Justicia
El ministro Aguilar Morales no resolverá los litigios de Grupo Elektra
Aunque el ministro Aguilar Morales hizo suya la petición de Elektra para que la Suprema Corte analice sus amparos contra el SAT, no será él quien los resuelva. Si la Segunda Sala aprueba atraer el caso, éste será turnado a otro ministro para que elabore el proyecto de sentencia definitiva.Ciudad de México (Proceso).- Los amparos de Elektra contra el crédito fiscal que tiene desde hace más de 10 años no han sido atraídos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pero si los ministros aprueban la atracción, no será Luis María Aguilar Morales quien los resuelva.
Proceso confirmó que el litigio que interpuso Elektra, con el que busca librar el pago de 25 mil millones de pesos al fisco, aún no llega por completo a la SCJN.
Este miércoles 6 el ministro Aguilar Morales informará a sus compañeros de la Segunda Sala su decisión de hacer suya la solicitud de la facultad de atracción del último de los cuatro amparos tramitados por la empresa de Ricardo Salinas Pliego.
Se trata del amparo contra el pago de mil 431 millones de pesos que Elektra le debe al Servicio de Administración Tributaria (SAT) por el ejercicio fiscal de 2008.
El conflicto del SAT con Elektra data de hace 13 años y asciende a 25 mil millones de pesos que la empresa le debe al fisco por el ISR de los ejercicios fiscales 2008, 2010, 2011 y 2013.
El 4 de septiembre, diputados de Morena acudieron a las instalaciones de la Fiscalía General de la República (FGR) a presentar una denuncia contra el ministro Aguilar Morales al considerar que incurrió en una supuesta traición a la patria al evitar el cobro de todos los créditos fiscales que Grupo Salinas mantiene frenados con sus amparos.
De este modo buscan iniciar el juicio político correspondiente contra el ministro para lograr desaforarlo y que sea vinculado a proceso por los supuestos delitos que consideraron fueron cometidos.
“Hicimos del conocimiento de la Unidad de Inteligencia Financiera y del Servicio de Administración Tributaria y de la misma Comisión Nacional de Valores, y creemos que es importante que estas instancias estén atentas porque ya sabemos cómo se las gastan estos capos de cuello blanco”, señaló el diputado Alejandro Robles en un video difundido en sus redes sociales.
“Vamos a pedir a esta fiscalía que realice esta investigación para que a su vez nos lo haga llegar a la Cámara de Diputados y procedamos con el juicio correspondiente”.
Embates desde Palacio
El pasado 21 de agosto el ministro Aguilar Morales concedió una suspensión provisional contra la distribución de los libros de texto gratuitos en el estado de Coahuila, días antes, emitió una medida similar para el estado de Chihuahua.
Al día siguiente, durante la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador, el procurador Fiscal de la Federación, Arturo Medina, informó que el gobierno federal presentará una queja contra Aguilar Morales por una supuesta actuación omisa en el caso de Elektra.
“La empresa solicita el ejercicio de la facultad de atracción de sus asuntos con el pretexto de que son novedosos, no obstante que hay jurisprudencia en el tema que tiene que ser resuelto por tribunales colegiados.
“Estos 25 mil millones de pesos no han podido ser recuperados desde hace 13 años, se han interpuesto diversos juicios y se han retrasado los litigios, en particular, en los últimos ocho meses el ministro Luis María Aguilar, con el pretexto de la excepcionalidad, pidió analizarlos y ha sido omiso en resolverlos”, señaló el funcionario.
El 23 de agosto se dio a conocer que el ministro Aguilar Morales presentó un proyecto de sentencia en el que proponía sancionar a las autoridades responsables, entre ellas al mandatario federal, si no reintegraba a una magistrada del Tribunal Federal de Justicia Administrativa en la terna para su posible ratificación.
De acuerdo con la Ley de Amparo una de las sanciones que pueden ser impuestas a las autoridades responsables en casos de incumplimiento de una orden judicial emitida en un juicio de garantías es la separación del cargo.
Al día siguiente, el 24 de agosto, en su conferencia matutina el presidente López Obrador volvió a recordar tanto el caso de Elektra como las suspensiones concedidas a Chihuahua y Coahuila por el caso de los libros de texto gratuitos.
Proceso informó que el proyecto del ministro fue retirado debido a que el resto de los integrantes de la Segunda Sala le solicitaron especificar los efectos de la sentencia que propone dictar.
El caso Elektra
De acuerdo con información recabada por esta casa editorial, en el ejercicio fiscal de 2013 se desintegró el grupo de sociedades que conformaban Grupo Elektra, S.A.B. de C. V., lo que le generó consecuencias fiscales que se reflejaron como pérdidas por la venta de acciones.
Para entonces el SAT inició cuatro procedimientos de fiscalización sobre los ejercicios 2008, 2010, 2011 y 2013 en los que determinó que la empresa no tuvo tales pérdidas por la venta de las acciones de Grupo Elektra.
Contra esta decisión del SAT, Grupo Elektra tramitó diversos juicios de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa que declaró válidas todas las resoluciones de la oficina hacendaria.
Pese a que los procedimientos del SAT iniciaron en el año 2013, entre el año 2021 e inicios de 2023, Grupo Elektra pudo presentar juicios de amparo directo contra todas las confirmaciones de las resoluciones emitidas en su contra y que le condenaban a pagar los 25 mil millones de pesos que el gobierno federal reclama.
La empresa, a través de su representante legal, solicitó a la SCJN ejercer su facultad de atracción para que sea ésta quien resuelva los casos en definitiva, y analizar los expedientes en bloque pues, afirma, se encuentran estrechamente relacionados debido a que el SAT determinó que en los ejercicios fiscales 2008, 2010 y 2011 sí tuvo pérdidas en la venta de acciones pero no las actualizó al valor inflacionario, razón por la que le impuso el pago completo del ISR. Para el caso del ejercicio 2013 determinó la inexistencia de las pérdidas y revirtió su disminución de las utilidades que la empresa tuvo ese año, por lo que éstas debieron sumarse al resultado fiscal consolidado.
Es decir que, según las resoluciones del SAT, Grupo Elektra debía pagar impuestos con base no sólo en sus ingresos declarados sino en las pérdidas que determinó que no existieron, dando un total global de 25 mil millones de pesos.
La empresa indicó a la Corte que sus amparos no podían ser resueltos por separado sino de manera acumulada y emitir una misma sentencia para todos pues, según Grupo Elektra, las resoluciones del SAT implican un doble cobro del ISR por idénticas pérdidas en la venta de acciones.
Conforme a la Ley de Amparo, la solicitud de la empresa no implica que sus amparos lleguen automáticamente a la Corte pues debe esperar a que un ministro haga suya la petición, lo que ya ocurrió con el ministro Luis María Aguilar Morales quien tuvo que esperar a que los cuatro expedientes fueran enviados al Máximo Tribunal.
De acuerdo con la información confirmada por Proceso, se prevé que dentro de 15 días Aguilar Morales presente a sus compañeros en la Segunda Sala de la Corte un proyecto con el que justifique la importancia de atraer los amparos de Grupo Elektra.
Ese proyecto será discutido y votado en sesión pública de la Segunda Sala y desde ese momento los expedientes acumulados deberán ser enviados a la ponencia de otro de sus integrantes para que sea este quien elabore el proyecto de sentencia definitiva.
Es decir, que el ministro Aguilar Morales no será el encargado de resolver los litigios de Grupo Elektra.
Además, la atracción de los expedientes dependerá no sólo de Aguilar Morales sino de los cinco integrantes de la Sala, entre los que se encuentran Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel, ministras que suelen votar y elaborar proyectos acordes a los intereses del presidente López Obrador y su gobierno.
También, en caso de que la Sala atraiga los amparos, estos pueden ser turnados a la ponencia de cualquiera de los ministros, incluidas Ortiz y Esquivel, quienes no tienen un término fijo para presentar el proyecto de resolución que pondrá el fin definitivo al litigio pues la sentencia que dicte la Corte será inatacable.