Ministro Zaldívar
Magistrado propondrá que SCJN determine si TEPJF puede sancionar a Zaldívar
El proyecto del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón será planteado en la próxima sesión ordinaria al Pleno de la Sala Superior del TEPJF para que dicho cuerpo colegiado determine si enviará la consulta a la SCJN.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Un magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) propondrá solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que determine si el ministro en retiro, Arturo Zaldívar, puede o no ser sancionado por las autoridades electorales por violentar las leyes generales en la materia.
El proyecto de resolución fue realizado por el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón en los recursos de revisión de Procedimiento Especial Sancionador acumulados SUP-REP-652/2023 y SUP-REP-653/2023, planteados por el ministro en retiro, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
En el documento, que el magistrado hizo público este viernes, se propone remitir una consulta a la SCJN para que determine si el TEPJF puede o no resolver un procedimiento administrativo en materia electoral en el que el ministro en retiro, Arturo Zaldívar, fue denunciado por violar las leyes electorales, pues las quejas presentadas en su contra se refieren a hechos ocurridos cuando su renuncia todavía no era aprobada por el Senado de la República.
“Esta Sala Superior considera que los presentes medios de impugnacio´n plantean una duda interpretativa respecto de la competencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacio´n para procesar y juzgar por faltas o infracciones administrativas en materia electoral a las ministras o ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nacio´n”, señala el documento.
“Las infracciones que son la base de las denuncias esta´n necesariamente implicadas con los deberes de servidores pu´blicos respecto de la neutralidad y utilizacio´n de recursos con el objetivo de que no se vulnere el principio constitucional de la equidad en la contienda en los procesos electorales”.
El caso derivó de dos recursos presentados por Zaldívar contra los acuerdos de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) en los que admitió a trámite las quejas planteadas por Xóchitl Gálvez, precandidata a la Presidencia por los partidos de oposición y Movimiento Político Restaurador de México, A. C., por conductas del ministro en retiro, la aspirante presidencial, Claudia Sheinbaum Pardo y de Morena.
En sus quejas, Gálvez y la asociación civil que respalda a Eduardo Verástegui, quien buscó ser candidato independiente para la Presidencia de la República, señalaron que Zaldívar, Sheinbaum y Morena realizaron actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos, indebido ejercicio del cargo y vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral de 2024.
Esto, mediante la publicación en la red social X, antes Twitter, por la que Zaldívar y Claudia Sheinbaum anunciaron el 7 de noviembre, luego de que el primero dio a conocer su decisión de renunciar a la Corte, que se reunieron presuntamente un día anterior, a decir del propio ministro en retiro, para acordar trabajar juntos “para avanzar en la transformación del país”.
Además, también señalaron la entrevista concedida el 8 de noviembre por Zaldívar al periodista Ciro Gómez Leyva en la que reconoció que se sumaría al equipo de Sheinbaum, hechos ocurridos cuando el ex presidente de la Corte aún era ministro pues su renuncia fue aprobada por el Senado de la República hasta el 15 del mismo mes.
Por ello, en las quejas acusaron que Morena incurrió en una falta a su deber de cuidado sobre la realización de las conductas de Sheinbaum Pardo y de Zaldívar Lelo de Larrea.
El proyecto del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón será planteado en la próxima sesión ordinaria al Pleno de la Sala Superior del TEPJF para que dicho cuerpo colegiado determine si enviará la consulta a la SCJN.
“En ese sentido, este caso plantea la cuestio´n respecto de si el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacio´n y las autoridades electorales son competentes para procesar y, en su caso, someter a un ministro o ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nacio´n a la jurisdiccio´n en un procedimiento administrativo sancionador previsto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
“Lo anterior sobre la base de que de conformidad con la fraccio´n XI, del arti´culo 11 de la Ley Orga´nica del Poder Judicial de la Federacio´n es competencia exclusiva del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nacio´n conocer de las responsabilidades administrativas de las personas titulares del cargo de ministra o ministro del Ma´ximo Tribunal de la Repu´blica”, explica el magistrado en su proyecto de resolución.