Admiten demanda de amparo a trabajadoras sexuales de Mérida contra acoso de la policía municipal
MÉRIDA, Yuc. (apro).- El Juzgado Tercero de Distrito con sede en Yucatán amparó provisionalmente a trabajadoras sexuales que laboran en el centro de esta capital contra el acoso y hostigamiento por parte de la policía municipal.
Al admitir la demanda de amparo promovida por 16 trabajadoras sexuales, la titular del Juzgado les concedió una suspensión provisional para el efecto de que no se les detenga ni aplique el artículo 15 fracción VI del Reglamento de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Mérida, que sanciona el ejercicio de esa actividad en las calles.
Al dar a conocer la resolución judicial, activistas de las asociaciones civiles Indignación y Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal (Unasse) que han acompañado en el proceso legal a las quejosas, recordaron los constantes operativos que la Policía Municipal ha emprendido para perseguir a las trabajadoras sexuales.
Insistieron en que dichos operativos están plagados de recurrentes violaciones a los derechos humanos, tales como detenciones arbitrarias, persecución, extorsión, amenazas, hostigamiento, robo e incluso actos que podrían ser considerados como tortura.
Añadieron que este conflicto es resultado de la política de persecución hacia el trabajo sexual impulsada por el alcalde Renán Barrera Concha y expresada en el Reglamento de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Mérida que en septiembre pasado criminalizó y estigmatizó esa labor.
Detallaron que, dadas las circunstancias, el pasado 19 de agosto, un grupo de 16 trabajadoras sexuales presentaron una demanda de amparo reclamando los operativos de la policía municipal, las detenciones ilegales y los diversos actos de hostigamiento y abuso que han sufrido.
También, reclaman la inconstitucionalidad del reglamento municipal que da sustento a los cuestionados operativos policiales.
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Es así que, al aceptar la demanda de amparo, el Juzgado Tercero de Distrito acordó concederles a las demandas la suspensión provisional “respecto de la ejecución del acto reclamado consistente en la detención por parte de las autoridades municipales en aplicación del aludido artículo 15, fracción VI, del Reglamento de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Mérida”.
La titular del Juzgado argumentó en sentencia que “…las peticionarias de amparo acuden a efecto de defender su derecho a un trabajo lícito, el cual desarrollan de forma personal y voluntaria a cambio de una remuneración económica”.
Añadió que en la actividad que desempeñan no se actualizan los supuestos de algún tipo penal, pues en ninguna legislación se prohíbe la prostitución.
La juzgadora determinó que el citado Reglamento municipal no podía ser utilizado para restringir el derecho a la libertad de trabajo protegido por el artículo 5º constitucional, basado en un estereotipo por la naturaleza sexual del trabajo que se desempeña, pues ello “constituye una discriminación evidente basada en una condición social, cuestión prohibida por el artículo 1º Constitucional”.
Y resolvió que las trabajadoras sexuales no podrán ser detenidas o sancionadas por el solo hecho de dedicarse a la prestación personal de servicios sexuales a cambio de una remuneración.
La suspensión es de cumplimiento obligatorio para la Policía Municipal y su violación acarrearía sanciones administrativas e incluso penales para los policías.
Los activistas destacaron que si bien, esta suspensión no es definitiva, “se suma a otras acciones que han documentado la sistemática violación a derechos humanos que viven las trabajadoras sexuales por parte de la Policía Municipal, como las medidas cautelares emitidas por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán”.
Así mismo, exigieron al gobierno municipal cesar el acoso, detención, extorsión y hostigamiento por parte de la policía hacia quienes ejercen el trabajo sexual en las calles e investigar y sancionar a los policías que han violado los derechos humanos de las afectadas.
También le demandaron establecer medidas y mecanismos adecuados, junto con quienes ejercen esta labor, para garantizar que ese trabajo se realice en condiciones de seguridad para las trabajadoras sexuales.
“Reiteramos que es obligación de toda autoridad de promover, proteger, garantizar y respetar los derechos humanos y de prohibir todo tipo de conducta discriminatoria establecida en la Constitución, así como en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte”, recalcaron.