Caso Emilio Lozoya

Pleito entre Lozoya y Lourdes Mendoza llega a la Corte

En el año 2020 Emilio Lozoya afirmó que Lourdes Mendoza recibió una bolsa Chanel y que el gobierno de Enrique Peña Nieto pagaba la colegiatura de su hija, a cambio de que la periodista escribiera a favor de los exfuncionarios de la administración pasada.
martes, 14 de mayo de 2024 · 16:28

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó revisar el amparo que tramitó Emilio Lozoya, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), contra la sentencia que le ordena indemnizar a la columnista, Lourdes Mendoza por daño moral.

El caso fue enviado al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena quien, una vez que termine de revisar el expediente, deberá presentar un proyecto de resolución a sus compañeros en la Primera Sala.

El amparo en revisión que Lozoya tramitó deriva de la sentencia emitida por el Poder Judicial de la Ciudad de México en la que fue condenado a indemnizar a Lourdes Mendoza por daño moral.

Esto, luego de que el exdirector de Pemex mencionó a la periodista en la denuncia que presentó ante la Fiscalía General de la República (FGR) contra funcionarios y exfuncionarios que supuestamente recibieron y operaron sobornos durante el sexenio de Enrique Peña Nieto.

Específicamente, Lourdes Mendoza fue mencionada por supuestamente recibir una bolsa Chanel durante la administración pasada, con un valor de entre cinco y seis mil dólares, a cambio de escribir columnas a favor de los funcionarios del gobierno de Peña Nieto, e indicó que incluso el gobierno federal se encargaba de costear la colegiatura de la hija de la periodista.

Por eso Lourdes Mendoza lo demandó y contra la sentencia que lo condena por daño moral, Lozoya ha tramitado diversas impugnaciones.

En diciembre pasado los magistrados del Noveno Tribunal Colegiado en materia Civil en la Ciudad de México negaron el amparo a Lozoya contra la sentencia, por lo que tramitó el recurso de revisión que ahora está en la Corte.

Los abogados de Lozoya argumentan en este litigio que una denuncia como la que presentó el exdirector de Pemex y en la que mencionó a Mendoza, no puede constituir un hecho ilícito por ser información reservada.

Además que el daño alegado por la periodista no tuvo origen en dicha denuncia sino en la difusión de la misma, en lo que Lozoya no participó de manera directa ni indirecta.

El Colegiado señaló que la confidencialidad de la investigación derivada de la denuncia que presentó, no le da derecho a declarar hechos no verídicos o que no fueron demostrados porque con ello se afecta a la otra persona, como ocurrió en el caso de Lourdes Mendoza.

Dicha denuncia fue presentada por Lozoya ante la FGR como parte del criterio de oportunidad que estaba negociando con la institución para librarse de las acusaciones por lavado de dinero, asociación delictuosa y cohecho que pesan en su contra por los casos Odebrecht y Agronitrogenados.

Comentarios