Morelos

IMPEPAC bloquea sanciones a municipios morelenses que incumplieron con paridad de género

El Observatorio de la Paridad y Violencia Política de Morelos exigió al IMPEPAC hacer cumplir el Acuerdo 22/2025, que obliga a los ayuntamientos a garantizar paridad en ayudantías y delegaciones, y denuncia la incongruencia de la autoridad al buscar no sancionar a los municipios incumplidos.
martes, 2 de diciembre de 2025 · 14:31

MORELOS (apro) .- La consejera Maite Casales González y el consejero Adrián Montesoro Pérez, del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (IMPEPAC), bloquearon el dictamen que imponía penalizaciones a los municipios que incumplieron con la paridad en las ayudantías y propusieron eliminar las sanciones, a pesar de que estas constituyen el mecanismo obligatorio para garantizar que al menos la mitad de las autoridades auxiliares en 2025 sean mujeres. 

Frente a esta intención, integrantes del Observatorio de la Paridad y Violencia Política de Morelos exigieron formalmente, vía oficio, al IMPEPAC cumplir estrictamente el acuerdo y mantener las sanciones. 

Oficio del Observatorio de la Paridad dirigido a IMPEPAC. Foto: Especial.

En la sesión extraordinaria del 1 de diciembre de la Comisión Ejecutiva Permanente de Fortalecimiento a la Igualdad de Género y No Discriminación del IMPEPAC, las y los integrantes discutieron el proyecto de acuerdo para iniciar un procedimiento ordinario sancionador contra el Ayuntamiento de Coatetelco por incumplir el Acuerdo IMPEPAC/CEE/22/2025, que establece la reserva obligatoria de espacios para garantizar la paridad en ayudantías y delegaciones. 

Durante el debate, el consejero Adrián Montesoro Pérez sostuvo que Coatetelco debía recibir un “tratamiento particular” por su condición de municipio indígena, ya que la comunidad se rige por sistemas normativos propios. Detalló: 

“El ayuntamiento hizo cuanto tuvo a su alcance. La convocatoria solo incluyó una sugerencia de alternancia, pero se buscó un equilibrio entre el mandato de paridad y los usos y costumbres. La tabla incluida en la convocatoria puede interpretarse como una forma válida de reserva, aun sin decirlo expresamente. Cuatro hombres y una mujer electos reflejan la voluntad comunitaria; solicitar al ayuntamiento desconocer esa elección sería exceder nuestras atribuciones. Con lo que tuvo a su alcance, el ayuntamiento ya había cumplido.” 

Con esto, Montesoro Pérez se posicionó como defensor de un enfoque contextual que toma en cuenta la realidad indígena del municipio y la interacción entre la paridad constitucional y los sistemas normativos locales. 

Por su parte, la consejera Maite Casales González reforzó esta visión, señalando que, si bien el principio de paridad es obligatorio, el procedimiento sancionador no debía aplicarse de manera uniforme en contextos con particularidades culturales. Explicó: 

“Reconozco la obligatoriedad del principio de paridad, pero en casos como el de Coatetelco debe privilegiarse una ruta diferente. No se trata de ignorar la paridad, sino de considerar el contexto indígena con sus prácticas propias. Lo adecuado es remitir la situación al Congreso del Estado conforme al artículo 396 del Código Electoral local, para que se valoren las acciones a seguir de manera contextualizada.” 

Además, enfatizó: 

“Al aprobar el Acuerdo IMPEPAC/CEE/22/2025 advertí que algunos municipios podrían enfrentar dificultades para cumplir debido a sus características específicas. No se trata de evadir responsabilidades, sino de canalizar los casos a la instancia correspondiente y valorar cada situación individualmente. Por eso respaldo la postura del consejero Montesoro de no iniciar el procedimiento sancionador.” 

Tras la votación, la comisión rechazó la propuesta de iniciar el procedimiento ordinario. No obstante, el Acuerdo IMPEPAC/CEE/22/2025 permanece vigente y obliga a todas las autoridades municipales y electorales a reservar al menos el 50% de los cargos de ayudantías y delegaciones para mujeres, como medida afirmativa para garantizar la paridad. 

Hasta el cierre de la sesión, no se anunció una fecha para revisar nuevamente el caso ni se informó si el Consejo Estatal Electoral evaluará el acuerdo en pleno. 

 

Exigen al IMPEPAC cumplir acuerdo que obliga a ayuntamientos a garantizar paridad 

Integrantes del Observatorio de la Paridad y Violencia Política de Morelos solicitaron formalmente al Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (IMPEPAC) el cumplimiento estricto del Acuerdo IMPEPAC/CEE/22/2025, mediante el cual los Ayuntamientos están obligados a reservar al menos el 50% de los cargos electivos de ayudantías y delegaciones para mujeres. 

La petición, presentada ante el Consejo Estatal Electoral y la Comisión Ejecutiva Permanente de Fortalecimiento a la Igualdad de Género y No Discriminación, surgió luego de que en sesión del 1 de diciembre algunos integrantes de la Comisión expresaran posturas que, a juicio del Observatorio, relativizan el carácter vinculante del acuerdo y justifican el incumplimiento del Ayuntamiento indígena de Coatetelco. 

Las integrantes del Observatorio recordaron que el Acuerdo 22/2025 está firme, plenamente ejecutable y es obligatorio para todas las autoridades municipales y electorales. Subrayaron que el mandato fue claro: los ayuntamientos debían reservar espacios para garantizar la paridad, y no solo sugerirla o promoverla de manera indicativa. 

Señalaron que la negativa a iniciar el Procedimiento Ordinario Sancionador contra Coatetelco —a pesar de su incumplimiento— contradice el propio contenido del acuerdo, que establece la activación automática de dicho procedimiento cuando alguna autoridad municipal no cumple. 

El Observatorio también refutó las posturas que plantean que, por tratarse de un municipio indígena, Coatetelco debe recibir un “tratamiento particular” que atenúe la obligación de garantizar la paridad.  

Recordaron que el artículo 2 de la Constitución establece que la autonomía indígena opera únicamente dentro del marco de los derechos humanos y la igualdad, por lo que no puede utilizarse para restringir los derechos político-electorales de las mujeres. 

Asimismo, advirtieron que justificar el incumplimiento bajo el argumento de usos y costumbres genera un riesgo de discriminación estructural hacia las mujeres indígenas, quienes históricamente han enfrentado mayores barreras para acceder a cargos comunitarios. 

El escrito enfatiza que no activar el procedimiento sancionador podría constituir también un acto de violencia política en razón de género, de acuerdo con el artículo 19 quater de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Morelos.  

La legislación considera violencia política toda acción u omisión que limite los derechos político-electorales de las mujeres, incluyendo la tolerancia de prácticas que las excluyan. La ley prohíbe expresamente restringir derechos con base en tradiciones o sistemas normativos internos cuando estos resulten violatorios de los derechos humanos. 

 

Exigen acciones inmediatas: activar procedimientos y reafirmar la paridad sin excepciones 

En la solicitud presentada, el Observatorio planteó dos exigencias centrales: 

  1. Que el IMPEPAC active el Procedimiento Ordinario Sancionador contra el Ayuntamiento de Coatetelco y cualquier otro municipio que haya incumplido el Acuerdo 22/2025. 
  2. Que se reafirme sin reservas que la paridad es obligatoria en los 36 municipios del estado, incluidos aquellos con población indígena, sin que los usos y costumbres puedan invocarse para justificar actos que afecten los derechos de las mujeres. 

El colectivo insistió en que el cumplimiento “no admite matices ni excepciones”, ya que permitir la inobservancia del acuerdo enviaría un mensaje de impunidad y debilitaría el avance logrado en materia de participación política de las mujeres en Morelos. 

Finalmente, el Observatorio sostuvo que la autoridad electoral tiene la obligación de garantizar condiciones de igualdad sustantiva para todas las mujeres, incluidas las indígenas, y reiteró que retroceder o flexibilizar la aplicación del acuerdo significaría poner en riesgo los avances alcanzados en materia de derechos político-electorales en la entidad. 

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