Fideicomisos del Poder Judicial
Lenia Batres propondrá revocar una suspension definitiva sobre fideicomisos del Poder Judicial
Presentará un proyecto de resolución del recurso de revisión promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, oficina para la que ella trabajó hasta antes de ser designada ministra, y por la Cámara de Diputados.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La ministra Lenia Batres Guadarrama propondrá revocar una de las suspensiones definitivas que frenaron la desaparición de 13 de los 14 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF) y la transferencia de sus recursos a la Tesorería de la Federación (Tesofe).
Durante la sesión de este miércoles en la Segunda Sala, Batres Guadarrama presentará un proyecto de resolución del recurso de revisión promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, oficina para la que ella trabajó hasta antes de ser designada ministra, y por la Cámara de Diputados.
En este recurso, ambas autoridades impugnaron la suspensión definitiva concedida el 13 de noviembre de 2023 por el juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Morelos, al exmagistrado, Filiberto Javier Mijangos Navarro.
Dicha suspensión tiene efectos generales, es decir, no sólo benefició a Mijangos Navarro sino a todos los trabajadores y extrabajadores del PJF que pudieran resultar afectados por la extinción de los fideicomisos aunque no hayan tramitado amparos.
Mijangos Navarro, actualmente jubilado, solicitó mantener sus prestaciones y remuneraciones sin cambios pues entre los fideicomisos extintos por la reforma aprobada por el Poder Legislativo están los de la pensión complementaria de jueces y magistrados federales retirados y al plan de prestaciones médicas complementarias y el de apoyo médico extraordinario.
En su recurso de revisión, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal señaló que el exfuncionario no acreditó tener interés legítimo para combatir el decreto que ordenó la extinción de los fideicomisos.
“El quejoso no forma parte de una colectividad; integró el PJF cuando estuvo en funciones, que desde luego tiene una naturaleza jurídica distinta, pero ello no le genera interés legítimo y, por tanto, carece de interés suspensional”, señaló.
Lenia Batres presentará su proyecto en el que señaló que la juez cometió un error al determinar que procede conceder la suspensión definitiva al quejoso y darle efectos generales.
“En efecto, para la juzgadora, el quejoso acudió el juicio de amparo a partir de un interés legítimo. Así lo deja ver la totalidad de su resolución, lo cual, ciertamente, no es así”, indicó la ministra.
“Por tanto, se concluye que no procede la concesión de la suspensión porque se actualiza la afectación al interés social y la contravención a disposiciones de orden público a que se refiere la fracción III del artículo 129 de la Ley de Amparo.
Batres retomó los argumentos con los que Morena impulsó la reforma a la Ley de Amparo para prohibir que se otorguen efectos generales a las suspensiones concedidas en este tipo de juicios.
“Otro aspecto relevante para negar la suspensión definitiva estriba en que los efectos señalados en la interlocutoria recurrida no están contemplados en el sistema del juicio de amparo, es decir, no es posible conceder la suspensión con un efecto que se irradie más allá de los sujetos procesales (salvo los casos del interés legítimo).
“Es decir, no se advierte fundamento constitucional ni legal para que una interlocutoria dictada en el juicio de amparo, que solo resuelve sobre la suspensión definitiva, tenga efectos más allá de los sujetos procesales”, indicó.
Filiberto Javier Mijangos se jubiló siendo magistrado federal el 31 de mayo de 2016 y desde junio de ese año el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) autorizó concederle la pensión complementaria que solicitó.