Niegan amparo a general León Trauwitz, exescolta de EPN acusado de 'huachicoleo”

martes, 9 de junio de 2020 · 20:13
CIUDAD DE MÉXICO (apro). - Un juez federal negó un amparo al exescolta del expresidente Enrique Peña Nieto y exresponsable de seguridad de Petróleos Mexicanos (Pemex), Eduardo León Trauwitz, contra la orden de aprehensión que existe en su contra por los delitos de delincuencia organizada y sustracción ilegal de hidrocarburos. La resolución, dictada por el Juez Cuarto de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales del Estado de México, Eutimio Ordóñez, señala que existen suficientes datos de prueba para presumir de manera indiciaria que el exsubdirector de Salvaguardia Estratégica de Pemex formó parte de una organización criminal que entre 2014 y 2017 se dedicó al robo de hidrocarburos mediante tomas clandestinas de la red de ductos de la petrolera mexicana. De acuerdo con el expediente 629/2020, que se puede consultar en el sistema electrónico del Consejo de la Judicatura Federal, León Trauwitz fue acusado por la Fiscalía General de la República (FGR) con el testimonio de varios extrabajadores que estuvieron a su cargo, los cuales señalaron que el hallazgo de tomas clandestinas no era reportado a Pemex para la presentación de las denuncias penales correspondientes. A lo anterior, señala la sentencia, se agrega que los trabajadores denunciantes reportaron que la inhabilitación de esas tomas clandestinas no se hacía con procedimientos adecuados ni certificados y que el titular de brindar seguridad a los ductos de Pemex ignoraba los sistemas de alerta que indicaban una caída en la presión en las tuberías que transportan combustible. “A juicio de este juzgado, todo lo anterior arroja visos de que, al menos de manera probable, sí existía una organización que tenía como finalidad extraer hidrocarburos en la que el quejoso era parte, y que logró extraer cantidades millonarias de petrolíferos, por lo que se estima que el juez de control actuó de forma correcta al considerar acreditados probablemente los hechos ilícitos atribuidos al quejoso”, advierte la resolución. De igual forma, el fallo judicial advierte que, en su juicio de amparo, la defensa del militar con grado de general argumentaba que la orden de aprehensión se había girado con la aplicación de leyes retroactivas contra el robo de combustible; debido a que el delito imputado a León Trauwitz en la causa penal iniciada en 2019, tenía en 2014 una penal que no ameritaba prisión preventiva oficiosa. Sin embargo, el juez de la causa resolvió que al tratarse de un delito continuado de 2014 a 2017, las modificaciones legales realizadas en 2016 para sancionar el robo de combustible con penas de cárcel, son aplicables al procesado, debido a que el delito no cesó ni se interrumpió mientras se realizaba el cambio de leyes. Negar la aplicación de una ley modificada para un delito continuado, imponiendo penas más severas, “sería equivalente a permitir que una persona continúe delinquiendo durante el tiempo que decida, por haber adquirido el derecho a que se le imponga una pena determinada, de manera indefinida”. “En este caso, por haber realizado antes la conducta que no estaba tipificada y luego ya lo estuvo ¿el activo habría adquirido el derecho a que no se imponga alguna pena?  A juicio de quien esto resuelve, esto sería inadmisible, porque el sujeto activo no podría adquirir el derecho a delinquir de manera indefinida” estimó el juez de amparo. El general Eduardo León Trauwitz se encuentra prófugo de la justicia desde el 14 de mayo del 2019 dentro de la causa penal 236/2019, fecha en la que se giró la orden de aprehensión en su contra por los delitos de delincuencia organizada con la finalidad de cometer delitos en materia de hidrocarburos (en funciones de dirección) y sustracción ilícita de hidrocarburos, ambos agravados por la calidad de servidor público del imputado. Según la sentencia de amparo, el pitado podría alcanzar hasta 45 años de cárcel si es encontrado penalmente responsable de los delitos que se le atribuyen.

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