CIUDAD DE MÉXICO (proceso.com.mx).- Es mejor la regulación que la prohibición o la libertad absoluta del mercado, expuso Alicia Hamui Sutton, secretaria de Educación Médica de la Facultad de Medicina (FM), respecto al tema de la maternidad subrogada en el país.
Desde su perspectiva, Hamui Sutton establece que no se debe negar una práctica que puede traer beneficios a ciertas personas, pero es preciso prevenir el abuso o la explotación.
Germán F ajardo Dolci, director de la FM, aceptó que es un tema polémico y con varias aristas, pues en algunos casos quienes buscan la subrogación son parejas del mismo sexo “y eso complica aún más la situación”.
La académica se pronunció por la preservación de la dignidad humana: de la mujer que presta su vientre, del hijo que está por nacer y de las personas que van a criar al menor.
“La ley debe garantizar el bienestar de las partes; las libertades de género, creencia, religión y todas las que se consagran en la Constitución se deben hacer valer”, dijo Hamui Sutton.
Dentro de las tecnologías de reproducción asistida, señaló, hay un mercado de material genético que incluye bancos de esperma y de óvulos, prácticas de eugenesia (aplicación de las leyes biológicas de la herencia al perfeccionamiento de la especie humana) y la maternidad subrogada.
“Los más liberales dicen que hay que dejar el asunto a las fuerzas del mercado, y para la postura prohibicionista esa práctica se convierte en delito, pero la posición podría ser la de regulación”, insistió.
Por su parte, Luz Helena Orozco y Villa, integrante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), explicó que la gestación subrogada puede tener fines comerciales y altruistas
“La diferencia entre ambos se difumina cuando la legislación permite, como el caso de Tabasco, una compensación”, sostuvo.
En un comunicado, la UNAM listó los países que prohíben totalmente esa práctica: Alemania, Francia, Italia y China. Los que permiten acuerdos altruistas, pero prohíben los comerciales, son Gran Bretaña, Canadá, Australia y Sudáfrica; y los que permiten la subrogación comercial: India, Rusia y Ucrania.
En México, los estados de Tabasco y Sinaloa permiten la forma altruista y comercial.
En el primer caso es sólo para parejas, casados, en concubinato y de nacionalidad mexicana (antes también se permitía para extranjeros). No ha precisión para parejas homosexuales.
En Sinaloa también se parece excluir a las parejas de un mismo sexo, pero no se hace referencias al estado civil.
En el resto de las entidades, incluida la Ciudad de México, donde nada se dice, se deja en total indefensión a los ciudadanos, señala el documento.