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Negligencia médica y discriminación a mujer náhuatl en el IMSS provocaron la muerte fetal de su hijo

Según la CNDH, la violación a distintos derechos humanos de la víctima, habitante de una comunidad veracruzana marginada, ocurrió entre el 6 y el 13 de diciembre de 2021.
viernes, 7 de marzo de 2025 · 17:06

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La falta de una atención médica adecuada, oportuna y con personal capacitado, así como la discriminación por ser indígena, provocaron la muerte fetal del hijo de una mujer náhuatl atendida en el Hospital Rural Zongolica, Veracruz, del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

De acuerdo con la Recomendación 005/2025 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la violación a distintos derechos humanos de la víctima, habitante de una comunidad veracruzana marginada, ocurrió entre el 6 y el 13 de diciembre de 2021.

Según la Comisión, la mujer náhuatl fue cuatro veces al Hospital mencionado, donde la revisaron y la egresaron con la instrucción de que volviera después, “sin que el personal médico se percatara de que se le habían contabilizado de manera errónea las semanas de gestación”.

Esa acción derivó en que no se detectó que la víctima “cursaba con un embrazo a término -cuando dura entre 39 semanas y 40 semanas, 6 días- y no se tomaran las medidas necesarias para que se le indujera el parto”.

El día 14 de ese mes y año “le pidieron un ultrasonido privado, el cual indicó muerte del producto de la gestación, por lo que lo extrajeron el 15 de diciembre de 2021”.

La opinión médica del personal especializado de la CNDH fue que “quienes dieron atención a la víctima fueron personas médicas residentes sin formación en ginecología y obstetricia y sin la orientación, supervisión ni dirección del personal médico adscrito al Hospital”.

Incluso, agregó, el 13 de diciembre de 2021, “una persona residente sin el entrenamiento adecuado le realizó un ultrasonido obstétrico”. 

Tales acciones y omisiones, aseguró la CNDH, “contribuyeron al deterioro del bienestar fetal y a la posterior pérdida del producto de la gestación, al no brindarle la atención adecuada para un embarazo de término, ni identificar factores de riesgo prenatales”.

El 22 de enero del 2022, la víctima y sus familiares acudieron a la CNDH para interponer una queja contra el IMSS, dirigido por Zoé Robledo, por la violación a distintos derechos humanos en su contra.

La reparación integral

Tras la investigación correspondiente del caso, la Comisión determinó en su Recomendación 005/2025 que el IMSS cometió violaciones a los siguientes derechos humanos de la víctima principal y de las víctimas indirectas: 

  • A la salud materna
  • A una vida libre de violencia obstétrica
  • Al proyecto de vida e integridad de las víctimas indirectas
  • Al acceso a la información en materia de salud, por integración deficiente del expediente clínico, en perjuicio de los parientes de la víctima.

Por ello, pidió al IMSS reparar “de manera integral” el daño a la víctima de violencia obstétrica y a seis de sus familiares como víctimas indirectas.

Las medidas que se deben atender, son:

  • Compensación, atención psicológica y/o tanatológica que requieran
  • Colaborar en el seguimiento administrativo del caso para deslindar responsabilidades del personal médico y determinar lo que a derecho proceda.
  • Que el personal de las áreas donde se dieron los hechos participe en acciones de capacitación especializada, para que se sensibilice y adquiera conocimientos que coadyuven a evitar la repetición de hechos similares.
  • Emitir una convocatoria que promueva la asignación de personal médico especialista en Ginecología y Obstetricia y Radiología para cubrir todos los turnos en el Hospital Rural del IMSS.

En la Recomendación, la CNDH aclaró que “no reconoce responsabilidad alguna de las personas residentes, puesto que debían ser dirigidas, asesoradas y supervisadas por el personal médico y de jefatura del servicio correspondiente”.

Y agregó: “Las violaciones a los derechos humanos descritas se atribuyen al IMSS de manera institucional, así como al personal médico a cargo de las personas residentes”.

Por último, la Comisión subrayó que “en el caso mencionado confluyen diversas vulnerabilidades, dado que la víctima es una mujer indígena, embarazada, que proviene de una comunidad marginada, lo cual aumenta la posibilidad de que sea víctima de abusos de poder y de discriminación”.

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