Colima

Congreso de Colima prohíbe castigos corporales y humillantes a menores

Con la reforma al Código Civil para el estado, los integrantes de la familia en particular, niñas, niños y adolescentes, tienen derecho a que los demás miembros les respeten su integridad física, psíquica y emocional.
lunes, 11 de enero de 2021 · 20:31

COLIMA, Col. (apro).- Con el propósito de proteger a la población menor de edad de castigos corporales y humillantes, el Congreso local aprobó este lunes reformas al Código Civil y a la  Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del estado.

El dictamen fue presentado por la diputada morenista Araceli García Muro, presidenta de la Comisión de Niñez, Juventud, Adultos Mayores y Discapacidad, con la participación de Remedios Olivera Orozco, titular de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales. 

Mediante la reforma a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, se estableció como acto de violencia o maltrato el descuido, negligencia, abandono y abuso físico, especialmente en la modalidad de castigo corporal y humillante, así como el abuso psicológico o sexual.

El castigo corporal o físico fue definido como todo aquel acto cometido en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligarlos a ponerse en posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos, o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve.

Como castigo humillante se caracterizó a cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, así como cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes.

De acuerdo con la reforma, lo anterior aplica para quienes ejercen la patria potestad, tutoría o custodia de las niñas, niños y adolescentes, o en su caso los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social y de cualquier otra índole que brinde asistencia, no podrán al ejercerla para atentar contra su integridad física o mental, ni actuar en menoscabo de su desarrollo, ni mucho menos el castigo corporal y humillante.

Con la reforma al Código Civil para el estado, los integrantes de la familia en particular, niñas, niños y adolescentes, tienen derecho a que los demás miembros les respeten su integridad física, psíquica y emocional, con objeto de contribuir a su sano desarrollo para una plena incorporación y participación en el núcleo social.

Conforme a la modificación legislativa, los integrantes de la familia están obligados a evitar conductas que generen violencia intrafamiliar, además de que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza de su madre, su padre o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guardia y custodia, así como los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social, cuidado o de cualquier otra índole.

"Queda prohibido que la madre, padre o cualquier persona que ejerza la patria potestad, tutela o guardia, custodia y crianza de niñas, niños y adolescentes, utilicen el castigo corporal o humillante como forma de corrección o disciplina".

Con estas reformas se homologa la legislación de Colima con la nueva Ley Federal que entrará en vigor en los próximos días.

 

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