Suprema Corte

Licencias para padres deben otorgarse ante cualquier enfermedad grave, no solo cáncer: SCJN

La Segunda Sala de la Suprema Corte declaró que las licencias laborales para los padres de familia de niños con cáncer deben ser extensivas cuando los menores sufren otros padecimientos graves.
miércoles, 28 de febrero de 2024 · 16:42

CIUDAD DE MÉXICO (apro).– La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que las licencias laborales para los padres de familia de niños con cáncer deben ser extensivas cuando los menores sufren otros padecimientos graves.

Por unanimidad de votos, los integrantes de la Sala avalaron la propuesta de la ministra Lenia Batres para confirmar el amparo concedido a los padres de un niño que padece atrofia muscular espinal tipo I, para que puedan obtener licencias laborales para cuidar a su hijo durante su padecimiento.

Las licencias temporales que se expiden a los papás de niños con cáncer están previstas en las leyes del ISSSTE y del Seguro Social, pero limitan su concesión sólo para favorecer a los menores que padecen esa enfermedad.

“No existe una finalidad mandatada por la Constitución General que pueda justificar negar la licencia médica a padres de niños, niñas y adolescentes con enfermedades similares o más graves al cáncer, por lo que se vulnera el principio de igualdad y no discriminación y, en consecuencia, el derecho a la seguridad y previsión social”, indica el proyecto avalado por la Sala.

En consecuencia, la Corte declaró inconstitucional la restricción establecida en las leyes del ISSSTE y del Seguro Social para que las licencias sólo se expidan a favor de papás de niños con cáncer.

Los ministros indicaron que esta restricción transgrede el derecho a la igualdad y no discriminación y va en contra del interés superior de la niñez.

En el caso analizado, los padres quejosos solicitaron las licencias para cuidar a su hijo, pero les fueron negadas porque el niño no padece cáncer, por lo que pidieron un amparo que ganaron en primera instancia.

Sin embargo, las autoridades de seguridad social impugnaron el amparo, razón por la que el caso llegó a la Corte, que este miércoles confirmó la protección concedida para que los papás puedan cuidar a su hijo durante su enfermedad.

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