Senado de la República
Senado corrige la plana al INE: recolección para revocación de mandato puede ser en papel
El artículo 11 de la Ley de Revocación de Mandato establece que el Instituto emitirá formatos impresos y medios electrónicos para la recopilación de firmas para la solicitud de una consulta de revocación de mandato.CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Por unanimidad, en votación económica, el Senado de la República aprobó corregir la plana al Instituto Nacional Electoral (INE) para que se ciña a lo que dice la ley y no limite la recolección de firmas en papel para la consulta sobre revocación de mandato.
Luego que en sus lineamientos el INE aprobó priorizar la recolección de firmas de manera electrónica, excepto en 204 municipios de alta marginación, con el fin de evitar firmas falsas, el Senado avaló un punto de acuerdo --firmado por los coordinadores de todas las bancadas-- para que el organismo autónomo no extralimite sus funciones más allá del Poder Legislativo.
“Lo que intenta este acuerdo es llamar la atención del INE para que no intente sustituir al Poder Legislativo, sino que debe aplicar estrictamente la norma que creamos al caso concreto”, dijo en tribuna Ricardo Monreal, presidente de la Junta de Coordinación Política.
“El legislador auténtico no estableció preponderancia alguna entre los formatos impresos y los medios electrónicos para la recopilación de firmas, pero tampoco se estableció un régimen de excepción”, añadió.
Monreal dijo que espera que, con este punto de acuerdo del Senado, el INE acepte que no puede extralimitarse en sus funciones y que permita que la ciudadanía decida sobre la forma más accesible para la recopilación de firmas, en formato impreso o vía electrónica.
Ayer, las comisiones de Gobernación y Estudios Legislativos Segunda del Senado no lograron ponerse de acuerdo sobre un Decreto de Interpretación Auténtica para explicar al INE el espíritu de los artículos 11 y 12 de la Ley Federal de Revocación de Mandato.
El INE estableció en sus lineamientos que la recolección de firmas se realice mediante una app en un teléfono inteligente, excepto en 204 lugares de alta marginación.
“Tiene que ver no sólo con que se interprete de manera correcta esta ley, sino que se garanticen los derechos de participación a todos los habitantes de este país. Porque si sólo queda el levantamiento de firmas mediante una aplicación telefónica, prácticamente están dejando fuera de participar, en esta parte del proceso de la consulta, al 80% de los habitantes de este país y eso no es democrático”, dijo desde su escaño César Cravioto, de Morena.
El artículo 11 de la Ley de Revocación de Mandato establece que el Instituto emitirá formatos impresos y medios electrónicos para la recopilación de firmas para la solicitud de una consulta de revocación de mandato.
El mismo artículo señala que el formato que apruebe el Consejo General del INE deberá contener únicamente el nombre completo; la firma o huella dactilar; la clave de elector o el número identificador al reverso de la credencial de elector con fotografía vigente y la leyenda "Formato para la obtención de firmas ciudadanas para la revocación del mandato de la persona titular de la Presidencia de la República por pérdida de la confianza".
Mientras que el artículo 12 estipula: “sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior”, el Instituto diseñará y aprobará la utilización de herramientas tecnológicas y dispositivos electrónicos al alcance de las ciudadanas y los ciudadanos para que puedan recabar las firmas.
El acuerdo fue remitido al Consejo General del INE.