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INAI obedece a intereses de empresas al impugnar padrón de datos biométricos: SSPC

La decisión del INAI de impugnar la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil obedece a intereses de las empresas telefónicas, y a no a la seguridad, afirmó el subsecretario de Seguridad Pública.
jueves, 29 de abril de 2021 · 15:10

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La decisión del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso la Información y Protección de Datos Personales (INAI) de impugnar la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) obedece a intereses de las empresas telefónicas, y a no a la seguridad, afirmó Ricardo Mejía Berdeja, Subsecretario de Seguridad Púbica del gobierno federal.

El PANAUT obliga a los usuarios a entregar datos personales y biométricos, que contempla: registro de sus huellas digitales, iris, rostro y retina. A quien se niegue, se le cancelará su línea de teléfono celular.

En una tarjeta informativa, explica, que el registro busca combatir los delitos de extorsión, secuestro, trata y en general todas las actividades de operación de los grupos criminales.

Explicó que –a pesar de que el gobierno federal tendrá acceso y control de la información de todos los usuarios-, cada persona tendrá el control de su identidad y los archivos serán responsabilidad del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

Y en lo que se refiere a la protección de los datos, estos, estarán a cargo del INAI.

“La resolución del Instituto Nacional de Acceso a la Información sólo acredita la decisión de este órgano por ajustarse a los intereses de las telefónicas, favorecer un modelo favorable a los delincuentes”, afirmó Mejía Berdeja.

Y agregó que el INAI debe actuar con responsabilidad, asumir su función, dejar la indolencia y trabajar para proteger los datos personales en posesión de particulares y los sujetos obligados.

Mejía Berdeja aseveró que existe confianza en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en beneficio de las víctimas del delito y la seguridad de la población, confirme la constitucionalidad del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.

Agregó que detrás del rechazo están involucradas las empresas telefónicas, las cuales, actualmente, piden los datos personales a quienes adquieren una línea de renta fija.

“El problema de fondo son los modelos de telefonía de prepago por medio de los cuales nadie sabe quién los está comprando, por lo que ha permitido que los delincuentes se dediquen a hacer llamadas de extorsión, entre otras conductas criminales”, expuso Mejía Berdeja.

La respuesta de la SSPC, viene dos días después, de que el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales determinó, por unanimidad, interponer una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT).

Una semana antes, la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) informó que propondría una serie de acciones para presionar al INAI y a la CNDH, a interponer un recurso; así como apoyo para quienes deseen ampararse contra el padrón o no entregar sus datos.

Dichas acciones, se registraron una serie de amparos contra el PANAUT, incluso, el juez Juan Pablo Gómez Fierro, concedió seis suspensiones del registro de telefonía móvil, manteniendo paralizada la reforma eléctrica de la 4T.

Dichas suspensiones solo benefician a la persona que promovió el amparo, con el fin de evitar que se le aplique el decreto que le obligaría a que, antes de abril de 2023, se registren en el padrón todas las líneas de telefonía móvil.

Con ello, obliga a los usuarios a entregar datos personales y biométricos, que contempla: huellas digitales, iris, rostro y retina.

A la persona que se niegue a entregar sus datos biométricos, se cancelará de manera definitiva su línea de telefonía celular.

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