Migración

El gobierno incumple fallo que le ordena precisar las reglas del programa Quédate en México

Desde 2022, la Suprema Corte determinó que el gobierno federal debe publicar los lineamientos del programa acordado entre Donald Trump y Andrés Manuel López Obrador.
sábado, 1 de febrero de 2025 · 13:30

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Mientras el presidente estadounidense, Donald Trump espera que México acepte recibir solicitantes de asilo de países extranjeros, como se acordó con el programa Quédate en México, el gobierno federal lleva más de un año incumpliendo con una sentencia que le ordena precisar las reglas de dicho pacto realizado por el expresidente Andrés Manuel López Obrador.

Desde el 26 de octubre de 2022, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señaló que el gobierno federal debe publicar los lineamientos para atender a las personas migrantes que se encuentren temporalmente en México mientras las cortes de Estados Unidos resuelven sus solicitudes de asilo.

Al resolver un amparo en revisión en el que la asociación civil Instituto para las Mujeres en Migración impugnó el programa Quédate en México, la Primera Sala señaló que el gobierno del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador incurrió en diversas omisiones administrativas.

Esto porque no definió ni publicó el procedimiento por el cual recibiría a las personas migrantes ni estableció los mecanismos para brindarles el apoyo prometido por los gobiernos de ambos países al dar a conocer la implementación de esta nueva política.

Por ello, a propuesta de la ministra Margarita Ríos Farjat, la Sala decidió, por unanimidad de votos, ordenar al gobierno que, con perspectiva de género, infancia, adolescencia y discapacidad, publique en el término de 30 días hábiles en el Diario Oficial la política migratoria que se implementó para recibir a los migrantes a través del programa Quédate en México.

“Los lineamientos necesarios para la recepción en México de las personas extranjeras solicitantes de asilo en los Estados Unidos de América, mientras esperan la resolución de su procedimiento en aquel país, a fin de que se cuente con los elementos suficientes para que ese grupo de personas puedan estar en condiciones de ser asistidas y acompañadas”, precisa el fallo.

Dichos lineamientos debían contemplar los mecanismos para que se tenga certeza sobre la regularidad de la estancia de la población migrante mientras se resuelve su procedimiento en EU; los procedimientos a los que pueden acceder para solicitar el pleno ejercicio de sus derechos humanos tales como el derecho al trabajo y a la educación.

“La garantía de canales institucionales a fin de que se pueda acompañar a las personas migrantes que así lo requieran en el seguimiento a sus procedimientos de asilo en los Estados Unidos de América, tomando en consideración que no se encuentran físicamente en el lugar donde se tramita su solicitud de asilo”, indica el documento público en la página de la Corte.

“Para tener por cumplida la presente sentencia, las autoridades deberán acreditar ante el juez de amparo que éstos cumplen las garantías mínimas destacadas previamente”.

Las autoridades que debían cumplir con la sentencia son: la Secretaría de Gobernación (Segob), la Subsecretaria de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación, el Instituto Nacional de Migración (INM) y el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres).

El 19 de abril de 2023, el juez Décimo Primero de Distrito en materia Administrativa, que fue el que conoció del amparo originalmente, recibió el fallo de la SCJN.

Para el 9 de mayo de ese año, la Segob y la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración tramitaron un incidente de nulidad de notificaciones, pues afirmaron que no les fue notificada la sentencia dictada por la Corte.

El 26 de ese mismo mes y año, el juez de Distrito declaró infundado el incidente de nulidad de notificaciones y con ello confirmó que dichas autoridades sí recibieron adecuadamente la sentencia de la Corte.

De acuerdo con los estrados judiciales, hasta el 8 de noviembre del año pasado, la Segob afirmó al juez que estaba imposibilitada para cumplir con la sentencia y el INM solicitó diversas prórrogas de 10 días para continuar con los trámites que consideró necesarios para cumplir con el fallo.

La asociación que tramitó el amparo ha insistido al juez que obligue a las autoridades a cumplir con la sentencia de la Corte y le reprochó la concesión de diversas prórrogas que han permitido que el gobierno federal continúe incumpliendo sin ser sancionado.

“Agréguese a los autos el escrito de cuenta de la parte quejosa, mediante el cual realiza diversas manifestaciones en relación al cumplimiento de la ejecutoria de amparo, en atención a su contenido, dígasele que las autoridades responsables han estado informando las gestiones encaminadas al cumplimiento de la ejecutoria de amparo, por lo que atendiendo a la complejidad del asunto, así como a la intervención de diversas autoridades en la emisión de los lineamientos motivos del cumplimiento, es que se han concedido las prórrogas de mérito”, respondió el juez el pasado 24 de enero.

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