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SCJN refrenda votaciones que impidieron invalidar artículos principales de la LIE
El Pleno de la Corte aprobó el acta de la sesión pública celebrada el 7 de abril, en la cual se desestimó la acción de inconstitucionalidad 64/2021 presentada por senadores del PAN, PRI, PRD y Movimiento Ciudadano, con el argumento de que la LIE era contraria a los principios constitucionalesCIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación refrendó las votaciones que mantienen la vigencia de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) al no lograrse la mayoría calificada para declarar la inconstitucionalidad de los artículos 4, fracción VI, en el que se establece un modelo de costos unitarios impuesto por la Comisión Federal de Electricidad (CFE), y 26, en el que se prioriza el despacho de las energías generadas por la CFE y se relega la compra de generadores privados independientes.
Tras un debate en sesión privada, el Pleno de la Corte aprobó el acta de la sesión pública celebrada el pasado 7 de abril, en la cual se desestimó la acción de inconstitucionalidad 64/2021 presentada por senadores de los partidos PAN, PRI, PRD y Movimiento Ciudadano, con el argumento de que la LIE era contraria a los principios constitucionales de libre competencia y respeto al medio ambiente.
Sin embargo, los ministros que estaban a favor de invalidar los artículos de la Ley de la Industria Eléctrica que relegan la compra de energía eléctrica a las centrales privadas que generan energías fotovoltaica y eólica, sólo sumaron siete votos en contra de la norma impugnada, por lo que no lograron los ocho votos que se requieren para lograr la mayoría calificada y así decretar la inconstitucionalidad de la LIE.
Debido a que los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena votaron de manera diferenciada los artículos 4 y 26 de la LIE, su voto fue decisivo para que dichas normas fueran invalidadas, generando confusión y rumores sobre un conteo inadecuado de los votos y una manipulación de las votaciones por parte del ministro presidente Arturo Zaldívar.
Las especulaciones se acrecentaron luego de que en la sesión pública del pasado lunes 18 de abril, se diera a conocer que la aprobación del acta de la sesión pública del 7 de abril del 2022, cuando se votó la LIE, se iba a votar hasta la sesión de este martes.
No obstante, al inicio de la sesión de este martes, finalmente fue aprobada por unanimidad del Pleno de la Corte, poniendo fin a los rumores y refrendando las votaciones del pasado 7 de abril, por lo que quedó firme la votación y resolución de la Corte en la que se desestimó la impugnación presentada por senadores de oposición contra las leyes eléctricas impulsadas por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, vigentes de marzo del año pasado.
Posteriormente, se emitió un comunicado en el que se advierte que “el día de hoy el Pleno de la SCJN aprobó por unanimidad de votos el acta de la sesión de 7 de abril de 2022 en la que se resolvió la acción de inconstitucionalidad 64/2021”.
En el texto informativo, la Corte explicó que ante las dudas que se plantearon algunos ministros y fuera del máximo tribunal, fue necesario revisar el video y la versión estenográfica de la sesión del pasado 7 de abril, refrendando las votaciones ya conocidas.
“En ella (el acta) se asentó —con base en la versión taquigráfica y la videograbación de la sesión— que el citado medio de control constitucional se desestimó respecto de diversos artículos de la Ley de la Industria Eléctrica, al no obtenerse la mayoría calificada de 8 votos para declarar su invalidez. Respecto del resto de artículos, se reconoció su validez, al obtenerse una mayoría de votos por su constitucionalidad”, señala el comunicado de la Corte.
De acuerdo con el comunicado de la SCJN, durante el desahogo de la sesión privada, el ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, volvió a preguntar a los ministros Gutiérrez Ortiz Mena y González Alcántara Carrancá sobre el sentido de sus votaciones en materia de competencia económica y medio ambiente, quienes reiteraron sus votaciones divididas, aunque con argumentos diferentes para ambos casos.
“Respecto de los ministros que votaron diferenciadamente en los temas relativos a competencia económica y medio ambiente, el Ministro Presidente Arturo Zaldívar solicitó que aclararan el sentido de su voto: el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena precisó que su voto era por la invalidez, y el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que el suyo era por la validez.
Por lo anterior, ya durante la sesión pública de este 19 de abril, el Pleno de la Corte aprobó por unanimidad los puntos resolutivos de la sesión en la que se abordó la constitucionalidad de la LIE, refrendando la declaratoria formal en la que se desestima la impugnación y se dictaminó que lo resuelto por los 11 ministros en torno a la constitucionalidad de la LIE el pasado 7 de abril, ya constituye cosa juzgada.
Cabe señalar que al momento de la votación sobre la aprobación del acta relativa a la sesión pública del pasado 7 de abril, la ministra Norma Lucía Piña Hernández y los ministros Luis María Aguilar Morales, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Juan Luis González Alcántara Carrancá anunciaron que van a formular votos aclaratorios sobre el contenido de dicha acta.