Cámara de Diputados

La Cámara de Diputados recibió la minuta de la Ley de Revocación de Mandato aprobada en el Senado

En la Cámara Alta la oposición logró cambiar que dicha consulta sea en los términos de revocación y no de ratificación de mandato, como pretendían Morena y sus aliados en el dictamen original.
lunes, 6 de septiembre de 2021 · 23:42

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El presidente de la Mesa Directiva en la Cámara de Diputados, Sergio Carlos Gutiérrez Luna, confirmó que recibieron la minuta de la Ley Federal de Revocación de Mandato aprobada el pasado vienes 3 en el Senado de la República.

“Hemos recibido del Senado la minuta sobre la Ley Federal de Revocación de Mandato”, escribió en su cuenta de Twitter.

El proyecto de dictamen sostiene que dicha minuta “tiene por objeto regular y garantizar el ejercicio del derecho político de las ciudadanas y ciudadanos a solicitar, participar, ser consultados y votar respecto a la revocación de mandato de la persona que resultó electa popularmente como titular de la Presidencia de la República, mediante sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible”.

En la Cámara Alta la oposición logró cambiar que dicha consulta sea en los términos de revocación y no de ratificación de mandato, como pretendían Morena y sus aliados en el dictamen original.

La pregunta quedó en los siguientes términos: “¿Estás de acuerdo en que a (nombre) Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”

En las boletas, además de esa pregunta, se incluirán estas dos opciones: “Que se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o Que siga en la Presidencia de la República”.

La nueva ley señala que se requiere de al menos 3% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos 17 entidades federativas y que representen, como mínimo, el 3% de la lista nominal de electores de cada una de ellas.

Precisa que queda prohibido el uso de recursos públicos para la recolección de firmas, así como con fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de revocación de mandato.

El Instituto Nacional Electoral (INE) deberá tener a disposición de las ciudadanas y ciudadanos, a más tardar el 1 de octubre de 2021, el formato impreso y los medios electrónicos de solicitud de la convocatoria al proceso de revocación de mandato para el periodo constitucional 2018-2024.

El INE se encargará de la difusión de la consulta al día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, que concluirá tres días previos a la fecha de la jornada.

Durante la campaña de difusión, el Instituto promoverá la participación de las y los ciudadanos en la revocación de mandato a través de los tiempos en radio y televisión que corresponden a la autoridad electoral.

Comentarios