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Permiso covid 4.0 del IMSS: Así puedes tramitar una incapacidad laboral en línea
El IMSS presentó el “Permiso COVID-19 V 4.0” e informó los requisitos y pasos a seguir para que los empleados del sector privado que están registrados de manera directa en la institución puedan obtener una incapacidad “sin salir de casa”.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) relanzó su servicio digital para tramitar la incapacidad de trabajadores que se contagiaron de covid-19 y evitar la propagación del coronavirus durante la quinta ola en el país
A través de sus redes sociales, el IMSS presentó el “Permiso COVID-19 V 4.0” e informó los requisitos y pasos a seguir para que los empleados del sector privado que están registrados de manera directa en la institución puedan obtener una incapacidad “sin salir de casa”.
- Ingresa al portal oficial: imss.gob.mx/covid-19/permiso. O bien, a la aplicación IMSS Digital en el apartado “permiso COVID-19”.
- Captura tu clave CURP, así como el Número de Seguridad Social (NSS) y el código postal.
- Responde los cuestionarios y adjunta la prueba covid-19 con diagnóstico positivo (Esto no será condicionante para el otorgamiento de este trámite).
- Registra tus datos, como el correo electrónico, teléfono, domicilio y una cuenta CLABE de 18 dígitos.
- Recibe el permiso COVID-19 V 4.0 por cinco días en tu correo electrónico.
- Recibirás el pago del 60 por ciento del salario registrado a partir del cuarto día de convalecencia como cualquier otra incapacidad por enfermedad general.
- Deberás notificar en tu centro de trabajo para justificar la ausencia.
También deberás adjuntar los siguientes documentos para obtener el Permiso COVID-19 V 4.0:
Identificación oficial vigente: credencial para votar expedida por el INE o IFE, o pasaporte expedido por la SRE. Deberás cargar la imagen completa del documento por ambos lados y legible. En caso de ser asegurado extranjero, deberás identificarte con tu pasaporte vigente acompañado de cualquiera de los siguientes documentos vigentes:
- Visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas.
- Visa de residencia temporal con permiso para realizar actividades remuneradas.
- Visa de residente temporal estudiante con permiso para realizar actividades remuneradas.
- Visa de residencia permanente.