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Insabi importará directamente medicamentos para hospitales

La Secretaría de Salud modificó las disposiciones para adquirir insumos para los centros hospitalarios del país.
miércoles, 23 de junio de 2021 · 17:48

CIUDAD DE MÉXICO (apro).-  A través del Diario Oficial, la Secretaría de Salud publicó un acuerdo ayer martes por medio del cual se modifican las denominaciones y disposiciones para que el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) pueda importar directamente insumos y medicamentos para los hospitales del sector salud del país.

La Secretaría dio a conocer que, junto con la Secretaría de la Defensa Nacional, el Insabi, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el ISSSTE, y Birmex, coordinará la importación de aquellos medicamentos e insumos necesarios para la correcta y oportuna prestación de servicios de salud que no cuentan con registro sanitario en México.

La dependencia precisó que sólo serán susceptibles de importar los medicamentos e insumos destinados a cubrir las necesidades de abasto para las instituciones públicas de salud y de seguridad social.

En el acuerdo se establece que través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), la Secretaría de Salud emitirá los permisos de importación correspondientes y podrá precisar el estado que guarda el registro sanitario de aquellos medicamentos e insumos candidatos a ser importados y, en caso de ser necesario, desplegará sus facultades para evitar un posible riesgo a la salud de aquellos que no tengan registro sanitario en México.

Mientras que la Cofepris, a través de la Comisión de Operación Sanitaria, podrá tomar muestras de los insumos importados para que la Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura realice los análisis correspondientes o sean analizados por laboratorio de prueba autorizado por la misma Cofepris.  

Precisa que los importadores y las Unidades Médicas que apliquen estos medicamentos están obligados a realizar la Farmacovigilancia y Tecnovigilancia intensiva de acuerdo a las Normas Oficiales Mexicanas aplicables vigentes.  

En caso de aquellos medicamentos e insumos que hayan sido importados sin registro en México y no inicien el proceso de registro de autorización sanitaria ante Cofepris en el plazo de 10 días hábiles, no se les autorizará un segundo permiso de importación bajo el amparo de este Acuerdo. 

         

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