Coronavirus
Gobierno de Michoacán suspende las fiestas patrias por el covid-19
El gobernador Silvano Aureoles Conejo emitió el decreto en el cual se establecen medidas sanitarias extraordinarias en el contexto de las celebraciones del 15, 16 y 30 de septiembre en Michoacán.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- A través de un decreto, el gobierno de Michoacán ordenó la suspensión de los festejos patrios como el grito y desfiles por el aumento de contagios de covid-19.
El gobernador Silvano Aureoles Conejo emitió el decreto en el cual se establecen medidas sanitarias extraordinarias en el marco de la Fiestas Patrias del 15, 16 y 30 de septiembre de 2021 en Michoacán.
El decreto publicado en el Periódico oficial dicta las medidas sanitarias destinadas a mantener las actividades sociales y gubernamentales en Michoacán de forma segura durante las fiestas patrias y evitar un rebrote del coronavirus.
Se reconoce la importancia de los festejos patrios, sin embargo, en consideración al desarrollo de la tercera ola de contagios, el incremento de casos confirmados por covid, al indicador del semáforo federal con color naranja, a la identificación de diversas variantes del virus y al incremento de hospitalizaciones, se precisa establecer medidas sanitarias extraordinarias.
El decreto declara la suspensión de las Fiestas Patrias conmemorativas de los días 15, 16 y 30 de septiembre de 2021, llevadas a cabo por el Gobierno del Estado de Michoacán. Precisa que, sin perjuicio de lo anterior, se llevarán a cabo los actos solemnes de Izamiento de la Bandera Nacional, con las medidas de sana distancia y uso de cubrebocas.
Se exhorta a los Ayuntamientos y al Concejo Municipal respectivo a que lleven a cabo la suspensión de las Fiestas Patrias conmemorativas a los días 15, 16 y 30 de septiembre del año en curso, así como toda clase de verbenas populares, desfiles conmemorativos y movilizaciones masivas de personas, que sean alusivas a dichas fiestas.
Se propone en cambio el uso de las tecnologías para la transmisión en medios digitales.
El decreto indica que la vigilancia del cumplimiento del presente Decreto estará a cargo de la Secretaría de Salud del Estado, la Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, la Secretaría de Gobierno, la Coordinación Estatal de Protección Civil y las autoridades en materia de Seguridad Pública, mismas que actuarán en coordinación con las instancias federales y municipales competentes en el ámbito de sus respectivas competencias y de conformidad con la normatividad aplicable en la materia.