Plan B
Corte debatirá proyecto de invalidez del Plan B de la reforma electoral
El ministro Javier Laynez Potisek presentará ante sus compañeros en Pleno su proyecto de resolución con el que busca declarar que el Congreso de la Unión incurrió en faltas graves al procedimiento legislativo que derivan en la invalidez de la reforma.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Este jueves la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará el proyecto que establece la invalidez total de la segunda parte del plan B de la reforma electoral que además propone prohibir al Congreso volver a legislar en la materia para modificar las reglas del proceso electoral de 2024, a menos que se realicen consultas públicas.
El ministro Javier Laynez Potisek presentará ante sus compañeros en Pleno su proyecto de resolución con el que busca declarar que el Congreso de la Unión incurrió en faltas graves al procedimiento legislativo que derivan en la invalidez de la reforma.
“Toda vez que algunos de estos motivos de inconstitucionalidad afectan a todas las disposiciones del decreto impugnado, se declara la invalidez del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dos de marzo de dos mil veintitrés, en su totalidad”, señala el proyecto de Laynez.
“Resulta pertinente aclarar que, de conformidad con el artículo 105, fracción II, penúltimo párrafo, de la Constitución Federal la legislación electoral que recupera su vigencia por virtud de esta ejecutoria ya no puede ser objeto de modificaciones legales fundamentales para su aplicación en el proceso electoral a nivel federal que, en términos del artículo 225, numeral 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales , iniciará partir de la primera semana de septiembre de dos mil veintitrés.
Asimismo, si el Congreso de la Unión decide en ejercicio de sus facultades legislar nuevamente sobre la materia del decreto invalidado con posterioridad, no deberá incurrir en el vicio de inconstitucionalidad relativo a la ausencia de consulta previa a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como a las personas con discapacidad”.
Para lograr la inconstitucionalidad del decreto, como lo propone Laynez, se requieren ocho votos de los integrantes del pleno de la Corte.
Los argumentos del ministro son casi los mismos que los de Alberto Pérez Dayán, quien en mayo pasado planteó la invalidez de la primera parte del Plan B y cuya propuesta obtuvo el apoyo de nueve integrantes del Pleno.