Desaparecidos
ONU-DH se suma a exigencia de parlamento abierto por reforma a Ley en Materia de Desaparición
La ONU-DH validó la solicitud al Senado de la República, “para abrir un espacio de escucha plural, representativo e informado en el que se expresen todas las voces”, respecto a la iniciativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum.CIUDAD DE MÉXICO (apro) .- Ante la próxima discusión de la iniciativa de reforma a la Ley General en Materia de Desaparición, presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum al Senado de la República, la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH), se sumó a la exigencia de colectivos de familiares de personas desaparecidas de convocar a un Parlamento Abierto para discutir la propuesta presidencial.
En su cuenta de X, la ONU-DH validó la solicitud al Senado de la República, “para abrir un espacio de escucha plural, representativo e informado en el que se expresen todas las voces”.
La oficina de la ONU-DH consideró importante que en las discusiones de la iniciativa se incorporen “en particular las voces de las familias que buscan a sus seres queridos”.
Para la representación de la ONU-DH, la instalación de un parlamento abierto será “clave para seguir nutriendo la reciente propuesta y otras normas” para que, en materia de búsqueda e identificación de personas se refuercen “las salvaguardas vinculadas a la Plataforma Única de Identidad, así como a las acciones de investigación, búsqueda, identificación y atención a las familias”.
El llamado de la ONU-DH para abrir un espacio de discusión a través de un Parlamento Abierto, sobre la propuesta de modificaciones a la Ley General en Materia de Desaparición de personas, surge luego de que el Comité contra las Desapariciones Forzadas de la ONU (CED, por sus siglas en inglés), urgió al Estado mexicano a proporcionar información sobre los indicios de la persistencia “generalizada” de desapariciones forzadas en el país.
La solicitud del CED se apega a la aplicación del artículo 34 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, de la que México es parte, y por la que deberá entregar la información solicitada antes del 18 de septiembre del 2025.
La aplicación de dicho artículo implica que el Estado mexicano deberá desmentir las apreciaciones del CED de que en el territorio nacional existen circunstancias que permiten la desaparición de personas.