Ley de amparo
Ministro Pérez Dayán critica la reforma sobre amparo: "está amenazado por la intolerancia"
Alberto Pérez Dayán es el primer integrante de la SCJN que se pronuncia públicamente sobre la reforma a la Ley de Amparo que limita los efectos de las suspensiones concedidas por los jueces federales.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El ministro Alberto Pérez Dayán defendió los efectos generales que puede tener una suspensión concedida en los juicios de amparo al considerar que estas medidas son fundamentales para defender los intereses de los ciudadanos reconocidos por la Constitución.
El integrante del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) externó públicamente su preocupación a la aprobación de la reforma a la Ley de Amparo por el Congreso de la Unión.
Durante el “Encuentro Nacional para una Agenda de Seguridad y Justicia”, Pérez Dayán señaló que “para muchos” el amparo está severamente amenazado por la intolerancia.
"Es responsabilidad y tarea de todos y de todas protegerlo (el amparo) en su integridad, a fin de evitar que este medio de defensa sea debilitado o traicionado por algún grupo de la legislatura. No puedo dejar de expresar mi preocupación precisamente por la aprobación de la reforma a la Ley de Amparo”, señaló.
Explicó que la suspensión en el juicio de amparo garantiza la prevención, por parte de las autoridades judiciales, a la vulneración de los derechos e intereses colectivos, principalmente los económicos, sociales, culturales y ambientales, mismos que deben ser protegidos por el Estado mexicano.
“¿Acaso la existencia de un juicio, cuya finalidad es proteger los derechos humanos realmente defenderá y protegerá nuestro futuro y el de nuestras generaciones, si quienes lo tramitan no pueden impedir que una actividad que impacta negativamente en el ambiente, se detenga?”, cuestionó.
La reforma a la Ley de Amparo prohíbe a los jueces que conozcan amparos contra leyes generales conceder suspensiones para evitar la aplicación de estas no sólo para quien tramita el juicio sino para toda la población.
Es decir, evita que se den efectos generales a las suspensiones concedidas en amparos que impugnan leyes expedidas por el Congreso de la Unión.
Este tipo de suspensiones fueron concedidas en casos como la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), el llamado Plan B en materia electoral o la eliminación de los fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF) y fueron confirmadas posteriormente por la SCJN.