AMLO
INE declara improcedentes medidas cautelares solicitadas por el PRD contra AMLO
Se interpuso una queja por el contenido de "Quién es quién en las mentiras de la semana”, del 7 de julio, en donde se hizo referencia al monitoreo de noticias elaborado por la UNAM y el árbitro electoral.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) desechó por improcedente una queja interpuesta por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador por utilizar en la conferencia mañanera del pasado 7 de julio, en la sección "Quién es Quién en las mentiras de la semana", el monitoreo de noticias elaborado por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y el árbitro electoral.
En su resolución, los consejeros resolvieron la improcedencia de las medidas cautelares al no existir, por una parte, indicios que permitan advertir que dichas conductas se repetirán en el futuro y, por la otra, que lo relativo al uso indebido de recursos públicos es una cuestión que implica el estudio de fondo de la queja, lo que corresponderá resolver a la Sala Regional Especializada y no a la Comisión en sede cautelar.
La Comisión de Quejas, que preside el consejero Ciro Murayama, también desechó la queja promovida por cuatro ciudadanos que denunciaron a los partidos Morena y del Trabajo (PT) y al Titular del Ejecutivo Federal, por actos que consideraron anticonstitucionales al difundir la Consulta Popular del 1 de agosto, pues, a su juicio, el INE es la única autoridad facultada para hacerlo.
En este punto, la Comisión estimó improcedente la medida cautelar porque, si bien el INE es quien debe promover la participación ciudadana en los términos previstos en la norma, no significa o supone prohibición o impedimento jurídico alguno para que la ciudadanía participe y se involucre en la Consulta Popular.
Sin embargo, los integrantes de la Comisión señalaron que es importante recordar que la materia de la consulta será la pregunta formulada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) donde no se nombra a persona alguna que haya ocupado determinado cargo público.