Luis Cárdenas Palomino

Juez dicta formal prisión a Cárdenas Palomino por tortura

El Ministerio Público Federal (MPF), adscrito a la Fiscalía Especial para la Investigación del Delito de Tortura, de la FEMDH, aportó los medios de prueba para que el Juez determinara dicho auto de formal prisión en contra de Cárdenas Palomino por presunta tortura.
lunes, 12 de julio de 2021 · 12:04

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Juez Décimo Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México con sede en el Reclusorio Oriente, Guillermo Francisco Urbina Tanús, dictó auto de formal prisión a Luis Cárdenas Palomino, quien fuera titular de la División de Seguridad Regional de la Policía Federal, como presunto responsable del delito de tortura.

El Ministerio Público Federal (MPF), adscrito a la Fiscalía Especial para la Investigación del Delito de Tortura, de la FEMDH, aportó los medios de prueba para que el Juez determinara dicho auto de formal prisión en su contra, al relacionársele con probables hechos de tortura ocurridos en 2012, en contra de presuntos secuestradores denominados la Banda de Los Zodiaco.

El pasado 5 de julio, la Fiscalía General de la República (FGR), dio a conocer que la captura de quien fuera el más cercano colaborador del extitular de Seguridad Pública en el sexenio del Felipe Calderón, tuvo lugar a las 4:50 de la mañana en el municipio de Naucalpan, Estado de México, en un domicilio ubicado en la calle Retorno de Ramboulillet 19, de acuerdo con el Registro Nacional de Detenciones.

La detención se hizo en cumplimiento de la orden de detención por el delito de tortura, en la modalidad de instigador y autor material, que el mismo Juez Guillermo Francisco Urbina Tanús, libró contra Cárdenas Palomino el 6 de septiembre del 2020, dentro de la causa penal 10/2020.

La imputación señala que Cárdenas Palomino ordenó y dirigió la detención y tortura de Mario Vallarta Cisneros, hermano de Israel Vallarta, y Sergio Cortéz Vallarta, sobrino de Mario e Israel, para obligarlos a firmar confesiones en las que ambos “aceptaban” ser integrantes de una banda de secuestradores.

En la denuncia también aparecen como víctimas los hermanos Eduardo y Ricardo Estrada Granados, detenidos y golpeados dentro de su domicilio en la misma fecha por un grupo de 12 policías federales que estaban bajo el mando de Cárdenas Palomino.

En el expediente también se libra la orden de aprehensión contra los otros 12 elementos de la extinta Policía Federal que participaron en el operativo para la detención de los hermanos Estrada Granados y de Mario Vallarta y Sergio Cortéz, servidores públicos que ingresaron sin orden de cateo a un domicilio particular, con el argumento de que había flagrancia y de que las puertas del lugar “estaban abiertas de par en par”.

En el pliego de la orden de aprehensión, constan los dictámenes de integridad física que peritos de la entonces Procuraduría General de la República realizaron al otro día de las detenciones: en todos los casos se concluye que los cuatro detenidos presentaban escoriaciones y moretones en varias partes del cuerpo, así como dolores intensos en el abdomen por los golpes recibidos.

Por lo anterior, las peritos en medicina forense, Edith Silvia Palacios y Eugenia de Jesús Barrera, solicitaron que en todos los casos se realizaron dictámenes adicionales de ortopedia para descartar que los afectados presentaran una fractura en los huesos de las costillas, mismos que se realizaron el 28 de abril del 2012, es decir, 24 horas después de las detenciones.

En el examen de ortopedia que se le realizó a Sergio Cortéz Vallarta el 1 de mayo del 2012, el peritaje concluye que Cortéz presentaba traumatismos provocados por “culatazos” y que los golpes que recibió de un elemento de la Policía Federal le provocaron una pérdida auditiva del 60%.

Al momento de realizar los Protocolos de Estambul, la perito independiente Luz Mila María Paez concluyó que en todos los casos las lesiones descritas en los dictámenes físicos, las narraciones de los cuatro afectados, las secuelas en la salud de estas personas y las alteraciones emocionales que sufren desde el día de los hechos “son concordantes y positivas” para acreditar la tortura.

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