/2021.