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Sheinbaum difundió propaganda en periodo prohibido; puede ser investigada por el INE: TEPJF
La Sala Superior del TEPJF confirmó que Sheinbaum sí difundió propaganda gubernamental sobre la consulta de revocación de mandato en periodo prohibido y en otra resolución determinó que el INE tiene la facultad para poder investigarla por presuntos actos anticipados de campaña rumbo al 2024.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio un doble revés a la jefa de Gobierno de la CDMX, Claudia Sheinbaum:
Por un lado, confirmó que la mandataria sí difundió propaganda gubernamental sobre la consulta de revocación de mandato en periodo prohibido, y en otra resolución determinó que el Instituto Nacional Electoral (INE) tiene la facultad para poder investigarla por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña rumbo a la elección presidencial de 2024.
En el primer caso, por unanimidad, los magistrados determinaron que Sheinbaum Pardo incumplió con las medidas cautelares impuestas por la autoridad electoral con un mensaje en Twitter en el que escribió: “Les invito a participar en eso que me prohibieron hablar”.
Fue el Partido de la Revolución Democrática (PRD) el que denunció ante el INE a la jefa de Gobierno por esta y otra publicación en Twitter, relacionada con propaganda gubernamental indebida.
Los magistrados respaldaron la resolución de la Sala Regional Especializada la cual expuso que al entrelazar la fecha de la publicación (18 de febrero), el mensaje difundido y el contexto en el que se desarrollaba el proceso de revocación de mandato, se infería que la mandataria llamaba a participar a este ejercicio.
“La frase denunciada no fue genérica ni neutral, sino que puede señalarse más allá de toda duda razonable que el significado tenía como finalidad promover la participación ciudadana en tal proceso, precisamente al señalar: ‘Los invito a participar en eso que me prohibieron hablar’, en relación a la restricción que le había señalado el INE y el propio mecanismo de participación ciudadano”, señala el proyecto aprobado.
Además, la Sala Superior resolvió que Sheinbaum promocionó obras públicas en el periodo prohibido marcado por la Ley de Revocación de Mandato.
Actos anticipados de campaña
En el otro caso, la Sala Superior del TEPJF resolvió que el INE tiene la facultad para investigar a Sheinbaum por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña rumbo a la elección presidencial de 2024.
Lo anterior luego de que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE admitió una queja interpuesta por el PRI, y solicitó el pasado 7 de junio a través de un oficio, que la mandataria confirme si busca o no una candidatura a la Presidencia de la República con Morena.
Además, le requirió confirmar si el 22 de mayo pasado declaró ante la prensa que “México estaba listo para tener una presidenta”.
La mandataria impugnó el acuerdo del órgano electoral mediante la Dirección General de Servicios Legales de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del gobierno capitalino. Sin embargo, el INE le advirtió que, de no responder al requerimiento, podría ser objeto de una amonestación pública.
La resolución del TEPJF fue aprobada por cuatro votos a favor y tres en contra de los magistrados José Luis Vargas, Indalfer Infante y Mónica Soto.
Al argumentar su voto en contra, Indalfer Infante señaló que el acuerdo no debió ser impugnado por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno de la Ciudad de México, ya que el PRI denunció a Claudia Sheinbaum como ciudadana que aspira a la presidencia y no como jefa de Gobierno capitalina.
“A esto habría que agregar que, inclusive, en los eventos donde se señala la participación, se ha expresado que fueron en días inhábiles, y además, en otros casos se ha dicho que se solicitó la licencia y el descuento de los pagos correspondientes para participar en su carácter de ciudadana”
“Si la queja se sigue como ciudadana, las autoridades electorales podrán emitir las sanciones correspondientes. Sin embargo, si se le sigue como servidora pública, únicamente podrán definir y mandarlo a los superiores jerárquicos o los congresos locales”, manifestó.