SHCP emite lineamientos de austeridad: esto es lo que restringe y prohíbe
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) difundió en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los lineamientos en materia de austeridad republicana aplicados a la administración pública federal.
De acuerdo con el decreto, los gastos operativos que integran los capítulos de materiales y suministros y servicios generales, según el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal, se limitarán a los mínimos indispensables, sin afectar las metas institucionales.
En otras palabras, habrá mayores restricciones para el gasto en las partidas específicas relacionadas con los conceptos de telefonía, telefonía celular, servicios de comunicación e internet, fotocopiado, combustibles, arrendamientos, energía eléctrica, viáticos y alimentación.
También incluye remodelación de oficinas, papelería y útiles de oficina, consumibles del equipo de cómputo, pasajes, congresos, convenciones, exposiciones y seminarios.
Los montos erogados no podrán exceder los ejercidos en el presupuesto inmediato anterior, una vez considerados los incrementos de precios con base en la inflación.
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Frenan nuevas plazas en niveles altos
En materia de recursos humanos, los entes públicos procurarán abstenerse de solicitar la creación de plazas en los niveles más altos de los grupos jerárquicos.
Para realizar dichas modificaciones se deberá contar con la autorización presupuestaria expresa de la SHCP, por conducto de la subsecretaría de Egresos.
También se eliminarán todo tipo de duplicidades y se atenderán las necesidades de mejora y modernización de la gestión pública.
En tanto, sólo se permitirá la asignación de chofer a partir de subsecretarios de Estado o equivalentes y hasta los niveles superiores, así como para las o los titulares de las entidades paraestatales.
No se realizará la contratación de asesores o asesoras para grupos jerárquicos inferiores al de subsecretario de Estado o su equivalente.
En el caso de las oficinas en el extranjero, la SHCP determinó que sólo podrán subsistir las delegaciones u oficinas de representación de los entes públicos que correspondan a las áreas de seguridad nacional e impartición de justicia.
“Para la más eficaz y eficiente atención de los asuntos en representación del Estado mexicano y de la ejecución de la política exterior, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) autorizará y administrará delegaciones u oficinas en el exterior para atender y resolver temas o aspectos específicos que correspondan a las atribuciones conferidas a las demás instituciones públicas, de acuerdo con el decreto.
En el caso de los vehículos aéreos, se destinarán a actividades de seguridad pública y nacional, Defensa, Marina, Fuerza Aérea, Protección Civil, así como para el traslado de enfermos. Aquellos que no cumplan con esta función serán enajenados, asegurando las mejores condiciones para el Estado.
Es la misma situación del servicio de telefonía móvil, que únicamente será autorizado para personal de las fuerzas armadas, la Guardia Nacional, seguridad nacional y seguridad pública, cuando sea indispensable para el desempeño de sus funciones.
La austeridad también racionalizará el uso de la energía eléctrica y del agua potable, “para implementar campañas al interior de los entes públicos para concientizar a las personas servidoras públicas de la importancia de mantener apagadas las luces y equipos eléctricos que no estén siendo utilizados, especialmente durante los días y horarios no laborables”.
Para el agua potable, Hacienda estableció efectuar revisiones periódicas a las instalaciones hidrosanitarias de los entes públicos, con el fin de detectar fugas y proceder a su inmediata reparación. Y, por otra parte, priorizar la instalación de llaves con dispositivos especiales de ahorro de agua en muebles de baño que ayuden a racionalizar su uso.
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Se cancelan boletos de “primera clase”
Y para los servidores públicos que asisten a congresos y convenciones, los lineamientos dictan que la duración máxima de las comisiones en que se autorice el pago de viáticos y pasajes no podrá exceder de siete días naturales para las realizadas en territorio nacional y de 10 días naturales para las realizadas en el extranjero.
Lo anterior, salvo las comisiones que impliquen actividades de capacitación y de fiscalización, en materia de seguridad pública nacional o en los supuestos de que su necesidad sea debidamente justificada por los entes públicos y sea autorizada por la Secretaría de Hacienda, por conducto de la Oficialía Mayor.
También se prohíbe la adquisición de boletos de transporte aéreo en primera clase o categoría de negocios.
Es decir, la adquisición de boletos y pasajes de transporte aéreo se deberá realizar con tiempo y forma, para tratar de asegurar menores costos. Se deberá optar por tarifas de categoría turista o comercial. Sólo en situaciones de urgencia y de falta de tiempo para su reserva, podrá contratarse otra tarifa, siempre que no sea de primera clase o categoría de negocios, justificando debidamente los motivos por los cuales se hizo.
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