Justicia

Desalojo y demolición del Colegio Inglés de Colima: omisiones y colusión “al más alto nivel”

En el desalojo y demolición parcial del Colegio Inglés de Colima –efectuados en 2019 como consecuencia de un conflicto legal— existió la presunta colusión de, entre otros, el exgobernador José Ignacio Peralta y el expresidente del Supremo Tribunal Bernardo Alfredo Salazar Santana.
sábado, 9 de diciembre de 2023 · 07:00

Colima, Col., (Proceso).- Construido en 2001 con una inversión de 32 millones de pesos, el edificio del Colegio Inglés de Colima fue desalojado y demolido parcialmente dieciocho años después, en condiciones presuntamente irregulares y en el contexto de un conflicto jurídico hasta ahora pendiente de resolución en el Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito con sede en esta ciudad.

Directivos del centro escolar acusan que en el asunto hubo colusión de servidores públicos estatales, federales y municipales del más alto nivel, entre los que se señala al exgobernador José Ignacio Peralta y al expresidente del Supremo Tribunal Bernardo Alfredo Salazar Santana, en beneficio de su contraparte y a los que se ha denunciado ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.

En agosto de 2019, una semana después del desalojo, la directora del plantel, Ana Patricia Dávalos Alcocer, denunció ante la Fiscalía General de la República (FGR) que el ciudadano Armando Alcocer de Anda, quien es su tío, “mediante actos viciados de ilegalidad (…) se apoderó del inmueble con la participación de funcionarios de la administración de justicia estatal y de la federación, en perjuicio de la institución educativa que represento”.

A su vez, Operadora de Servicios Culturales y de Excelencia S.A. de C.V., una de las empresas administradoras del colegio —representada por Eny García Escalante—, denunció recientemente ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción en Colima a los dos exfuncionarios señalados, pero la lista no termina con ellos.

En la acusación clasificada bajo el expediente NSJP/COL/CI/CORR178/2023, figuran también el juez de lo civil que estuvo a cargo del caso, Martín Ruiz Gutiérrez, y el entonces alcalde de Colima, Leoncio Alfonso Morán Sánchez. También fueron denunciados como presuntos responsables algunos particulares relacionados con la contraparte.

Peralta. Fue informado. Foto: Facebook José Ignacio Peralta Sánchez

En su denuncia ante la FGR, Ana Patricia Dávalos aseguró que el conflicto está relacionado con una situación ocurrida hace más de veinte años en Guadalajara, cuando sus tíos abuelos Salvador Padilla Aldrete y María Aurora de Anda Medina —una pareja sin descendientes directos— decidieron heredar un legado multimillonario a la Cruz Roja y al Hospital Civil de esa ciudad, además de establecer un porcentaje para sus sobrinos.

Al final, dijo Dávalos, el grueso de la fortuna de Padilla Aldrete —quien era concesionario de siete plantas de la embotelladora Pepsi Cola en los estados de Jalisco, Colima, Nayarit, Michoacán y Guanajuato— no llegó a su destino, porque la mayor parte quedó en manos de Armando Alcocer de Anda.

Sobre este asunto, la revista Proceso publicó en su sección Jalisco, a lo largo de 2006, diversos reportajes donde expuso presuntas irregularidades en el proceso testamentario, que impidieron a las instituciones de salud el acceso al legado de 9 mil millones de pesos (937.5 millones de dólares al tipo de cambio de 2001) y permitieron a Armando Alcocer quedar como heredero universal, compartiendo cantidades menores con 56 hermanos y primos.

De acuerdo con Ana Patricia Dávalos, entre los familiares con derecho al legado estaba su fallecida madre, por lo que por ese concepto su tío Armando Alcocer le entregó 32 millones de pesos —otros legatarios recibieron cantidades mucho más pequeñas—, que fueron utilizados en la construcción de las instalaciones del Colegio Inglés de Colima.

Pero después Alcocer de Anda le pidió justificar la entrega del dinero con la firma de algunos documentos y más adelante entabló un juicio para exigirle la devolución del dinero como si se hubiese tratado de un préstamo, conflicto que propició el “irregular desalojo” y la demolición parcial del inmueble, sostuvo la directora del colegio.

No obstante, en un desplegado publicado en agosto de 2019 en la prensa local, Alcocer de Anda afirmó que entregó el dinero a su sobrina en calidad de préstamo “sin garantías” y “de muy buena fe”, con el propósito de “comprar los terrenos, construir y equipar lo que sería después el Colegio Inglés de Colima”, pero que años después, ante la falta de pago a pesar de la existencia de un convenio de reconocimiento de adeudo, se vio en “la penosa necesidad” de demandarla en tribunales.

Y añadió que bajo el juicio 611/2008, el juez noveno del Primer partido judicial de Jalisco condenó en julio de 2011 a Ana Patricia Dávalos y codemandados al pago de 32 millones 237 mil 375 pesos con 60 centavos más los intereses moratorios (que según su abogado sumaban ya 180 millones de pesos hasta entonces), que no fueron pagados, por lo que “se adjudicó en mi favor y en su momento de una tercera empresa el terreno y construcciones del inmueble que hasta hace unos días ocupó el Colegio Inglés de Colima, mismo que oportunamente nos fue debidamente escriturado e inscrito en el registro público de Colima”.

Pero la empresa Operadora de Servicios Culturales y de Excelencia S.A. de C.V. refiere que como una de las administradoras del Colegio Inglés de Colima “no fue oída, ni llamada, ni vencida” en el juicio, situación que forma parte de los actos reclamados de los juicios de amparo 190/2020 y 347/2021”.

En una declaración realizada en su momento, el abogado de Armando Alcocer, Héctor Alberto Romero Fierro aseveró que esa empresa “sí fue oída y vencida”, ya que compareció como ‘tercero extraño’ en el juicio de amparo 617/2016-II que interpuso en el Juzgado Segundo de Distrito contra el inminente lanzamiento, confirmado por el Tribunal Colegiado de esta entidad al resolver el recurso de revisión bajo expediente 476/2017.

En los días previos al desalojo del inmueble, ubicado al norte de la ciudad, Romero Fierro dijo que a pesar de que la sentencia causó estrados en 2014, no se había podido proceder porque los directivos del colegio “le están mintiendo a los juzgados federales interponiendo amparos y esas cosas para dilatar esto, pero son asuntos que ya perdieron en su momento”.

Hasta la fecha los procesos jurídicos no han concluido, pero se acumulan los señalamientos de parte de fundadores de la escuela sobre supuestos actos ilegales que habrían cometido autoridades y particulares durante la disputa legal.

Presunta connivencia

En la reciente denuncia penal interpuesta ante la Fiscalía Anticorrupción por Operadora de Servicios Culturales y de Excelencia S.A. de C.V., el exgobernador José Ignacio Peralta y el extitular del STJE, Bernardo Alfredo Salazar, son responsabilizados de haber sido omisos ante una serie de presuntas irregularidades que les fueron informadas cuando todavía no era derrumbado el inmueble, pero “no hicieron nada (…), no obstante que tuvieron conocimiento de los hechos”.

Mediante un escrito enviado a Peralta el 22 de agosto de 2019, un día después del desalojo, la directora de la institución educativa le pidió “acordar medidas urgentes para que no se desarrolle la destrucción del Colegio Inglés de Colima”, como ya lo había anunciado su contraparte.

Salazar Santana. Omisiones. Foto: https://stjcolima.gob.mx/

Martín Ruiz, a su vez, es acusado de que en sus informes rendidos en los juicios de amparo 602/2019 y su acumulado 603/2019, así como el 879/2019, “ocultó ilegalmente” el exhorto de desalojo —emitido por el juez noveno de lo civil de Jalisco, Armando René Ibarrarán Zuno—, “con el fin de burlar los alcances del incidente de suspensión promovido en los citados juicios federales”.

El juez Ruiz, quien actualmente ocupa un puesto administrativo en el STJE de Colima, dejó en evidencia con su actuación “que se encuentra involucrado en conductas constitutivas de delito cometido por servidores públicos en ejercicio de sus funciones (…), ya que consta que en repetidas ocasiones negó en los juicios federales los actos que más tarde desarrolló y ejecutó”.

A la vez, al juez segundo de distrito en Colima, Vladimir Véjar Gómez, “en nada le importó respetar la Ley de Amparo ante la notoria y evidente existencia de peligro en la demora y el mayor riesgo de que las violaciones reclamadas se tornaran difícilmente reparables”, por lo que “prácticamente con sus omisiones y su negligencia” cobijó que el juez Martín Ruiz desarrollara los actos reclamados que en sus informes previo y justificado negó, indica la denuncia.

No ha sido el único asunto por el cual este juez ha estado en la mira.

En 2019, tras descubrirse la cantidad de parientes trabajando en su juzgado, Véjar Gómez fue removido de Colima y enviado a Ciudad Madero, Tamaulipas. Actualmente está sujeto al proceso de investigación J/1335/2019.

En tanto, Leoncio Morán, expresidente municipal de la capital del estado, es acusado de ocultar ante los juzgados de distrito, en su informe rendido en el juicio de amparo indirecto 961/2019-I, la existencia de la solicitud de demolición del edificio del colegio, aunque el documento sí existía y “la verdad de las cosas quedó evidenciada en la fe judicial desarrollada por la actuaria federal en el desahogo de los juicios”.

Precisamente en el capítulo de pruebas, la denunciante solicitó que en los archivos del Ayuntamiento de Colima se constate la existencia del documento con número oficial 0802-LC-RG-04 que contiene la solicitud de demolición del inmueble, con fecha de ingreso 23 de septiembre de 2019 a favor de Desarrollos SBCH S.A. de C.V.

Morán. Ocultamiento. Foto: LeoncioMoralL8

Tanto Martín Ruiz como Leoncio Morán son acusados de haber actuado “con el mismo modus operandi” para ocultar, ante los juzgados de distrito, el exhorto de desalojo y la solicitud de demolición, respectivamente.

Con lo anterior, indica la denuncia, ambos personajes incurrieron como servidores públicos en “conductas que guardan entre sí un estrecho y directo vínculo factual que lesiona y pone en peligro el bien jurídico tutelado por las disposiciones penales”, lo que “se ha consumado con la transformación de activos producto del delito”, vinculada al desalojo y la demolición del edificio escolar y sus activos, que ocurrieron a finales de noviembre de 2019.

Tras el desalojo y el derrumbamiento del inmueble, se encontraban vigentes en el Juzgado Primero de Distrito de la ciudad de Colima, entre otros procesos, los juicios de amparo indirecto 22/2020, 190/2020 y 347/2021, promovidos por Operadora de Servicios Culturales y de Excelencia S.A. de C.V. para reclamar presuntas acciones ilegales en los procedimientos.

Y el entramado jurídico de este caso se complicó aún más.

A finales de marzo de 2022, los directivos del colegio se enteraron con sorpresa de que el juez de distrito, Jorge Damián González Villaseñor, dictó un auto sobre el supuesto “desistimiento de la acción constitucional” por parte de la operadora del colegio en esos tres juicios, cuando ya se había celebrado la audiencia y dictado la sentencia constitucional, aunque todavía no se emitía la pieza por escrito.

El auto del juez se sostuvo, entre otras cosas, en la póliza 1,148, emitida bajo la fe del corredor público 58 del estado de Jalisco, Héctor Alberto Romero Fierro, quien es a la vez abogado en este juicio de la parte identificada con Armando Alcocer de Anda. El documento contiene una presunta acta de asamblea de socios mediante la cual habrían sido revocados y sustituidos los socios, apoderados y defensores de la operadora.

Según los directivos del Colegio Inglés de Colima, lo anterior se realizó mediante una estrategia de “suplantación y simulación”, que los dejó “en la indefensión”, por lo que denunciaron dentro de los mismos juicios al abogado Romero Fierro y a otros colaboradores de su contraparte por “suplantación de personas y simulación con fines ilícitos o de lucro para sí o para otra”.

Señalan que, a partir del desalojo y otros ilícitos denunciados, se descubrió que el corredor público 58 de Jalisco y abogado de su contraparte también fue perito en 38 materias en el juicio civil.

También presentaron los recursos de queja 289/2022, 305/2022 y 382/2022 contra el auto de desistimiento dictado por el juez de distrito, que actualmente se encuentran en el Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito.

Y argumentando cercanía de Romero Fierro con los magistrados Martín Ángel Rubio Padilla y Joel Fernando Tinajero Jiménez —dos de los tres integrantes de ese tribunal—, la empresa Operadora de Servicios Culturales y de Excelencia S.A. de C.V. interpuso una recusación por impedimento que quedó registrada con el expediente 28/2023 en el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en Jalisco, que se encuentra pendiente de resolución.

En la denuncia por el “falso desistimiento”, la representación del Colegio Inglés advierte que “el presente caso se defenderá hasta las últimas consecuencias, ampliando la denuncia que ya existe y se integra en la Fiscalía General de la República (FGR) y, de ser necesario, hasta hacer valer nuestros derechos y garantías esenciales en la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

Derecho de réplica 

 

Respuesta del reportero

Sr. Director:

Deseo precisar, de manera respetuosa para todas las partes involucradas en este asunto, que en el texto periodístico únicamente se afirma que la Operadora de Servicios Culturales y de Excelencia S.A. de C.V., interpuso una recusación por impedimento “argumentando cercanía” del abogado de su contraparte con dos magistrados, uno de ellos Martín Ángel Rubio Padilla.

La evidencia de que ello fue argumentado se encuentra en el escrito de fecha 12 de octubre de 2023, presentado dentro del juicio de amparo directo 839/2022 ante los magistrados del Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito, suscrito por la apoderada legal de la empresa mencionada, Eny García Escalante.

Queda claro que el texto periodístico no se pronuncia sobre la existencia o no de esa supuesta cercanía entre el abogado y el magistrado, pues se trata de un asunto que en su momento deberá ser resuelto por las instancias correspondientes.

El corresponsal agradece al magistrado Rubio Padilla el aporte informativo que, con su carta, realiza en torno a este tema.

Atentamente:

Pedro Zamora Briseño

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