Tras varias dilaciones injustificadas del Ministerio Público federal, el expresidente Luis Echeverría fue llamado a declarar hace casi un año en calidad de testigo sobre la desaparición forzada en los años setenta del activista guerrerense Rosendo Radilla. Sin embargo, no se involucró a la familia de la víctima ni a sus defensores en la elaboración del cuestionario que se aplicó al que fuera comandante supremo de las Fuerzas Armadas y sólo meses después se les permitió el acceso a sus respuestas. Por demás, el expresidente respondió con evasivas, algunas de ellas inverosímiles.
CIUDAD DE MÉXICO (proceso).- El 30 de abril de 2018, tres meses después de su aniversario número 96, el expresidente Luis Echeverría recibió en su domicilio de San Jerónimo Lídice a una representación de la PGR encabezada por Carlos Puga Quiroga, agente del Ministerio Público federal adscrito a la Coordinación General de Investigación (CGI) de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales (SEIDF).
La presencia del personal ministerial fue acordada con cinco días de anticipación para abordar el primer caso de desaparición forzada llevado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH): el de Rosendo Radilla Pacheco, registrado el 25 de agosto de 1974 en Atoyac de Álvarez, Guerrero, y atribuido a miembros Ejército mexicano.
Después de 16 años de abierta la averiguación previa del caso Radilla, fue la primera vez que un agente ministerial interrogaba a quien en 1974 era el comandante supremo de las Fuerzas Armadas.
En virtud de un juicio de amparo promovido por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos (CMDPDH), que representa a la familia del activista desaparecido, Echeverría fue cuestionado en calidad de “testigo” por el personal de la PGR, luego de ser examinado por la médica adscrita a la Coordinación General de Servicios Periciales de la dependencia, según se lee en la transcripción de la diligencia, copia de la cual tiene este semanario.
Al expresidente, asistido por su abogado Juan Velasquez, se le plantearon 33 preguntas, algunas de extrema obviedad y otras muy superficiales sobre su gestión presidencial en el contexto de los movimientos guerrilleros que surgieron en Guerrero durante su mandato.
Pese a que la sentencia de la CoIDH y los testimonios de quiénes presenciaron la detención de Rosendo apuntan a la responsabilidad de personal castrense en la desaparición forzada, la diligencia dirigida por el agente del MP Puga Quiroga asienta que el líder comunitario “fue detenido al parecer por elementos del Ejército Nacional Mexicano, el 25 de agosto de 1974, cuando iba a bordo de un camión de pasajeros” que circulaba por la carretera Atoyac-Acapulco, siete días antes de que Lucio Cabañas, líder del Partido de los Pobres, fuera cercado en un operativo militar y perdiera la vida.
Fragmento del reportaje que se publica en la edición 2209 de la revista Proceso, ya en circulación.