Juez ordena a la CFE atención médica a extrabajadora de Laguna Verde por contaminación radioactiva

viernes, 3 de enero de 2020 · 20:50
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Comisión Federal de Electricidad (CFE) está obligada a ofrecer atención médica a Ana Luisa Rodríguez Valladares, extrabajadora que sufrió contaminación radioactiva en agosto de 2017 en la central nuclear de Laguna Verde. Así lo determinó --el 20 de diciembre pasado-- el Juzgado de Distrito en Ciudad de México del Primer Circuito del Poder Judicial de la Federación, en respuesta a la demanda de amparo indirecto que interpuso la víctima un día antes. El Juzgado estimó procedente la suspensión de plano para que las autoridades responsables proporcionen la atención médica que corresponda, ya sea preventiva, curativa o de rehabilitación, incluidos el tratamiento y medicamentos necesarios que se encuentren relacionados con la exposición a la energía nuclear mencionada en la demanda, según el pliego de 14 páginas consultado por Proceso. Además, la CFE y su Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas, dependencias señaladas como responsables en la querella, “deberán vigilar y procurar” que Rodríguez Valladares cuente “de forma oportuna” con la atención médica “debida y urgente” que sean requeridas. En la petición de protección de la justicia federal, Ricardo Morales Carrasco, abogado de la afectada, argumentó dilación en la impartición de justicia, por el estancamiento de la demanda de responsabilidad patrimonial que entabló contra la CFE el 13 de agosto último. La empresa productiva del Estado no respondió a esa demanda, por lo que Rodríguez Valladares optó por el amparo indirecto. Inicialmente el tribunal turnó el juicio de amparo 2962/2019-VII al Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo, que el día 20 se declaró incompetente por el asunto reclamado y remitió el expediente al Juzgado de Distrito Especializado en Materia Administrativa. Pero ante el alegato de la acusadora sobre el riesgo sanitario por la exposición y no haber recibido atención médica, resolvió conceder la suspensión de plano, debido a que se reclaman actos que implican privación de la vida –una figura contenida en la Constitución–. Esa definición también incluye ataques a la libertad personal, incomunicación, deportación, expulsión, proscripción, destierro, extradición, desaparición forzada y conscripción forzosa. Morales Carrasco dijo a Proceso que la justicia federal actuó “con celeridad y eficacia en un tema tan delicado, en el cual lo más importante es la salud” de Rodríguez, a quien la CFE despidió a pesar de tener contaminación radiactiva en los pulmones. “El objetivo es que se le dé atención médica. De CFE no hay ningún apoyo, no le ha dado tratamiento y hay omisión por no responder al reclamo” original, aseguró. En marzo último, Proceso reveló el caso de cinco trabajadores de CFE de la Central Nuclear de Laguna Verde (CNLV) contaminados con radiación, de los cuales el de Rodríguez Valladares fue el más grave, al absorber cobalto-58 y cobalto-60. También dio a conocer cómo la empresa productiva del Estado trató de ocultarlo. Durante una recarga de combustible de uno de los reactores de la planta, los cinco trabajadores descontaminaban tubos y válvulas en el llamado pozo seco, que se ubica entre la vasija que alberga las unidades y el contenedor de concreto que envuelve el área de máquinas. En su testimonio, rendido en diciembre de 2018 a cuatro inspectores de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (CNSNS), el regulador atómico del país, Rodríguez Valladares, con 20 años de experiencia en la planta y 16 en protección radiológica, relató que efectuó las labores sin indumentaria adecuada, llevó a cabo las actividades expuesta a emisiones superiores al nivel reglamentario y no recibió atención luego de la contaminación. Asimismo, el área de Protección Radiológica le negó hasta enero de 2018 sus mediciones diarias de radiación. La investigación de la CNSNS halló que personal de protección radiológica tiró las muestras de saliva, fosas nasales y oídos que debían ser analizadas. El expediente judicial asegura que la exempleada “se encuentra contaminada por energía nuclear y su integridad se encuentra comprometida, ya que ha tenido cambios en su persona”, vinculados a la exposición a radiación alfa. La Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA, por sus siglas inglesas) explica que las partículas alfa, provenientes de la desintegración de elementos radioactivos, pueden ser muy dañinas si se inhalan, ingieren o ingresan al cuerpo por medio de una herida. Esos elementos son más peligrosos que otros tipos de radiación, pues pueden liberar toda la energía en unas cuantas células del organismo y derivar en un daño más grave. La extrabajadora ha padecido hemorragia nasal y dolores de cabeza y en el área pulmonar. Sobre el manejo del caso por parte de la CFE, la CNSNS halló seis quebrantos a la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional sobre material nuclear, dos al Reglamento General de Seguridad Radiológica y un incumplimiento de la NOM-008-NUCL-2011 sobre el control de la radiación en áreas de trabajo, según el dictamen de inspección del 21 de junio de 2018. El regulador, que evalúa la imposición de sanciones, halló información omitida e incompleta en los formatos para reportar dosis y tipos de radionúclidos. El 27 de diciembre la CFE interpuso una queja por el amparo concedido, pero el día 30 el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito lo desechó, pues la coordinadora de Asuntos Contenciosos de la oficina del abogado general de la empresa, Georgina Velasco Zanella, no acreditó su personalidad jurídica ni integró adecuadamente el recurso. Velasco arguyó que el amparo concedido era improcedente. Además, el juzgador no podía darle trámite en las 48 horas marcadas por la ley por el fin de año, por lo que ordenó integrarlo al expediente para iniciar el trámite nuevamente, medida compleja debido a la perentoriedad de las 48 horas estipuladas.
Empleo de riesgo
Laguna Verde, situada en el municipio veracruzano de Alto Lucero de Gutiérrez Barrios, que consta de dos reactores de 800 megavatios de capacidad cada uno –alimentados con uranio enriquecido importado de Estados Unidos y Rusia–, contrata cada año a cientos de trabajadores temporales, especialmente para el transporte de combustible para la recarga de las unidades. En 2012, la CFE contrató a 1 mil 651 empleados eventuales, de los cuales 776 laboraron en áreas restringidas –aquellas próximas a los reactores–; en 2013 esa cantidad bajó a 925 y 195, respectivamente, y creció nuevamente al año siguiente –1 mil 926 y 737–, según solicitudes de acceso a la información presentadas por el reportero. Entre 2015 y 2017, esas incorporaciones se mantuvieron estables, pero bajaron en 2018, cuando la empresa productiva del Estado convocó a 790 trabajadores, de los cuales 387 se desempeñaron en zonas restringidas. A julio último, la generadora había incorporado a 1 mil 431 personas –682 a áreas de ingreso limitado–. Además, la Delegación Federal del Trabajo en Veracruz, de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, practicó cinco inspecciones laborales en 2013, una en 2014 y 2015, y dos en 2016 y 2017, respectivamente, así como cuatro en 2018. En 2019 no llevó a cabo diligencia alguna. En 2013, la dependencia inició tres procedimientos de sanciones contra CNLV, otro en 2015 y en 2016, un emplazamiento de medidas de seguridad e higiene. En 2018 recibió quejas o denuncias por posibles violaciones a las condiciones laborales dentro de la instalación. La operación de la CNLV ha ocasionado la muerte de al menos dos trabajadores. En agosto de 1996 falleció de cáncer en el riñón el ingeniero Félix Rafael Ortega Domínguez, quien trabajó durante 10 años en el laboratorio químico de la generadora, donde manejaba material y gases radiactivos (Proceso 1048). Asimismo, hacia 1997 murió el también ingeniero José Luis López Islas, auxiliar en el Departamento de Desechos Radiactivos durante ocho años, quien se encargó de embobinar basura radiactiva, como trapos, guantes, cartón y papel. La Asociación Mundial de Operadores Nucleares (WANO, por sus siglas inglesas) evaluó negativamente a la planta en varios aspectos. En materia de la dosis colectiva de exposición a radiación, la nucleoeléctrica fue la peor evaluada de 36 instalaciones. Además, la planta rebasa el límite permitido de radiación emitida, pues su meta anual era de 4 mil 813 dosis y el nivel real sumó 12 mil 531, con lo que cayó en la franja roja. La CFE liquidó a Rodríguez Valladares en noviembre de 2017, sin explicación alguna, y nunca volvió a trabajar en la CNLV. Morales Carrasco señaló que la CFE está en desacato al incumplir el amparo ordenado por el tribunal, lo cual puede derivar en un incidente de violación de sentencia que se castiga con destitución y cárcel. Anticipó que también interpondrá denuncias ante las comisiones Nacional de Derechos Humanos e Interamericana de Derechos Humanos, dependiente de la Organización de Estados Americanos y con sede en Washington. Por el caso de contaminación de agosto de 2017, la CFE sólo suspendió temporalmente a tres trabajadores del área de Protección Radiológica de salarios y funciones en sus respectivos puestos.
Otro problema técnico
La CNLV sufrió otro desperfecto grave el 30 de noviembre pasado, cuando una falla en el transformador principal ocasionó el freno de una turbina que derivó en el paro automático de la unidad 2, según la Notificación de Evento Reportable NER-02-027/2019, consultada por Proceso. A las 12.46 horas de ese día, el sistema de alarmas indicó una falla de equipo. El reactor sufrió una disminución rápida de la presión y del nivel de agua. Los operarios aislaron manualmente la unidad, controlaron la presión mediante las válvulas principales de seguridad para descarga de vapor y estabilizaron la alberca de supresión, que condensa el exceso de vapor para disminuir la presión interna. Niveles altos o bajos de la presión pueden desembocar en una explosión del reactor. Después del paro automático, que duró 15 minutos, la administración de la generadora decidió dar mantenimiento a varias válvulas dentro del contenedor que envuelve la vasija de acero del núcleo y del que las dosis estimadas de radiación colectiva no representaron un riesgo para los trabajadores, según la CNSNS.

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